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EXTRACTO de la Orden ECD/1069/2017, de 21 de julio, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2017, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual.

Publicado el 31/07/2017 (Nº 145)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 357138

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web del Gobierno de Aragón cuya url es la siguiente:

lturaDeporte/AreasGenericas/ci.01_Ayudas_Subvenciones.detalleDepartamento).

Primero.- Beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón, que desarrollen su actividad básica en nuestra Comunidad y estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.

Segundo.- Finalidad:

La realización de cortometrajes de ficción, documentales o de animación en las siguientes modalidades:

Realización de cortometrajes con una duración máxima de 30 minutos, que sea la primera producción audiovisual realizada por un director novel (empresario individual) o por una empresa productora con menos de dos años de antigüedad, ambos con domicilio en Aragón. A efectos de esta convocatoria, para ser considerada primera producción audiovisual, los solicitantes no podrán tener registrada ninguna producción audiovisual en ningún depósito legal.

Realización de cortometrajes con una duración máxima de 30 minutos por empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón, que, con anterioridad a la finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria, hayan realizado y registrado en cualquier depósito legal una producción audiovisual.

En ambas modalidades la solicitud de subvención será para el proyecto completo, debiendo tener terminado y registrado en el depósito legal el cortometraje antes de la fecha de finalización del plazo de justificación, 14 de noviembre de 2017.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural, modificada por Orden ECD/763/2017, de 31 de mayo.

Cuarto.- Importe:

El importe total de la convocatoria es 60.750 €:

25.000 € para la modalidad a).

35.750 € para la modalidad b).

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 21 de julio de 2017.- La Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, María Teresa Pérez Esteban.