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ORDEN SAN/592/2021, de 3 de junio, por la que se levanta el confinamiento perimetral en municipios de las comarcas de las Cinco Villas, Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro.

Publicado el 03/06/2021 (Nº 26 Extraordinario)
Sección: I. Disposiciones generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

El Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, vino a declarar, con carácter general, dicho nivel de alerta sanitaria, regulado en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. Una vez establecido dicho régimen de alerta 3 agravado, mediante Orden SAN/1/2021, de 4 de enero, se limitó la suspensión de actividades anticipando el horario de cierre de todas aquellas que no sean esenciales, previendo además una serie de modulaciones específicas para algunas actividades, en su mayor parte más restrictivas que las que resultarían del nivel de alerta 3 ordinario. La evolución posterior de la pandemia, y la mejora de los diferentes indicadores, permitió proceder, al amparo de lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, a la declaración del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario por Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, con la fijación de las oportunas modulaciones para diferentes actividades, declaración que afectaba al conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que el empeoramiento de los datos epidemiológicos en determinados ámbitos territoriales pueda justificar la inaplicación de dicho nivel de alerta en los mismos, restableciendo en su ámbito el régimen jurídico de alerta sanitaria 3 agravado, declarado por Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, junto con las modulaciones correspondientes que correspondiera fijar mediante Orden de la autoridad sanitaria, tal y como se hizo a través de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril, para el municipio de Tarazona, incorporándose posteriormente a tal situación, mediante Órdenes aprobadas por la autoridad sanitaria, diferentes municipios y comarcas de Aragón. Paralelamente, se adoptaron medidas de control como el confinamiento perimetral de los territorios afectados. En sentido contrario, mediante Orden SAN/496/2021, de 14 de mayo, se declaró el nivel de alerta sanitaria 2 en la provincia de Teruel, fijándose las oportunas modulaciones a las medidas aplicables en dicho ámbito. Recientemente, y ante la terminación del estado de alarma declarado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y prorrogado por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, hasta el día 9 de mayo de 2021, mediante Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo del Gobierno de Aragón, se declararon los ámbitos territoriales a los que resultaba de aplicación el régimen jurídico de confinamiento perimetral por ministerio de la ley, previsto en el artículo 34 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, medida de control de la pandemia con una duración máxima de treinta días naturales, transcurridos los cuales quedará levantada por ministerio de la ley, sin perjuicio de que la autoridad sanitaria pueda levantarla anticipadamente a la vista de la evolución de los indicadores de riesgo en el ámbito territorial correspondiente. El citado Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, determina en su Disposición adicional primera que en aquellos territorios confinados perimetralmente, comprendidos en el anexo IV de la Ley, resulta de aplicación el régimen jurídico propio del nivel de alerta 3 agravado, en las condiciones establecidas por Orden SAN/283/2021, de 6 de abril. Los territorios con confinamiento perimetral por ministerio de la ley, en virtud del referido Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, fueron los municipios de Calatayud y Jaca y las comarcas de Campo de Borja, Campo de Cariñena, Cinco Villas (municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste), Ribera Alta del Ebro y Valdejalón, habiéndose procedido ya al desconfinamiento de diferentes territorios mediante Órdenes SAN/497/2021, de 14 de mayo, y SAN/519/2021, de 20 de mayo, y Orden SAN/559/2021, de 27 de mayo. La situación epidemiológica en Aragón, en la actualidad, es de descenso de la afectación tras sufrir un quinto pico epidémico de menor magnitud que los anteriores. El ascenso de la incidencia se produjo a partir del 2 de abril de 2021, pero a partir del 10 de abril se estabilizó en unos 130-160 casos por 100.000 habitantes en 7 días, hasta iniciarse el descenso a partir del 2 de mayo. El descenso no ha sido uniforme. Examinando la incidencia en 7 días, más sensible a los cambios, se han producido dos situaciones de meseta. Una entre 16 y el 24 de mayo con incidencia alrededor de los 95 casos por 100.000 habitantes, y otra en los últimos días, en la que la incidencia está situada en torno a los 70 casos por 100.000 habitantes en 7 días. Midiendo la incidencia a 14 días, que muestra los cambios más globales, se ha producido un descenso más gradual, estando la incidencia en 151 casos por 100.000 habitantes a día de ayer, y con tendencia descendente. Por otra parte, y debido a la situación epidemiológica experimentada, las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Gallur y Alagón siguen hasta la fecha en situación de nivel de alerta 3 agravado. Sin embargo, la evolución en los últimos días es de clara tendencia descendente, estando a día de ayer las incidencias en 7 días en 110, 54 y 32 casos por 100.000 habitantes, respectivamente. Por ello, atendiendo a la evolución epidemiológica observada en dichos territorios, según lo señalado en el artículo 34.5 Ley 3/2020, de 3 de diciembre, corresponde a la autoridad sanitaria levantar el confinamiento perimetral de los municipios de Cinco Villas, Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Gallur y Alagón, establecido por el Gobierno de Aragón mediante Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo. Dicha evolución aconseja igualmente restablecer en los territorios desconfinados la aplicación del régimen jurídico del nivel de alerta sanitaria que corresponda a la respectiva provincia, tal y como se prevé en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, al disponer que "la autoridad sanitaria podrá acordar, en todo caso, la aplicación de un nivel de alerta inferior al aplicable en un ámbito territorial determinado en función de su concreta situación epidemiológica, siempre que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención sanitaria contra la pandemia COVID-19 y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud". La evaluación de los resultados de estas medidas permitirá establecer, si fuera necesario, otras que se adapten a las nuevas circunstancias que se produjeran, tanto en un sentido de endurecimiento como de mantenimiento o flexibilización. En su virtud, y en ejercicio de las competencias propias como autoridad sanitaria, conforme a lo previsto en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, y el Decreto-ley 1/2021, de 4 de enero, dispongo:

Artículo primero. Levantamiento de confinamiento perimetral. Se procede al levantamiento del confinamiento perimetral de los municipios adscritos a las zonas de salud de Ejea de los Caballeros, Gallur y Alagón, quedando sin efecto dicha medida en la totalidad de los municipios de las comarcas de Cinco Villas, Campo de Borja y Ribera Alta del Ebro, acordada por Decreto-ley 2/2021, de 7 de mayo, del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo previsto en el artículo 34.5 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre.

Artículo segundo. Aplicación del nivel de alerta sanitaria. El territorio de los municipios que, de acuerdo con lo señalado en el artículo anterior, son objeto de desconfinamiento quedará sujeto al régimen jurídico propio del nivel de alerta sanitaria aplicable a su provincia correspondiente.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 4 de junio de 2021.

Zaragoza, 3 de junio de 2021.

La Consejera de Sanidad, SIRA REPOLLÉS LASHERAS