Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/208/2019, de 24 de enero, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de la Mujer y la Academia del Cine Aragonés, para realizar una campaña de sensibilización en materia de violencia de género a través de trabajos audiovisuales.

Publicado el 14/03/2019 (Nº 51)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/7/0005, el convenio suscrito, con fecha 29 de noviembre de 2018, por la Directora del Instituto Aragonés de la Mujer y el Presidente de la Academia del Cine Aragonés, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 24 de enero de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER Y LA ACADEMIA DEL CINE ARAGONÉS, PARA REALIZAR UNA CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO A TRAVÉS DE TRABAJOS AUDIOVISUALES

En Zaragoza, a 29 de noviembre de 2018.

De una parte: Dña.ª Natalia Salvo Casaús, en calidad de Directora del Instituto Aragonés de la Mujer, nombrada por Decreto 159/2015, de 21 de julio, del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha de fecha 9 de octubre de 2018.

Y de otra: D. Jesús Marco Murillo, Presidente de la Academia del Cine Aragonés.

Intervienen en nombre y representación de las respectivas entidades y con las facultades que sus cargos les confieren, reconociéndose las partes recíprocamente capacidad y legitimación para otorgar y firmar el presente convenio y a tal efecto,

I. Ley 2/1993, de 19 de febrero, crea el Instituto Aragonés de la Mujer, como Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

Al amparo de lo establecido en el artículo 4 de la Ley antes citada, entre las funciones del Instituto Aragonés de la Mujer se encuentran las de planificar, elaborar y coordinar la política para la mujer en la Comunidad Autónoma de Aragón, fomentar la prestación de servicios en favor de la mujer y, en particular, los dirigidos a aquéllas que tengan especial necesidad de ayuda.

Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón, recoge en su artículo primero que el objeto de esta Ley es la adopción de medidas integrales dirigidas a la sensibilización, prevención y erradicación de la violencia ejercida sobre las mujeres, así como la protección, asistencia y seguimiento a las víctimas de violencia ejercida contra la mujer en las formas señaladas en el artículo segundo.

II. La violencia de género es uno de los problemas más dramáticos y urgentes que ha de enfrentar la sociedad actual, de ahí, la necesidad de seguir profundizando en las causas, características y consecuencias de la violencia de género desde otros ámbitos, en este caso desde un ámbito sociocultural, desde la perspectiva del cine, a través de obras cinematográficos, como herramientas e instrumentos para la sensibilización y erradicación de este tipo de violencia desde y en todos los ámbitos.

Es indudable el importante poder socializador de los medios de comunicación, su capacidad formativa y su influencia en la configuración del imaginario social. Los medios de comunicación contribuyen a la construcción de las identidades e influyen en los comportamientos y en los propios valores de las personas. Son instrumentos muy eficaces para la transmisión y sustento de toda forma de desigualdad y violencia y también para lograr los cambios sociales necesarios para la igualdad de género.

III. El presente convenio tendrá como objeto la presentación de obras audiovisuales de diferente duración, cuyo contenido será sensibilizar sobre la violencia de género como problema social que se pretende combatir como una manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres (hechos que alimentan la raíz misma de la violencia de género), ejercida sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia que quedaran reflejadas entre otras situaciones en el material audiovisual de las obras cinematográficos.

Se realizarán 10 sesiones de cine fórum en las que se analizarán las formas en que la violencia de género se presenta y la función de herramienta metodológica para la sensibilización la violencia de género contra las mujeres.

Este convenio da cumplimiento a la necesidad de promover la sensibilización sobre la violencia de género contra las mujeres, a través del análisis de obras cinematográficos cuya trama argumental trata el tema de la violencia de género, considerando el cine como herramienta fundamental en la transmisión y aprendizaje de valores y cómo influyen en el comportamiento de las personas, y el papel del cine como instrumento "visibilizador" de la violencia hacia las mujeres, bien mediante los propios argumentos cinematográficos, bien desde el lugar al que las mujeres son relegadas en el cine.

IV. La necesidad de erradicar la violencia contra las mujeres exige la actuación conjunta y la cooperación de toda la sociedad, implicando tanto a las Administraciones Públicas, como a empresas, entidades y ciudadanía en general, mediante la realización de las medidas necesarias para la eliminación de este grave problema social, ofreciendo a las mujeres víctimas de violencia la información y los cauces necesarios para su integridad personal.

La Academia del Cine Aragonés, es una entidad sin ánimo de lucro creada para reivindicar los intereses del audiovisual aragonés. Esta asociación plural, tiene entre sus fines la organización de charlas, debates y coloquios con profesionales del medio, la publicación y organización de eventos que fomenten el cine aragonés, entre otros.

Desde el Instituto Aragonés de la Mujer se considera a la Academia del Cine Aragonés, como una entidad de nuestra comunidad idónea para prestar de manera eficaz la presentación y análisis de las obras que se presenten al poseer los medios necesarios tanto materiales como personales para la organización de dicha campaña.

Dicha entidad ha expresado su especial interés por colaborar con el Instituto Aragonés de la Mujer en la realización de acciones de sensibilización en materia de violencia de género contra las mujeres.

V. Conforme con el artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los organismos públicos podrán suscribir convenios de colaboración con sujetos de derecho privado, para un fin común.

Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en colaborar para conseguir los objetivos comunes mencionados, ambas partes formalizan el presente convenio de Colaboración de acuerdo con las siguientes,

Primera.- Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio fijar los términos de la colaboración entre los firmantes para realizar una campaña de sensibilización en materia de violencia de género a través de la presentación de unos trabajos audiovisuales en el territorio aragonés.

Segunda.- Fines.

Las actuaciones objeto del presente convenio tienen como fin principal la realización de una campaña de sensibilización en materia de violencia de género contra las mujeres, desarrollada en 10 sesiones de cine fórum, y en cada una de ellas se presentarán varias obras audiovisuales de diferente duración cada una, en diferentes localidades del territorio aragonés.

Compromisos de las partes.

La Academia del Cine Aragonés asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º En cooperación con el Instituto Aragonés de la Mujer se realizará una selección previa de los trabajos audiovisuales cuyo argumento está relacionado con la violencia de género contra las mujeres, que formarán parte de la campaña de sensibilización.

2.º Cesión de los derechos de reproducción de los trabajos audiovisuales.

3.º Establecer contacto con los autores de los trabajos audiovisuales, para su asistencia en las mesas redondas de los cine fórum que se organicen en el territorio aragonés.

4.º Mencionar la colaboración del Instituto Aragonés de la Mujer en las difusiones/actividades desarrolladas, así como en todo cartel o escrito en el que se anuncie la campaña de sensibilización, debiendo figurar el logotipo del Instituto y del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en toda su publicidad y escritos diseñados.

5.º En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de financiación del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

6.º Nombrar a una persona que actúe de coordinadoras con el Instituto Aragonés de la Mujer, responsable de la organización y coordinación de las actuaciones relativas a la campaña.

El Instituto Aragonés de la Mujer asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Organizar 10 cine fórum en diferentes localidades aragonesas, con motivo del 25 de noviembre, en los cuales se reproducirán los trabajos audiovisuales cuyo argumento está relacionado con la violencia de género contra las mujeres, previamente seleccionados por las partes de este convenio. El personal integrante de las mesas redondas del cine fórum estarán compuestas por los autores de los trabajos audiovisuales, y por parte de la Administración.

2.º Difusión de la campaña objeto del convenio.

Cuarta.- Comisión de Seguimiento.

Se creará una comisión de seguimiento del presente convenio de colaboración, que estará formada por dos miembros de cada una de las partes. Dicha comisión de seguimiento se reunirá semestralmente, o bien a petición de una de las partes, así como a la finalización de la vigencia del convenio, para analizar los resultados del mismo.

Quinta.- Vigencia.

El presente convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, englobando todas las actuaciones producidas a lo largo del periodo elegible de la subvención.

Sexta.- Gastos económicos.

Los compromisos correspondientes al IAM no implican coste económico alguno para el Gobierno de Aragón, ya que serán asumidos por los medios materiales y personales de los que dispone.

Séptima.- Causas de Resolución.

El presente convenio podrá quedar resuelto por las siguientes causas:

1.º Incumplimiento de los compromisos recogidos en el presente convenio.

2.º Cambio de destino del objeto del convenio sin el consentimiento expreso y por escrito del IAM.

En el caso de incumplimiento por parte de la entidad, la Directora del Instituto Aragonés de la Mujer, por delegación de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, dictará

Resolución acordando el reintegro de la subvención, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en la normativa de subvenciones.

Octava.- Naturaleza Administrativa Y Jurisdicción Competente.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando su contenido excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 20 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente convenio, dada su naturaleza jurídico administrativa, serán sometidas a la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad firman las partes por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.