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RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se anuncia la convocatoria del turno de resultas derivadas de accesos de los puestos de trabajo de carácter permanente de personal laboral.

Publicado el 11/04/2016 (Nº 68)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Resolución de 9 de febrero de 2016, de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 25 de febrero de 2016, se adjudicaron de forma definitiva los puestos de trabajo de personal laboral convocados para su provisión por el turno de accesos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47, del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la Diputación General de Aragón, procede publicar la convocatoria del turno de resultas, con las vacantes generadas en el turno de accesos y con los mismos méritos de valoración de dicho turno.

No se incluyen en este turno de resultas los siguientes puestos de trabajo, por no ser susceptibles de adjudicación:

- Personal Especializado de Servicios Domésticos: Número RPT 12442.

- Capataz Forestal: Número RPT 8714.

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del VII convenio Colectivo, esta Dirección General resuelve:

Primero.- Se convocan para su provisión por el turno de resultas, los puestos de trabajo de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I, identificados con su respectivo número en las relaciones de puestos de trabajo.

Procederá este turno para el cambio de categoría profesional del mismo o distinto grupo, tanto superior como inferior.

Segundo.- La tramitación de la presente convocatoria y la adjudicación de los puestos convocados se regirán por lo dispuesto en los artículos 47, 50 y 51 del vigente convenio Colectivo para el personal laboral que presta servicios en la Diputación General de Aragón.

Los méritos serán valorados a fecha 20 de noviembre de 2015, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria del turno de accesos.

En lo no previsto en la presente resolución será de aplicación lo dispuesto en la convocatoria del turno de accesos efectuada por Resolución de 20 de octubre de 2015. ("Boletín Oficial de Aragón", número 212, de 3 de noviembre de 2015), no pudiendo participar quienes resultaron adjudicatarios en dicho turno.

Tercero.- Podrá participar en la presente convocatoria el personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, que acredite dos años de servicios continuados en el puesto de trabajo desde el que concursa, salvo que concurse en el ámbito del mismo Departamento.

El personal laboral en situación distinta a la de prestación de servicios deberá haber superado el período mínimo exigido de permanencia en la situación desde la que participe en la convocatoria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.4 del convenio Colectivo, el personal laboral que ocupe puestos de trabajo con reingreso provisional deberá participar en la presente convocatoria

Cuarto.- Será requisito indispensable para acceder a los puestos de trabajo convocados haber superado la correspondiente habilitación para el acceso a dicha categoría profesional.

A estos efectos y de acuerdo con el Acuerdo de 8 de mayo de 2015, de la Comisión Paritaria del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada por Resolución de 3 de julio de 2015, del Director General de Trabajo ("Boletín Oficial de Aragón", número 145, de 29 de julio de 2015), la categoría/oficio inicial de los trabajadores que hayan accedido a una nueva a través del turno de accesos (o resultas de accesos) se mantiene como habilitación a dicha categoría/oficio, pudiendo participar, por lo tanto, en la presente convocatoria y solicitar puestos adscritos a la misma.

Quinto.- La solicitud de participación deberá realizarse a través de la aplicación informática ubicada en la web de la Dirección General de la Función Pública del Portal del Empleado o directamente en la dirección web: "https://servicios3.aragon.es/sip/"

Se excluirán del concurso a los participantes que presenten solicitudes de participación que no hayan sido generadas mediante la aplicación informática.

En el portal del empleado/función pública/acceso a la solicitud de concursos/personal laboral consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia telefónica.

Una vez rellenada la solicitud en la aplicación informática deberá imprimirse y presentarse a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días hábiles, comenzando dicho plazo a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Si se han generado varias instancias a través del procedimiento telemático se tramitará la última que se haya presentado en Registro. No deberán mezclarse hojas de diferentes instancias ya que el proceso telemático asigna un número a cada instancia con todas sus hojas, debiendo coincidir, por lo tanto, el número que figura en cada una de ellas.

Sexto.- El personal laboral fijo podrá comprobar los datos que figuran en el sistema informático respecto a los puestos que han desempeñado, a través del Autoservicio del empleado, dentro del apartado "información puestos desempeñados". Estos datos serán los méritos que la Comisión de Valoración valorará en el presente turno de traslados.

En el supuesto de apreciarse algún error o disconformidad con los datos contenidos en el mismo, se podrán realizar las correspondientes alegaciones adjuntando el anexo II junto a la instancia del concurso. A tales efectos deberá aportarse la documentación que acredite la pretensión esgrimida.

Séptimo.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se aceptará ninguna alteración de las mismas, ni aún cuando se trate de incluir nuevas peticiones, modificar el orden de prelación de las plazas solicitadas o de renunciar a alguna de las mismas.

Octavo.- Los solicitantes podrán desistir de su participación en el concurso, hasta el último día del plazo establecido para formular reclamaciones contra la resolución provisional

Noveno.- La Comisión de Valoración actuante será la misma que la designada para el turno de traslados convocado por Resolución de 26 de enero de 2015 (Boletín Oficial de Aragón, número 30, de 13 de febrero de 2015).

Contra la presente resolución podrá interponerse reclamación previa a la vía judicial laboral, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social ("Boletín Oficial del Estado", número 245, de 11 de octubre de 2011).

Zaragoza, 22 de marzo de 2016.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO