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RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2019, del Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, por la que se otorga autorización administrativa previa y se aprueba el proyecto denominado "Proyecto de extensión de redes de distribución de gas natural para nuevo hospital de Alcañiz." GN-3097.

Publicado el 05/03/2020 (Nº 45)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha de registro 25 de mayo de 2019, Redexis Gas, S.A. presenta una solicitud de autorización administrativa y de aprobación de proyecto de determinadas instalaciones de distribución de gas natural canalizado, que se definen en el proyecto constructivo aportado por la empresa denominado "Proyecto de extensión de redes de distribución de gas natural para nuevo hospital en Alcañiz".

Dicha solicitud y la documentación aportada se ajustan a lo dispuesto en los artículos 76 y 83 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Segundo.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, se procedió a dar información pública a dicha solicitud, mediante anuncio de este Servicio Provincial publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 147, de 30 de julio de 2019.

Tercero.- El proyecto cuenta con el informe favorable de las Administraciones Públicas, Organismos y Empresas De Servicio Público o de interés general con bienes o servicios afectados.

Cuarto.- Durante el plazo previsto en el procedimiento de información pública no se presentaron alegaciones.

Quinto.- Con fecha 10 de septiembre de 2019, el Jefe de la Sección de Industria y Apoyo a las Pymes emite informe técnico favorable a la solicitud.

Fundamentos jurídicos

Primero.- El Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, es competente para resolver de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón y en el en el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Segundo.- La Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural establece el régimen jurídico aplicable a las actividades de regasificación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de gas natural para su suministro por canalización y establece el régimen de autorización correspondiente a todas las instalaciones vinculadas a las actividades de gas.

Tercero.- El Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas de aplicación regula el procedimiento de autorización de las instalaciones de competencia estatal. La Comunidad Autónoma de Aragón no dispone de regulación específica, por lo que lo dispuesto en dicho Real Decreto puede ser aplicado por similitud, de forma supletoria.

- Autorización administrativa, que se refiere al proyecto genérico de la instalación como documento técnico-económico que se tramitará, en su caso, conjuntamente con el estudio de impacto ambiental, y otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones.

- Aprobación del proyecto de detalle de las instalaciones o de ejecución de las mismas, que se refiere al proyecto concreto de la instalación y permite a su titular realizar la construcción o establecimiento de la misma.

- Autorización de explotación, que permite, una vez ejecutado el proyecto, poner en gas las instalaciones y proceder a su explotación comercial, y se concretará mediante el levantamiento del acta de puesta en servicio de las instalaciones.

En su artículo 81 se establece que las autorizaciones de instalaciones de distribución deberán contener, entre sus requisitos, la delimitación concreta de la zona en que debe prestar la empresa distribuidora el suministro de gas, los compromisos de expansión de la red en dicha zona y, en su caso, el plazo para la ejecución de las instalaciones previstas en el proyecto autorizado.

Cuarto.- El Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, constituye el marco regulatorio en cuanto a los requisitos técnicos y garantías de seguridad de las instalaciones.

Vistos los antecedentes de hecho, fundamentos jurídicos y demás aspectos concurrentes, este Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, resuelve:

Primero.- Otorgar a Redexis Gas, S.A. la autorización administrativa previa y la aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones denominado "Proyecto de extensión de redes de distribución de gas natural para nuevo hospital de Alcañiz".

Segundo.- En cumplimiento del artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, se establece como garantía de cumplimiento de obligaciones la cantidad de dos mil euros (2.000 €) que Redexis Gas, S.A. deberá depositar a disposición del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización y con carácter previo al inicio de las obras.

Tercero.- Establecer el siguiente condicionado a la presente autorización:

1. Redexis Gas, S.A. deberá cumplir el condicionado impuesto por las Administraciones, Organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo de acuerdo al artículo 80 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

2. La autorización administrativa previa y aprobación del proyecto, lo será a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. La disponibilidad de los bienes y derechos afectados por las instalaciones deberá obtenerse por medios válidos en derecho, no siendo objeto de esta autorización que no implica pronunciamiento alguno sobre la necesidad de ocupación de los bienes afectados, la cual, en su caso, es objeto de otro expediente. Si de dicho expediente se establecen modificaciones el proyecto técnico deberá ser ajustado a las mismas.

3. La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto y sus anexos, salvo solicitud previa y autorización expresa.

4. Una vez terminada la instalación, se solicitará autorización de explotación a este Servicio Provincial aportando la documentación establecida para su puesta en servicio según lo establecido en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, en el apartado 5 de la ITC-ICG01. Se incluirán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el colegio oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas técnicas vigentes que son de aplicación.

5. El plazo para la puesta en marcha de la instalación será de dos años contados a partir del día siguiente de notificación a Redexis Gas, S.A. pudiendo prorrogarse dicho plazo previa justificación del mismo. En caso de no realizar la puesta en marcha de la instalación en el plazo establecido por parte de este Servicio Provincial se ejecutará la garantía establecida en el punto segundo de esta Resolución.

6. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado o con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

7. Redexis Gas, S.A. previo al inicio de trabajos, dispondrá las autorizaciones de cruce o paso ante los Organismos o empresas titulares de líneas eléctricas, carreteras y cursos de agua, así como de los derechos de paso y servidumbres necesarias, entendiéndose que la presente autorización lo es sin perjuicio de terceros y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones, permisos o concesiones que por razón de la materia le sean de aplicación.

8. La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, o la declaración inexacta de los datos suministrados, o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Teruel, 11 de septiembre de 2019.- El Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, Ángel Lagunas Marqués.