Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización por cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar" de Zuera (Zaragoza).

Publicado el 16/04/2014 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente iniciado a instancia de los representantes de la actual y futura entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar", situado en la calle Antonio Machado, 18 de Zuera (Zaragoza), solicitando el cambio de titularidad ostentada por el "Arzobispado de Zaragoza" a favor de la entidad "Nuestra Señora del Pilar de Zuera, Sociedad Cooperativa".

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar", Código 50008605, con domicilio en la calle Antonio Machado, 18 de Zuera (Zaragoza), por cambio de titularidad del centro, ostentada por el "Arzobispado de Zaragoza", y que con efectos de 1 de abril de 2014, lo será a favor de la entidad "Nuestra Señora del Pilar de Zuera, Sociedad Cooperativa".

Segundo.- La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titularidad del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.- La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 26 de marzo de 2014.

El Director General

de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO