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RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras, por la que se convocan exámenes para la obtención y renovación del certificado de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.

Publicado el 15/11/2013 (Nº 226)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

La Directiva 96/35/CE, del Consejo, de 30 de junio, relativa a la designación y cualificación profesional de Consejeros de Seguridad para el transporte por carretera y por ferrocarril de mercancías peligrosas, exige, como medida de seguridad preventiva, que las empresas que realicen dichos transportes y las que efectúen operaciones de carga o descarga de tales materias habrán de disponer de uno o varios consejeros de seguridad a fin de de contribuir a la prevención de los riesgos inherentes al transporte de mercancías peligrosas.

Por Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, ("Boletín Oficial del Estado", número 251), se incorpora dicha Directiva a nuestro ordenamiento jurídico interno, y se procede a regular la obligación de que las empresas de transporte, y las de carga y descarga de mercancías peligrosas deban designar consejeros de seguridad, las funciones encomendadas a los mismos, la cualificación profesional exigida y el procedimiento a seguir para la evaluación de la formación requerida.

La Orden 605/2004, del Ministerio de Fomento, de 27 de febrero de 2004, ("Boletín Oficial del Estado". número 59), determina las modalidades de los exámenes que han de superar los consejeros de seguridad, así como la clase de convocatorias, la estructura de los ejercicios y el otorgamiento de los correspondientes certificados de aptitud.

La citada orden prevé que las convocatorias sean efectuadas en sus territorios por las Comunidades Autónomas y, asumida la competencia por la Comunidad Autónoma de Aragón, esta Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras ha resuelto convocar pruebas de aptitud de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, y de renovación de los certificados de consejeros de seguridad en ambas modalidades, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Ámbito de las pruebas.

La presente convocatoria, que tiene carácter anual, se extiende al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón, celebrándose las pruebas en las ciudades de Huesca, Teruel y Zaragoza.

Segunda.- Exámenes para la obtención del certificado de Consejero de Seguridad.

La convocatoria se efectúa para Consejero de Seguridad en Transporte por Carretera y para Consejero de Seguridad en Transporte por Ferrocarril. Dentro de ambos modos de transporte, se podrá optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades o de forma individualizada para alguna o algunas de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas, ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de Identificación de Naciones Unidas: 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina), 1223 (queroseno), 3475 (mezcla de etanol y gasolina o mezcla de etanol y combustible para motores, con más del 10% de etanol) y el combustible de aviación clasificado en el UN 1268 ó 1863.

En el momento de cumplimentar la solicitud se deberá precisar el o los modos y la o las especialidades en las que se solicita participar.

Para cada una de las indicadas especialidades, el examen constará de dos pruebas: una primera, consistente en la contestación a cincuenta preguntas de tipo test, con cuatro respuestas alternativas que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, anteriormente indicado, y una segunda prueba, consistente en la resolución de un supuesto práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por el Consejero, para lo que se permitirá la consulta exclusivamente de textos legales y de publicaciones oficiales.

El contenido de los exámenes se basará en el texto del ADR y del RID vigente en 2013.

Para la realización de las dos pruebas los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 2 horas.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinando obtenga una puntuación igual o superior a 50 puntos. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

Tercera.- Exámenes para la renovación del certificado de Consejero de Seguridad.

La convocatoria va dirigida a Consejeros de Seguridad en Transporte por Carretera y Consejeros de Seguridad en Transporte por Ferrocarril que ya dispusieran del correspondiente certificado de aptitud obtenido al superar la prueba convocada por Resolución de 22 de julio de 2008, de la Dirección General de Transportes ("Boletín Oficial de Aragón", de 14 de agosto de 2008).

La prueba de control consistirá exclusivamente en la respuesta a cincuenta preguntas de tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, como ya anteriormente se ha indicado, y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.

Cuarta.- Solicitudes.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

La solicitud para tomar parte en las pruebas se ajustará al modelo que figura en anexo a esta resolución y se presentará debidamente cumplimentada en cualquiera de los Registros o dependencias a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La solicitud deberá ir acompañada de fotocopia del documento nacional de identidad, permiso de conducir o pasaporte y fotocopia del resguardo acreditativo del ingreso de la tasa 05, modelo 505, tarifa 03, por el importe establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, por la cuantía de 41,83€, que deberá abonarse por cada modo y para cada una de las especialidades previstas en las bases segunda y tercera de esta resolución para las que el aspirante desee participar. La presentación de la solicitud no eximirá del pago de la tasa en tiempo y forma.

Quinta.- Domicilio y requisitos de los aspirantes.

Únicamente podrán concurrir a las pruebas convocadas por esta resolución las personas que tengan su residencia habitual en territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento de identificación en vigor. Sólo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

Que el aspirante acredite mediante el certificado de empadronamiento que ha tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón al menos ciento ochenta y tres días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón menos de ciento ochenta y tres días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela o centro docente no implica el traslado de la residencia habitual.

Sexta.- Admisión provisional y definitiva, fechas, horas y lugares de celebración de los ejercicios.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras dictará resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos provisionalmente, con indicación de la causa de exclusión provisional. Dicha resolución será expuesta en el Registro General del Gobierno de Aragón, Edificio Pignatelli, (Paseo María Agustín, número 36 Zaragoza), y en los Registros de la Subdirección de Transportes de Huesca, (calle General Lasheras, número 6), y de la Subdirección de Transportes de Teruel, Edificio Carmelitas (calle San Francisco, número 1) y en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es): en Departamentos y Organismos Públicos-Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes-Transportes-Mercancías Peligrosas.

La indicada resolución fijará las fechas, horas y lugar de celebración de los ejercicios.

Finalizado el plazo de subsanación de 10 días hábiles desde el día siguiente a la exposición de dicha resolución en los indicados tablones de información, se dictará resolución de la Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras aprobando la lista de aspirantes admitidos y excluidos definitivamente, que será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Séptima.- Composición del Tribunal calificador de las pruebas.

Tribunal Titular: Presidenta: D.ª Cristina López García; Vocales: D.ª Ainoha Larroya Molero, D. Ángel García Garnateo y D. Mario Martínez Calvo; Secretaria: D.ª Ángela García Alegre.

Tribunal Suplente: Presidente: D.ª Silvia Aznar Durán; Vocales: D.ª Concepción Fuentes Espinosa, D.ª Beatriz Salvo Salvo, D José Embid Lafuente; Secretario: D José Luís Abad Martínez.

Los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Octava.- Resultados y notificaciones.

La valoración de los exámenes reglamentarios dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

El Tribunal hará público el resultado del examen mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es): en Departamentos y Organismos Públicos-Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes-Transportes-Mercancías Peligrosas, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes aptos y no aptos en el "Boletín Oficial de Aragón".

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

Novena.- Emisión del certificado de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.

Quienes superen la prueba señalada en las bases segunda y tercera, para la expedición del certificado de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas deberán aportar: ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado CE de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas 514 apartado 5 tarifa 48.1 que podrá obtenerse por los medios indicados en el punto 2.º de esta convocatoria.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 7 de noviembre de 2013.

El Director General de Transportes y Planificación de Infraestructuras, JESÚS DÍEZ GRIJALVO.

SOLICITUD DE REALIZACION DE EXAMENES PARA LA OBTENCIÓN Y PARA LA RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE CONSEJERO DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR CARRETERA Y POR FERROCARRIL

A) Datos del solicitante

Nombre:

Primer Apellido:

Segundo Apellido: Número del N.I.F

Fecha de nacimiento: Lugar de nacimiento (Población y Provincia):

Domicilio (calle, número, piso, puerta):

Localidad:

Provincia: Código Postal: Teléfono

Dirección Correo Electrónico

B) Exámenes a los que se presenta. (señale con una cruz la casilla o casillas que correspondan)

1. Prueba a la que se presenta:

Para la obtención del certificado

Para la renovación del certificado: debe hacer constar:

- Número de certificado/s a renovar

- Fecha de expedición del/los certificado/s a renovar

2. Modo y especialidad de examen: C para carreteras y FC para ferrocarril

Modo Especialidad Modo Especialidad

C FC C FC

Examen Global Clase 7 Materias Radiactivas

Clase 1 Explosivos Resto de clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1,5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9

Clase 2 Gases 1202 Gasóleo, 1203 Gasolina y 1223 Queroseno

C) Lugar donde se va a realizar el examen: Huesca Teruel Zaragoza

D) Documentación justificativa.

Fotocopia del D.N.I. o Pasaporte y N.I.F.

Resguardo del ingreso de la tasa por importe de 40,45€ por cada especialidad solicitada.

Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento, en su caso.

(Fecha y firma del solicitante)

Ilmo. Sr. Director General de Transportes y Planificación de Infraestructuras.