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ANUNCIO del Servicio Provincial de Ciudadanía y Derechos Sociales de Huesca, mediante el que se notifica la resolución del expediente sancionador número S/22/2015/086.

Publicado el 17/03/2016 (Nº 53)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo de la resolución dictada en el expediente sancionador número S/22/2015/086 a Luis Laguna Sanz con último domicilio conocido en Huesca, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58, 59.5 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le notifica lo siguiente:

1. Que por falta leve en materia de consumo, se le ha impuesto una sanción de 400 € por infracción al artículos 79.c) y 79.e) de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón, en relación con artículos 2 y 4 del Decreto 26/1999, de 23 de marzo, que regula la actividad de prestación de servicios a domicilio a los consumidores y usuarios y también en relación con el Decreto DGA 311/2001, de 4 de diciembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 149, de 19 de diciembre de 2001) que regula las hojas de reclamaciones en materia de consumo de la Comunidad Autónoma de Aragón y Orden de 21 de abril de 2008, del Departamento de Salud y Consumo, que universaliza la obligación de disponer de hojas de reclamaciones y cartel anunciador.

2. Que tiene a su disposición la resolución integra recaída en el expediente citado, en la Dirección del Servicio Provincial de Sanidad, Bienestar Social y Familia de Huesca, sito en la calle San Jorge, 65 de Huesca.

3. Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, en los términos previstos en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.

4. Que podrá hacer efectiva la sanción en la c/c restringida núm. 2085/2052/09/0430001814 de Ibercaja; una vez firme en vía administrativa la resolución, y transcurrido el plazo de pago voluntario, sin ingresar el importe de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio con los recargos complementarios.

Huesca, 1 de marzo de 2016.- El Director Provincial del IASS. Por Decreto 316/15, de 15 de diciembre, Eloy Torre Calvo.