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RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 21 de diciembre de 2016, en la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad final de 7200 plazas (864 UGM), ubicada en la parcela 1 del polígono 4 del término municipal de Binaced (Huesca), y promovida por Famagan, S.L. (Expte INAGA/500202/02/2017/09558).

Publicado el 19/02/2018 (Nº 35)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 20 de septiembre de 2017 el promotor, Famagan, S.L., solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en actualización de las construcciones existentes en la explotación, y cambio en el suministro eléctrico de la granja.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, de 21 de diciembre de 2016, se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad final de 7200 plazas (864 UGM), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 10, de 17 de enero de 2017. y promovida por la sociedad Famagan, S.L (Expte: INAGA/500601/02/2015/07724),

Segundo.- La modificación puntual solicitada en el presente expediente consiste en actualizando las dimensiones de las instalaciones de la explotación finalmente ejecutadas. Las naves objeto de la ampliación finalmente se han ejecutado con las siguientes dimensiones: 4 naves iguales para cebo de 60 x 14,70 m., unidas longitudinalmente formando dos edificaciones de 124 x 14,70 m. y una quinta nave independiente de 76 x 14,70. Asimismo, se ha sustituido el suministro eléctrico a partir de un grupo electrógeno de 30 kVa por línea eléctrica.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 21 de diciembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta una capacidad final de 7200 plazas (864 UGM), ubicada en la parcela 1 del polígono 4 del término municipal de Binaced (Huesca), y promovida por Famagan, S.L. en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1.Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con 6 naves iguales para cebo de dimensiones 60 x 14,70 m., adosadas de dos en dos de modo que conforman tres únicas edificaciones de dimensiones 124 x 14,70 m.; una nave para cebo de 76 x 14,70 m.; caseta para oficinas-vestuarios de 6,08 x 5,93 m.; fosa de cadáveres de 75 m³, balsa de purín de 10500 m³; deposito de agua de 900 m³ (situado en la parcela 3 del polígono 9, anexa a la explotación); vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

El punto 2.2 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.2. Consumos.

Se establece un sistema de alimentación automatizado, estimándose un consumo anual de pienso de 5.912 t/año.

El abastecimiento de agua proviene de la red de riego. Se establece un consumo anual de agua de 24.388 m³, disponiéndose en la explotación de un depósito de agua circular con una capacidad de 900 m³, suficiente para garantizar el suministro durante más de 12 días de actividad.

El suministro eléctrico procede de línea eléctrica. Se estima que el consumo energético anual de la explotación será de 302.220 kWh.

Las naves para cebo disponen de un sistema de calefacción en suelo radiante mediante dos calderas de gasoil de 45.000 kcal (53 kWt). Se establece un consumo de gasoil de 2.400 litros".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 1 de febrero de 2018.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL