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EXTRACTO de la Orden AGM/1106/2021, de 1 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a las explotaciones de vacuno de lidia para hacer frente a la situación excepcional generada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19 y se abre el plazo de presentación de solicitudes.

Publicado el 10/09/2021 (Nº 189)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 581893

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/581893).

La ganadería de lidia en Aragón tiene una actividad muy estacional, con unas peculiaridades tanto económico como social y medioambiental y se caracteriza por una serie de particularidades que la diferencian de otros sectores ganaderos.

Esta actividad está muy ligada a festejos populares, y a eventos que conllevan la concentración de personas, que como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se han visto modificados y en la mayoría de los casos suspendidos. Esta situación ha llevado al sector a la cancelación de la práctica totalidad de contratos en los cuales intervienen los vacunos de lidia, sin posibilidad de comercializar sus animales salvo destino a matadero.

En consecuencia, mediante la presente Orden se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas en la Comunidad Autónoma de Aragón, y se convocan las ayudas destinadas en el año 2021, a las explotaciones de vacuno de lidia.

Dada la urgencia de adoptar medidas que afronten la situación descrita y el principio de simplificación administrativa y reducción de cargas, las ayudas se concederán de forma directa a todos los ganaderos quienes, cumpliendo los requisitos, sean beneficiarios de solicitud de ayudas a las explotaciones de vacas nodrizas con orientación vacuno de lidia, en el año 2021, prevista en la Orden AGM/172/2021, de 11 de marzo, por la que se establecen las medidas para la presentación de la "Solicitud Conjunta" de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2021.

Estas subvenciones están financiadas por los presupuestos de la Comunidad Autónoma, y se otorgan al amparo de Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto de la actual pandemia ocasionada por el COVID-19. El objetivo de este Marco es establecer las condiciones que permitan a los Estados Miembros apoyar a las empresas en crisis por causa de la actual pandemia. Se determinan las medidas temporales adicionales de ayuda estatal compatibles con el artículo 107, apartado 3, letra b) del TFUE y que pueden aprobarse en los estados miembros siempre que se demuestre que las propuestas son necesarias, adecuadas y proporcionadas a una grave perturbación económica. La cuantía total máxima estimada será de 200.000 euros.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta Orden las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que hayan presentado en 2021, solicitud de subvención conforme a la AGM/172/2021, de 11 de marzo, por la que se establecen las medidas para la presentación de la "Solicitud Conjunta" de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2021, y que sean titulares de una explotación inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), y, en concreto, explotaciones de producción y reproducción, como especie la de vacuno de lidia y ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las personas beneficiarias deberán hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

La presentación de la solicitud de subvención por la persona interesada o su representante conlleva el consentimiento para que el órgano instructor compruebe el cumplimiento de los requisitos necesarios para la gestión del procedimiento en cuestión, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal. En el caso de que la persona interesada deniegue su consentimiento, deberá hacerlo constar expresamente y aportar los documentos o certificados acreditativos de dichos requisitos.

Las personas interesadas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración confeccionarán y presentarán su solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, accesible en la url: https://aragon.es/tramites, con su certificado electrónico o clave permanente. Siendo el 6309 el número de procedimiento asignado a esta línea de subvención.

Las personas físicas, no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, una vez confeccionada su solicitud de acuerdo al apartado anterior, podrán presentarla por vía telemática o de manera presencial, imprimiendo y presentando en papel su solicitud y la documentación que acompañe a la misma en cualquier registro oficial de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

A los efectos de determinar el número de animales con derecho a la subvención, se considerarán "hembras elegibles" aquellas hembras de raza de lidia mantenidas como reproductoras y que sean beneficiarias de la ayuda asociadas a las explotaciones de vacas nodrizas, en el año 2021.

Para el establecimiento del número de hembras elegibles se considerarán todas las hembras reconocidas como elegibles en las ayudas PAC, es decir, las vacas nodrizas de raza de lidia que cumplan los criterios de elegibilidad a lo que se sumará un 15% de novillas de raza de lidia.

El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Se establece un importe unitario máximo de 75 euros por hembra elegible.

Zaragoza, 1 de septiembre de 2021.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Aurelio Olona Blasco.