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CORRECCIÓN de errores de la Orden de 23 de febrero de 2011, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte.

Publicado el 13/04/2011 (Nº 74)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Advertido error en los artículos 59.1, 62 y 63 de la Orden anteriormente citada, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 60, de 24 de marzo de 2011, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobada por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, se procede a su subsanación en los siguientes términos:

Donde dice:

Artículo 59. Cuantía y criterios para su determinación.

«1. La cuantía de las ayudas a deportistas se fijará atendiendo a los siguientes criterios:

a) Los resultados obtenidos en el último año, en los Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, Universiadas, Campeonatos de Europa, y otras competiciones internacionales oficiales; campeonatos de España; participaciones con el equipo nacional en competiciones internacionales; récords olímpicos, del mundo, Universiada, Europa o España; puesto que se ocupa en el ránking nacional y/o internacional;

b) Las características propias de las diferentes modalidades, especialidades y pruebas deportivas olímpicas o no olímpicas; grado de implantación en la sociedad aragonesa; categoría en la que se participa, participación individual o de grupo.

c) Participación en programas de tecnificación realizados por la federación española o aragonesa.

d) En el caso de deportistas con minusvalías, se tendrán en cuenta las características, modalidades, especialidades y pruebas en que participen, así como los rankings nacionales e internacionales absolutos anuales.

e) Ingresos económicos, becas y ayudas recibidas de otras entidades, públicas o privadas, para la práctica deportiva en el último año.

f) Se valorarán, así mismo, circunstancias de carácter técnico- deportivo que hayan podido condicionar los resultados deportivos.»

Debe decir:

Artículo 59. Cuantía y criterios para su determinación.

«1. La cuantía de las ayudas a deportistas se fijará atendiendo a los siguientes criterios:

a) Los resultados obtenidos en el último año, en los Juegos Olímpicos, Campeonatos del Mundo, Universiadas, Campeonatos de Europa, y otras competiciones internacionales oficiales; campeonatos de España; participaciones con el equipo nacional en competiciones internacionales; récords olímpicos, del mundo, Universiada, Europa o España; puesto que se ocupa en el ránking nacional y/o internacional;

b) Las características propias de las diferentes modalidades, especialidades y pruebas deportivas olímpicas o no olímpicas; grado de implantación en la sociedad aragonesa; categoría en la que se participa, participación individual o de grupo.

c) Participación en programas de tecnificación realizados por la federación española o aragonesa.

d) En el caso de deportistas con minusvalías, se tendrán en cuenta las características, modalidades, especialidades y pruebas en que participen, así como los rankings nacionales e internacionales absolutos anuales.

e) Ingresos económicos, becas y ayudas recibidas de otras entidades, públicas o privadas, para la práctica deportiva en el último año.

f) Se valorará la pertenencia o no a un club deportivo aragonés.

g) Se valorarán, así mismo, circunstancias de carácter técnico- deportivo que hayan podido condicionar los resultados deportivos.»

Donde dice:

Artículo 62. Objeto

«Es objeto de estas ayudas la programación y ejecución de actividades organizadas dentro de sus programas anuales, por Centros educativos sostenidos por fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la promoción de la Actividad Física y el Deporte en los mismos»

Debe decir:

Artículo 62. Objeto

«Es objeto de estas ayudas la programación y ejecución de actividades organizadas dentro de sus programas anuales, por Centros educativos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la promoción de la Actividad Física y el Deporte en los mismos»

Donde dice:

Artículo 63. Beneficiarios

«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Centros Educativos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria sostenidos por fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón»

Debe decir:

Artículo 63. Beneficiarios

«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Centros Educativos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad Autónoma de Aragón»