Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2013, del Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se renueva la autorización a la empresa Eurocamión Talleres y Recambios, S.C.L. para la instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad de la marca VDO con contraseña e9V22004.

Publicado el 06/06/2013 (Nº 110)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

Visto el escrito presentado por la empresa Eurocamión Talleres y Recambios, S. C.L. con domicilio social en la C. Algascar n.º 27 de Huesca, por el que solicita la renovación de la autorización para la instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad de la marca VDO, que la empresa ya posee con contraseña en el registro especial e9V22004.

Visto el informe favorable emitido por la Sección de Industria y Apoyo a Pyme del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca.

Visto el Real Decreto 1417/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la utilización, instalación y comprobación del funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad en determinadas categorías de vehículos.

Considerando que en la tramitación se han seguido las normas establecidas por las disposiciones vigentes.

Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 7 del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, resuelvo:

Primero.- Renovar a la empresa Eurocamión Talleres y Recambios, S. C.L. la autorización para la instalación y comprobación de funcionamiento de dispositivos de limitación de velocidad de la marca VDO, con contraseña en el registro especial e9V22004.

Segundo.- La vigencia de la renovación está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones y requisitos para la realización de la actividad establecidas en el Real Decreto 1417/2005. La autorización perderá su vigencia si transcurridos tres años desde la presente renovación, la empresa o taller autorizados no solicita nueva renovación, aportando las certificaciones individuales de superación de un proceso de adiestramiento sobre instalación y comprobación del funcionamiento de los dispositivos sobre los que se va a intervenir de al menos dos trabajadores de la plantilla de la entidad o del taller, con categoría profesional mínima de oficial de la segunda categoría.

Tercero.- El taller autorizado deberá comunicar al Servicio Provincial de Industria e Innovación correspondiente, cualquier variación de las condiciones que fueron base para la autorización y la presente renovación.

Cuarto.- La aplicación de la actividad a otras marcas de dispositivos de limitación de velocidad, deberá ser objeto de nuevas solicitudes.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 17 de mayo de 2013.

El Director General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA