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DECRETO 37/2013, de 19 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2013 de plazas reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescalas Secretaría-Intervención e Intervención-Tesorería.

Publicado el 02/04/2013 (Nº 63)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

El artículo 75.13.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en materia de régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su Administración local, desarrollando políticas propias, a través del desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica que establezca el Estado en normas con rango de ley.

La legislación básica citada se encuentra recogida en la Disposición Adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, que en su apartado 4 dispone que la convocatoria de oferta de empleo, con el objetivo de cubrir las vacantes existentes de las plazas correspondientes a funcionarios con habilitación de carácter estatal, corresponde a las Comunidades Autónomas.

En ejercicio del mandato establecido en la normativa básica estatal citada, en la Comunidad Autónoma de Aragón, se ha procedido a la aprobación de las siguientes ofertas públicas de empleo:

a) Decreto 99/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 de las siguientes plazas reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal:

- 15 plazas vacantes reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención, clasificadas, en virtud de la titulación exigida para el acceso, en el subgrupo A1.

b) Decreto 46/2010, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2010 de las siguientes plazas reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal:

- 30 plazas vacantes reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención, clasificadas, en virtud de la titulación exigida para el acceso, en el subgrupo A1.

- 5 plazas vacantes reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, clasificadas, en virtud de la titulación exigida para el acceso, en el subgrupo A1.

Al no haberse procedido a la aprobación por el Gobierno de Aragón en los años 2011 y 2012 de la oferta de empleo de estos funcionarios, y al ser los puestos de las correspondientes Subescalas necesarios en todas las Entidades locales y puestos únicos en la mayoría de ellas, considerando el número de vacantes existentes en todas las Entidades locales de Aragón, nos encontramos en este momento con las siguientes vacantes provistas en su mayoría por funcionarios interinos nombrados por la Comunidad Autónoma o con personal nombrado por las propias Entidades locales sin seguir el procedimiento establecido:

- Secretaría 10 vacantes

- Intervención-Tesorería 23 vacantes

- Secretaría-Intervención 202 vacantes

La suspensión de las ofertas de empleo para la selección de personal mediante los procesos establecidos con carácter obligatorio en la normativa básica contenida en los apartados 4 y 7 de la Disposición Adicional Segunda del Estatuto Básico del Empleado Público, nos lleva indefectiblemente a consolidar la situación actual de provisión de los puestos vacantes por personal interino, contraviniendo las exigencias previstas en la normativa citada en relación con su carácter de puestos necesarios por su contenido en relación con la fe pública y asesoramiento jurídico, y el control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria de las Entidades locales.

Los funcionarios con habilitación de carácter estatal, según el apartado 1.2 de la misma Disposición Adicional, tienen reservada la responsabilidad administrativa para el desempeño de las siguientes funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales:

a) La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.

b) El control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.

La escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal comprende las subescalas de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención.

En cuanto al cumplimiento de la regulación de las ofertas de empleo contenida en el artículo 23 de la Ley 2/2012, de PGE de 2013, nos encontramos ante el supuesto previsto en el apartado 2,F), en virtud del cual la limitación a la aprobación de las Ofertas de empleo no será de aplicación a las Administraciones Públicas respecto del asesoramiento jurídico, la gestión y el control de la asignación eficiente de los recursos públicos, contenido esencial de los puestos desempeñados por los Funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Por otro lado, dado que los puestos ocupados por funcionarios con habilitación de carácter estatal son obligatorios en todas las Entidades locales, en todas ellas se da cumplimiento a la exigencia de dotación adecuada y suficiente en el Capítulo I de sus Presupuestos, ya que son puestos cuya dotación presupuestaria es obligatoria y no pueden ser amortizados por tratarse de plazas de carácter estructural.

A la vista del número de vacantes en los puestos de Funcionarios de Habilitación Estatal de las Entidades Locales de Aragón, y aplicados los criterios establecidos en la normativa básica contenida en el artículo 23 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se considera imprescindible e inaplazable la dotación por funcionarios de carrera de todas las plazas vacantes de la Subescala de Intervención-Tesorería, por las funciones asignadas en materia de control económico-financiero, aplicándose en la Subescala de Secretaría-Intervención la tasa de reposición prevista en el artículo 23 citado. Por la complejidad del proceso de selección en relación con el número de vacantes, no se incluye en la Oferta de empleo de este ejercicio ninguna de las plazas vacantes de la Subescala de Secretaría.

En aplicación de los criterios indicados y en ejercicio de la competencia atribuida a la Comunidad Autónoma por la Disposición Adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el número de plazas en cada una de las subescalas que debe incluirse en la Oferta de empleo es el siguiente:

- Intervención-Tesorería 5 plazas

- Secretaría-Intervención 20 plazas

La normativa básica estatal atribuye asimismo a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia para la selección de dichos funcionarios, conforme a los títulos académicos requeridos y programas mínimos aprobados reglamentariamente por el Ministerio de Administraciones Públicas. Por otra parte, en su apartado 7, establece que tales funcionarios se regirán por los sistemas de acceso aplicables en su correspondiente Comunidad Autónoma, respetando lo establecido en el propio Estatuto Básico.

Las plazas de las Subescalas de Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención objeto de la presente Oferta de empleo público, deben clasificarse en el Subgrupo A1, en virtud de lo establecido en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público en relación con su Disposición Transitoria Tercera.

De acuerdo con el Decreto 332/2011, de 6 de octubre, por el que se aprueba la Estructura del Departamento de Política Territorial e Interior, en ejercicio de la competencia de régimen local, corresponde a la Dirección General de Administración Local el ejercicio de las competencias en materia de personal de las Entidades Locales aragonesas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 19 de marzo de 2013

DISPONGO:

Primero.- Aprobación de la oferta de empleo público.

1. Se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al año 2013 de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, ofertándose las siguientes plazas de cada una de las subescalas:

- 20 plazas vacantes reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Secretaría-Intervención, clasificadas, en virtud de la titulación exigida para el acceso, en el subgrupo A1.

- 5 plazas vacantes reservadas a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, clasificadas, en virtud de la titulación exigida para el acceso, en el subgrupo A1.

2. Las bases específicas de los procesos selectivos se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón" y serán objeto de remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Segundo.- Personas con discapacidad.

Al objeto de implementar las medidas para la integración de personas con discapacidad en los términos de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, se reserva una de las plazas ofertadas en la subescala de Secretaría-Intervención para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 1.2, de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de personas con discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad así como la compatibilidad en el desempeño de sus funciones.

Tercero.- Convocatorias.

1. En las convocatorias de las plazas ofertadas se incluirán además aquéllas plazas que han resultado desiertas en los procesos selectivos finalizados y convocados al amparo de las Ofertas de Empleo de Funcionarios con habilitación de carácter estatal aprobadas mediante Decretos 99/2008, de 27 de mayo, y Decreto 46/2010, de 23 de marzo, del Gobierno de Aragón.

2. Las plazas correspondientes a procesos de selección que a la entrada en vigor de este Decreto no hayan finalizado y queden desiertas, se acumularán a las derivadas de la presente oferta.

3. La publicación de las convocatorias de las plazas ofertadas se producirá en el plazo máximo de tres meses a partir de la aprobación del presente Decreto, y con una antelación mínima de cuatro meses al inicio de las mismas.

Cuarto.- Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 19 de marzo de 2013.

La Presidenta del Gobierno de Aragón,

LUISA FERNANDA RUDI ÚBEDA

El Consejero de Política Territorial e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ORIZ