RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización por cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar" de Zuera (Zaragoza).
Examinado el expediente iniciado a instancia de los representantes de la actual y futura entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar", situado en la calle Antonio Machado, 18 de Zuera (Zaragoza), solicitando el cambio de titularidad ostentada por el "Arzobispado de Zaragoza" a favor de la entidad "Nuestra Señora del Pilar de Zuera, Sociedad Cooperativa".
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:
Primero.- Modificar la autorización del Centro Privado de Educación Infantil y Primaria "Nuestra Señora del Pilar", Código 50008605, con domicilio en la calle Antonio Machado, 18 de Zuera (Zaragoza), por cambio de titularidad del centro, ostentada por el "Arzobispado de Zaragoza", y que con efectos de 1 de abril de 2014, lo será a favor de la entidad "Nuestra Señora del Pilar de Zuera, Sociedad Cooperativa".
Segundo.- La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titularidad del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.
Tercero.- La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.
Cuarto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto-Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 26 de marzo de 2014.
El Director General
de Ordenación Académica,
MARCO A. RANDO RANDO