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ORDEN ECD/1258/2018, de 3 de julio, por la que se resuelve la convocatoria a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar auxiliares de conversación en lengua extranjera para el curso 2018/2019.

Publicado el 30/07/2018 (Nº 146)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/550/2018, de 20 de marzo, "Boletín Oficial de Aragón", número 69, de 10 de abril de 2018, se convocó a los centros educativos sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, para solicitar auxiliares de conversación en lengua extranjera para el curso 2018/2019.

Conforme a lo establecido en el apartado decimoprimero de dicha convocatoria, con fecha de 6 de junio de 2018, el Director General de Innovación, Equidad y Participación, dictó propuesta de resolución provisional de esta convocatoria, que fue publicada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales de este Departamento, habilitando un plazo de 5 días naturales a partir del día siguientes al de la fecha de exposición pública para presentar alegaciones.

Finalizado el plazo de alegaciones, el Director General de Innovación, Equidad y Participación, con fecha 25 de junio, dictó la oportuna propuesta de resolución definitiva.

Atendiendo a lo recogido en el apartado decimosegundo, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte resolverá definitivamente la convocatoria mediante orden que contendrá el listado de propuestas admitidas priorizadas (centros o agrupaciones de centros) para la acogida de un auxiliar de conversación para el curso 2018/2019, ordenados por provincia, idioma y puntuación y el listado de centros excluidos, con expresión de la causa. La citada orden se notificará mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón". Igualmente se publicará en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

Consta en el expediente el cumplimiento de los criterios de ordenación y asignación establecidos en la convocatoria, así como el seguimiento de los trámites procedimentales contemplados en ella.

De conformidad con lo anterior, evacuados los trámites oportunos, dando cumplimiento a la convocatoria y a propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

Aprobar el listado de propuestas admitidas priorizadas (centros o agrupaciones de centros)

para la acogida de un auxiliar de conversación para el curso 2018/2019, ordenados por provincia, idioma y puntuación, que figura como anexo I.

De conformidad con lo establecido en el apartado decimosegundo.2 de la convocatoria, la inclusión de un centro en el listado de propuestas admitidas priorizadas publicadas en esta orden no garantiza la acogida final de un auxiliar, pues ésta queda condicionada al número de auxiliares de conversación que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte finalmente pueda seleccionar y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte pueda financiar.

Aprobar el listado de centros excluidos con expresión de la causa de exclusión, que figura como anexo II.

Ordenar la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, www.educaragon.org.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a esta orden mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 3 de julio de 2018.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN