NOTIFICACIÓN del Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca, al interesado relacionado en el anexo, de la propuesta de resolución de expediente sancionador por presunta infracción a la normativa de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.
No habiendo sido posible notificar al interesado relacionado en el anexo la propuesta de resolución por infracción de lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón y normativa reglamentaria relacionada, que ha recaído en el expediente que también se relaciona, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante el presente anuncio se procede a su notificación, haciendo constar que el interesado tiene a su disposición la correspondiente propuesta de resolución en dicho Servicio Provincial, sito en la plaza Cervantes, número 1, 3.º , de Huesca.
En consecuencia se le da por notificada a todos los efectos, siguiendo su curso el procedimiento y significándole que puede examinar el expediente en las oficinas de este Servicio Provincial y formular por escrito las alegaciones que estime convenientes en su defensa, en el plazo de quince días hábiles siguientes a partir de la fecha en que aparezca la última publicación de esta notificación, que se practica mediante la inserción de anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", y en el tablón de edictos del ayuntamiento del último domicilio del inculpado.
Huesca, 1 de julio de 2014.- La Instructora, M.ª Asunción Beired Val.
Anexo:
Nombre: Dzhengis Ismet Demir.
Número de expediente: H-310/13.
Preceptos infringidos: Artículos 48, 49 y 50 de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, en relación con lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 20 de octubre de 2009, de la Consejera del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula la matanza domiciliaria de cerdos para las necesidades personales y el reconocimiento sanitario de jabalíes abatidos en cacería destinados al consumo privado, y el artículo 9.2 del Real Decreto 54/1995, de 20 de enero, sobre protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza.
Sanción propuesta: Seiscientos un euros con un céntimo (601,01 €).