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ORDEN IIU/341/2016, de 4 de abril, por la que se declara la pérdida de eficacia de la subvención concedida a Teruel Pellets S.L. para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.

Publicado el 22/04/2016 (Nº 77)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

Visto el escrito de D. Alfonso Aranda Usón, en representación de Teruel Pellets, S.L., renunciando a la subvención para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden de 2 de diciembre de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, se convocaron subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón.

Segundo.- Por Orden de 21 de octubre de 2015, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, se adjudicaron las citadas subvenciones, resultando beneficiaria de una subvención la empresa Teruel Pellets, S.L.

Tercero.- D. Alfonso Aranda Usón, en representación de Teruel Pellets, S.L., presenta con fecha 21 de marzo de 2016 escrito renunciando a la subvención concedida.

Vistos el Decreto 77/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 61, de 25 de marzo de 2011), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de la Estrategia de Innovación en Aragón y se aprueba la convocatoria de varias líneas de subvención; la Orden de 2 de diciembre de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón; el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativa aplicable,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De acuerdo con el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables, razón por la cual se dicta la presente orden.

Segundo.- De acuerdo con los artículos 90 y 91 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el Ordenamiento Jurídico, renunciar a sus derechos por cualquier medio que permita su constancia, debiendo la Administración, en tal caso, aceptar de plano dicha renuncia.

Teniendo presente que en el caso de Teruel Pellets, S.L. se ha presentado escrito de renuncia y no concurren circunstancias que impidan su aceptación, procede admitirla con la consiguiente pérdida del derecho a la ayuda.

Por todo ello, resuelvo:

Primero.- Aceptar la renuncia presentada por D. Alfonso Aranda Usón, en representación de Teruel Pellets, S.L., a la subvención obtenida para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón concedida en virtud de la Orden de 21 de octubre de 2015, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad.

Segundo.- Declarar la pérdida de eficacia de la Orden de 21 de octubre de 2015, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación entre empresas o centros productivos de Aragón y Grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón, en lo que al reconocimiento de la ayuda concedida inicialmente a Teruel Pellets, S.L. se refiere.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001 de 3 de julio del Gobierno de Aragón, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que ambos puedan simultanearse.

Zaragoza, 4 de abril de 2016.

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad,

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