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RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2022, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 27 de diciembre de 2012, por la que se renueva la Autorización Ambiental Integrada para la explotación porcina de producción de lechones con capacidad para 1.000 plazas de reproductoras, en el polígono 42, parcela 110, del término municipal de Valderrobres (Teruel), y promovida por Explotaciones Pellicer Sorolla, SL. (Número de Expediente INAGA 500202/02/2021/03382).

Publicado el 01/03/2022 (Nº 41)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 31 de marzo de 2021, se presenta la solicitud de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada de la explotación porcina de producción de lechones ES442460000032, por parte de Explotaciones Pellicer Sorolla, SL con NIF B44243020. La modificación consiste en la actualización del consumo de agua de la explotación, que se ha incrementado debido al aumento del número de cerdas reproductoras, y como consecuencia de lechones, y también del tiempo de permanencia de los lechones en la explotación. Además, de oficio, se otorga número de pequeño productor de residuos.

La explotación dispone de Autorización Ambiental Integrada, renovada mediante Resolución de 27 de diciembre de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 17, de 24 de enero de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2011/04977).

Por Resolución de 3 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha Autorización Ambiental Integrada por ampliación de la nave de gestación para la adaptación a la normativa de bienestar animal (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/00571).

Por Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha Autorización Ambiental Integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10464).

Por Resolución de 27 de agosto de 2015, de este Instituto, se aprueba la modificación no sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de la explotación por cambio en la orientación productiva, pasando de producción de lechones hasta 6 kg a producción de lechones hasta 20 kg con la construcción de nuevas instalaciones (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/08047).

Por Resolución de 10 de noviembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente su Autorización Ambiental Integrada, en base a la modificación no sustancial aprobada por Resolución de 27 de agosto de 2015, de este Instituto (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/10470).

Por Resolución de 4 de noviembre de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se modifica puntualmente su Autorización Ambiental Integrada por la instalación de una nueva balsa de purines con la finalidad de mejorar la capacidad y condiciones de almacenamiento del purín generado en la explotación (Número de Expediente INAGA 500202/02/2020/08852).

La modificación puntual consiste en la actualización del consumo de agua de la explotación, que se ha incrementado debido al aumento del número de cerdas reproductoras, y como consecuencia de lechones, y también del tiempo de permanencia de los lechones en la explotación.

Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Decreto 53/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control; el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 27 de diciembre de 2012, por la que se renueva la Autorización Ambiental Integrada para la explotación porcina de producción de lechones con capacidad para 1.000 plazas de reproductoras, en el polígono 42, parcela 110, del término municipal de Valderrobres (Teruel), en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1.2.1 de la Resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"1.2.1. El abastecimiento de agua de la totalidad de la explotación, se establece en 8.000 m³/año, de los que 200 m³/año se destinan a la limpieza de las naves. El agua procede de la red municipal de abastecimiento. Presenta autorización del ayuntamiento para el aumento de caudal de 5.500 m³/año a 8.000 m³/año".

Al punto 1.7. de la Resolución se le añadirá el siguiente párrafo:

"Se inscribe la explotación en el registro de pequeño productor de residuos con el número AR/PP - 14354, para los siguientes residuos: Infecciosos (Cód. 180202), Químicos (Cód. 180205), Envases contaminados (Cód. 150110), Aceites usados (Cód. 130208), Baterías (Cód. 160601), Fluorescentes (Cód. 200121) y cualquier otro pequeño residuo peligroso que se genere en la explotación, no debiendo exceder en su conjunto las 10 t/año".

Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 27 de enero de 2022.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL