Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/904/2018, de 3 de mayo, por la que se dispone la publicación de la adenda de modificación del convenio de colaboración, formalizado el 20 de marzo 2018, entre el Gobierno de Aragón y la Federación ALCER Aragón (Asociación Aragonesa para la lucha contra las enfermedades del riñón), para la gestión de desplazamientos de personas en tratamiento de hemodiálisis en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 05/06/2018 (Nº 107)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el número 2018/7/0135 la adenda al convenio marco suscrita, con fecha 16 de abril de 2018, por el Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Federación ALCER Aragón y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 3 de mayo de 2018.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN, FORMALIZADO EL 20 DE MARZO DE 2018, ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FEDERACIÓN ALCER ARAGÓN (ASOCIACIÓN ARAGONESA PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES DEL RIÑÓN), PARA LA GESTIÓN DE DESPLAZAMIENTOS DE PERSONAS EN TRATAMIENTO DE HEMODIÁLISIS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En Zaragoza, a 16 de abril de 2018

De una parte, D. Sebastián Celaya Pérez, Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, nombrado por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón y facultado expresamente para su firma por Acuerdo de su Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día 10 de abril de 2018.

Y de otra, D. Santiago Albaladejo López, en su condición de Presidente de la Federación ALCER Aragón (Asociación Aragonesa para la lucha contra las enfermedades del riñón) con N.I.F. número V-, y domicilio en C/ Santa Teresa de Jesús, 29-35, de Zaragoza.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para obligarse y formalizar la presenta Adenda y en su virtud,

Primero.- Que el 20 de marzo de 2018 el Gobierno de Aragón suscribió un convenio de colaboración con la Federación ALCER Aragón (Asociación Aragonesa para la lucha contra las enfermedades del riñón), para la gestión de desplazamientos de personas en tratamiento de hemodiálisis en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Para la ejecución del convenio, de manera que la Federación no tenga que adelantar el importe de la subvención dado que no dispone de recursos financieros para ello, y su función es la de simple gestor de la subvenciones que realmente van destinadas a los pacientes, es fundamental la gestión ágil de los pagos, de forma que pueda anticiparse el importe de los gastos realizados en el mes anterior mediante la presentación de las facturas correspondientes a dicho periodo, procediéndose posteriormente a aportar los justificantes de pago.

Tercero.- Con la modificación de la cláusula octava del convenio se pretende garantizar la prestación efectiva de los servicios de transporte a los pacientes de hemodiálisis de acuerdo a lo establecido en el convenio firmado con la Federación ALCER, agilizando los procedimientos de justificación y pago y evitando retrasos en el abono de las cantidades estipuladas en el convenio.

Por lo que ambas partes,

Modificar la Cláusula Octava del convenio, suscrito el 20 de marzo de 2018, entre el Gobierno de Aragón y la Federación ALCER Aragón (Asociación Aragonesa para la lucha contra las enfermedades del riñón), para la gestión de desplazamientos de personas en tratamiento de hemodiálisis en la Comunidad Autónoma de Aragón, que queda redactada como sigue:

Octava.- Justificación y pago de las aportaciones.

El pago de la aportación del Departamento de Sanidad se realizará mediante pagos mensuales a cuenta de la siguiente forma:

Una doceava parte de la aportación anual (133.333,33 €) se transferirá anticipadamente a la Federación Alcer Aragón, sin necesidad de prestación de garantía, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones subvencionadas.

Para el pago del resto, la Federación Alcer Aragón presentará antes del 15 de cada mes, referida al mes anterior, la documentación siguiente:

Documentación justificativa del gasto realizado (facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente) acompañada de un índice numerado de los justificantes que se presentan, señalando los conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

A la vista de dicha documentación se emitirá por el Director General de Asistencia Sanitaria certificado acreditativo de que en el período considerado se han cumplido los fines objeto de la subvención. También se harán constar, cuando proceda, los ajustes realizados por el gasto efectivamente justificado, y el total importe de las obligaciones reconocidas hasta ese período y grado de cumplimiento de la actividad subvencionada.

El pago de este importe, correspondiente a los gastos realizados en el mes anterior, se realizará antes del día 25 del mes siguiente, en concepto de anticipo y sin necesidad de prestar garantía, una vez verificada la pertinencia de los gastos.

En el plazo de 10 días desde el pago del anticipo la Federación Alcer Aragón debe presentar los justificantes de pago correspondientes junto con la documentación específica que se señala en el anexo II.

La Administración previa verificación de la conformidad de los gastos, documentación y justificantes presentados mensualmente realizará la liquidación. La diferencia con la cantidad anticipada será compensada con el anticipo del mes siguiente, o en caso de haber finalizado el periodo convenido de prestación del servicio, se abonarán por transferencia de la parte que resulte deudora.

Junto con la justificación correspondiente al último mes de cada año de vigencia del convenio, la Federación presentará los certificados comunes que se establecen en el anexo II al presente convenio.

En ningún caso, el importe de un anticipo mensual, sumado a las obligaciones reconocidas con anterioridad, podrá superar el importe máximo establecido para el convenio.

Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, la Federación ALCER deberá acreditar en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

Y en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, lo firman las personas antedichas, en el lugar y fecha anteriormente indicados.