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ANUNCIO de la Directora General de Justicia e Interior, por el que se dispone la apertura de un periodo de información pública acerca de la modificación de los Estatutos del Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Teruel.

Publicado el 01/02/2018 (Nº 23)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

El Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Teruel ha solicitado la inscripción, en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, de la modificación de los Estatutos del mencionado Colegio según acuerdo de la Junta General Extraordinaria celebrada el catorce de marzo de dos mil dieciséis por dicha Corporación. Atendiendo al requerimiento de subsanación realizado por el Servicio de Régimen Jurídico y Registros, se completó la documentación legalmente establecida a dicho efecto.

La modificación, en cumplimiento de lo dispuesto en lo dispuesto en la Disposición Final 5.ª de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, afecta a los siguientes artículos:

- Artículo 16.1, Obligaciones de los procuradores colegiados, al que se añade la letra l:

Artículo 16.1,letra l. "Los Procuradores no podrán dirigirse a las víctimas directas o indirectas de catástrofes, calamidades públicas u otros sucesos que hubieran producido un número elevado de víctimas que cumplan los requisitos que se determinen reglamentariamente y que puedan constituir delito, para ofrecerles sus servicios profesionales hasta transcurridos 45 días desde el hecho.

Esta prohibición quedará sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya sido solicitada expresamente por la víctima".

- Artículo 77, Infracciones muy graves, al que se añade la letra f:

Artículo 77.letra f- "El incumplimiento de la prohibición descrita en el artículo 16.1 letra l, dará lugar a responsabilidad disciplinaria por infracción muy grave, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan".

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón y en el artículo 8 del Decreto 158/2002, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos para la creación de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, y la organización y funcionamiento del Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Aragón, recibida la solicitud de inscripción de la modificación de Estatutos, el órgano competente del Departamento abrirá un periodo de información pública que se anunciará en el "Boletín Oficial de Aragón". La duración de este trámite se reduce a quince días habida cuenta del especial interés que conlleva la entrada en vigor de la Ley del Estatuto de la Víctima del Delito.

El Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, atribuye a la Dirección General de Justicia e Interior, la gestión de la competencia en materia de colegios profesionales, por lo que esta Dirección General

resuelve:

Primero.- Someter a información pública por el plazo de quince días el expediente de modificación de los Estatutos del Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Teruel, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones y presentar los documentos que se consideren oportunos.

Segundo.- El texto de la modificación, estará a disposición del público en la sede electrónica del gobierno de Aragón, en la página del Departamento de Presidencia:

p://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/Presidencia

Asimismo, estará expuesto en el tablón de anuncios del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (sito en el edificio Pignatelli, paseo María Agustín, 36, de Zaragoza), así como en las Delegaciones Territoriales del Gobierno de Aragón de Huesca y Teruel y en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Barbastro, Fraga, Jaca, Alcañiz, Calamocha, Calatayud, Ejea de los Caballeros y Tarazona.

Tercero.- Las alegaciones o sugerencias deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Justicia e Interior del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, pudiendo ser presentadas en su Registro General (paseo María Agustín, 36, de Zaragoza), así como en los registros y oficinas establecidos en el artículo 16 y Disposición Transitoria Segunda de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 19 de enero de 2018.- La Directora General de Justicia e Interior, María Ángeles Júlvez León.