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RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara aprobada la relación definitiva de participantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Resolución de 11 de septiembre de 2020, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Farmacia en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón por turno de promoción interna.

Publicado el 17/10/2022 (Nº 201)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 7.4 de la Resolución de 11 de septiembre de 2020, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 199, de 6 de octubre de 2020, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Farmacia y de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia resuelve:

Primero.- Hacer pública, como anexo I a esta Resolución, la relación definitiva de los participantes aprobados por turno de promoción interna en el proceso selectivo de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Farmacia convocado por Resolución de 11 de septiembre de 2020.

Segundo.- Publicar la relación de plazas vacantes de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Farmacia que se ofertan a los aspirantes que han resultado aprobados, según anexo II.

Tercero.- Convocar a dichos aspirantes para la oferta y adjudicación al acto centralizado de asignación de destino, que se efectuará, en llamamiento único a las 12:00 horas del día 26 de octubre de 2022, en el Salón de Actos de los Servicios Centrales del Servicio Aragonés de Salud sito en la plaza de la Convivencia, número 2, de Zaragoza.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en Resolución de 11 de septiembre de 2020, los aspirantes deberán presentar en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la celebración del acto centralizado, en los lugares señalados en la base 3.4 de la Convocatoria, la siguiente documentación:

Fotocopia del DNI o pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

Fotocopia compulsada del título exigido para su participación en estas pruebas selectivas. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación en el Estado español.

Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

La capacidad funcional se acreditará mediante certificación expedida por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud, o mediante una declaración responsable.

Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede o equivalente, conforme a lo establecido en la Orden SSI/2420/2015, de 15 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de Salud.

Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, que acredite el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal.

Los aspirantes de origen extranjero, o que tengan otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los Convenios internacionales existentes, respecto de los delitos a los que se refiere el párrafo anterior.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 4 de octubre de 2022.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JOSÉ MARÍA ARNAL ALONSO