Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 26 de octubre de 2011, del Departamento de Política Territorial e Interior, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Moscardón (Zaragoza), para proceder a la enajenación en pública subasta, procedimiento abierto, de cuatro parcelas urbanas, ubicadas en la calle San Sebastián números 12 suelo, 14 suelo, 16 a y 16 b, calificadas como bien patrimonial del municipio, y sitas en el término municipal de moscardón.

Publicado el 10/11/2011 (Nº 222)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Moscardón (Teruel), para enajenar en pública subasta, procedimiento abierto, cuatro parcelas, clasificadas como suelo urbano, de propiedad municipal, calificadas como bien patrimonial del municipio y sitas en la Calle San Sebastián números 12 Suelo, 14 Suelo, 16 A y 16 B, en el término municipal de Moscardón,

Resultando que el Ayuntamiento de Moscardón, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 28 de junio de 2011, adoptó, entre otros, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerdo de enajenar en pública subasta, procedimiento abierto, cuatro parcelas, urbanas, de propiedad municipal, sitas en la Calle San Sebastián de Moscardón, calificadas como bien patrimonial del municipio, cuyo valor total excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente, por lo que la presente enajenación requiere la autorización de esta Comunidad Autónoma.

Resultando que del expediente remitido se desprende, que los inmuebles municipales a enajenar tienen en la actualidad la calificación de suelo urbano conforme al Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano vigente en el municipio, y que el Ayuntamiento de Moscardón no cuenta con Plan General de Ordenación Urbana, ni con Normas Subsidiarias municipales, por lo que, de conformidad con los artículos 110 y 112 de la Ley 3/2009 de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón, dichos bienes no se consideran integrados en el patrimonio público del suelo del municipio y, por lo tanto, no están sujetos al régimen específico establecido para ese patrimonio en la Ley 3/2009 referida.

Considerando que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 107 a 110 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, así como en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de Administración Local de Aragón, el Decreto 347/2002 que aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, el Decreto 92/1982, de la Diputación General de Aragón y el texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Política Territorial e Interior, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, en virtud del Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y del Decreto de 22 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se asignan las competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Moscardón (Teruel) para proceder a la enajenación en pública subasta de los siguientes inmuebles:

Primero: finca urbana

Solar situado en calle San Sebastián n.º 12 Suelo.

Reseñada al epígrafe 001.04, n.º 05 del Inventario de Bienes, que linda entrando a la derecha con Francisco Murciano, a la izquierda con Ayuntamiento de Moscardón (calle San Sebastián n.º 14), y al Fondo con Eulogio Benedicto.

Extensión superficial: 200 m2

Está destinada a: suelo sin edificar.

Referencia catastral: 4458306XK2635N0001EO

Está libre de cargas y gravámenes

No está inscrita en el Registro de la Propiedad y pertenece al Ayuntamiento desde tiempo inmemorial.

Su valor es de 23.959,20 euros.

Tiene el carácter de bien Patrimonial de propios.

Segundo: finca urbana

Solar situado calle San Sebastián n.º 14 Suelo

Reseñado al epígrafe 001.04 n.º 06 del Inventario de Bienes que linda entrando a la derecha con Ayuntamiento de Moscardón (San Sebastián n.º 12), a la izquierda con Ayuntamiento de Moscardón (San Sebastián n.º 12) y al Fondo con vía pública..

Extensión superficial: 123 m2

Esta destinada a solar sin edificar

Referencia catastral: 4458302XK2635N0001DO

No esta inscrita en el Registro de la Propiedad y pertenece al Ayuntamiento de Moscardón desde tiempo inmemorial.

Su valor es de 14.792,40 euros.

Tiene el carácter de bien patrimonial de propios.

Tercero: finca urbana.

Solar situado en calle San Sebastián n.º 16 A.

Reseñado al epígrafe 001.04 n.º 07 del Inventario de Bienes que linda entrando a la derecha con Ayuntamiento de Moscardón (San Sebastián n.º 14), a la izquierda con Ayuntamiento de Moscardón (San Sebastián n.º 16) y al Fondo con vía pública.

Extensión superficial: 108 m2.

Esta destinada a solar sin edificar.

Referencia catastral; 4458303XK2635N0001XO

No esta inscrita en el Registro de la Propiedad y pertenece al Ayuntamiento de Moscardón desde tiempo inmemorial.

Su valor es de 12.926,40 euros.

Tiene el carácter de bien patrimonial de propios.

Cuarto: finca urbana.

Solar situado en calle San Sebastián n.º 16 B

Reseñado al epígrafe 001. 04 n.º 08 del Inventario de Bienes que linda entrando a la derecha con Ayuntamiento de Moscardón (San Sebastián n.º 16B), a la izquierda con vía pública y al Fondo con vía pública.

Extensión superficial: 172 m2.

Esta destinada a solar sin edificar.

Referencia catastral; 4458304XK2635N0001IO

No esta inscrita en el Registro de la Propiedad y pertenece al Ayuntamiento de Moscardón desde tiempo inmemorial.

Su valor es de 20.581,20 euros.

Tiene el carácter de bien patrimonial de propios.

Valoración total: 72.279,20 euros.

Según se desprende del expediente remitido, los bienes a enajenar figuran en el Inventario municipal de Bienes con la naturaleza de patrimonial y se ha solicitado la inscripción en el Registro de la Propiedad de Albarracín.

La valoración total de los bienes asciende a 72.279,20 euros, lo que representa un porcentaje superior al 25 por cien en relación con los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente, que ascienden a 70.000 euros.

Los ingresos procedentes de la enajenación no podrán destinarse a financiar gastos corrientes conforme se establece en el artículo 5 del texto refundido 2/2004 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo 110 del Reglamento 347/2002 de referencia anterior.