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ORDEN EIE/1497/2018, de 7 de septiembre, por la que se da publicidad al acuerdo del Gobierno de Aragón de 4 de septiembre de 2018, por el que se declara como Inversión de Interés Autonómico el proyecto de una planta fotovoltaica en el término municipal de Cuevas de Almudén, en la provincia de Teruel, promovido por la mercantil "Modelos Energéticos Sostenibles, S.L." (Grupo Forestalia).

Publicado el 24/09/2018 (Nº 185)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 4 de septiembre de 2018 el Acuerdo por el que se declara como Inversión de Interés Autonómico el proyecto de una planta fotovoltaica en el término municipal de Cuevas de Almudén, en la provincia de Teruel, promovido por la mercantil "Modelos Energéticos Sostenibles, S.L." (Grupo Forestalia), se procede a su publicación en anexo a la presente orden.

Zaragoza, 7 de septiembre de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

ACUERDO de 4 de septiembre de 2018 del Gobierno de Aragón por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto de una planta fotovoltaica en el término municipal de Cuevas de Almudén, en la provincia de Teruel, promovido por la mercantil "Modelos EnergÉticos Sostenibles, S.L." (Grupo Forestalia)

Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del decreto-ley, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.

La declaración de inversión de interés autonómico constituye un instrumento estratégico que, con el fin último de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan la renovación del modelo productivo de la economía aragonesa, puede ser aplicado al desarrollo de iniciativas de inversiones vinculadas a fuentes de energía renovables, favoreciendo tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Así se dispuso en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 del Gobierno de Aragón por el que se adoptaron los criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables, que fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2017. Dichos criterios interpretativos, establecidos con la finalidad de impulsar el crecimiento de la energía renovable en Aragón y de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan generar riqueza, innovación, empleo, así como favorecer la cohesión territorial, deben tenerse en cuenta en la tramitación y resolución de todos procedimientos para declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable, al amparo de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. Son los siguientes:

1. Que los proyectos se desarrollen y ejecuten en las comarcas y municipios mineros de Aragón, por resultar de especial relevancia en estas zonas la generación de actividades económicas alternativas a la minería del carbón que mitiguen las consecuencias sociales, laborales y territoriales derivadas de la crisis de este sector.

2. Que los proyectos pertenezcan a empresas que habiendo resultado adjudicatarias en la subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica y biomasa celebrada en 2016, o que resulten adjudicatarias en las futuras subastas de energías renovables convocadas por el Estado, ejecuten y desarrollen sus proyectos en el territorio de Aragón, por resultar de especial relevancia atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado.

En este contexto normativo e interpretativo debe analizarse la solicitud de declaración de inversión de interés autonómico del proyecto correspondiente a una instalación de energía solar fotovoltaica en Cuevas de Almudén (Teruel), junto con sus infraestructuras de evacuación, que fue presentada en fecha 3 de julio de 2018 por la mercantil "Modelos Energéticos Sostenibles, S.L." al amparo del primero de los criterios interpretativos expuestos. Dicho proyecto y sus características técnicas más relevantes, según la información obrante en el expediente, son las siguientes:

La citada mercantil "Modelos Energéticos Sostenibles, S.L." es la promotora del proyecto de planta fotovoltaica que ha presentado en el Servicio Provincial de Teruel solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación.

En la actualidad, conforme consta en el expediente, la titularidad integra de la sociedad promotora de dicha planta fotovoltaica es la mercantil "Desarrollos Fotovoltaicos Meridionales, S.L.", que pertenece a la matriz "Fernando Sol, S.L.", siendo el administrador único de todas las sociedades D. Fernando Samper Rivas, quien suscribe la solicitud de declaración de Inversión de Interés Autonómico del proyecto de la planta fotovoltaica "ESCUCHA I".

Según se indica por la empresa promotora, la construcción de la planta fotovoltaica Escucha I de 49,5 MW, supondrá una inversión aproximada de 40,5 millones de euros.

Asimismo, atendiendo a las estimaciones del promotor, la generación de energía eléctrica será de 95,187 GWh/año.

Además de los beneficios medioambientales que conllevará la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, un impacto positivo para la economía local y de Aragón será la creación de empleos directos e indirectos vinculados a la construcción del parque fotovoltaico y posteriormente a su fase de explotación. Esta creación de empleo ayudará a fijar población en una zona rural poco poblada que continúa disminuyendo su población desde hace décadas.

La mercantil solicitante ha estimado que durante la fase de construcción de la planta (un año) se generarán en torno a 250 empleos y aproximadamente 9 empleos estables en la fase de explotación durante los 30 años de vida útil de la planta fotovoltaica.

Dichas estimaciones se consideran muy significativas y relevantes para el desarrollo de un municipio como Cuevas de Almudén, ubicado en la Comarca de Cuencas Mineras, que tiene una superficie de 35,8 Km² y una población de 138 habitantes, así como de otros municipios próximos.

En este sentido, el promotor considera que la construcción de la planta supondrá importantes ingresos para el municipio en concepto de impuestos tales como el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, el Impuesto de Actividades Económicas y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales.

Sin perjuicio del positivo impacto socio-económico y territorial del proyecto citado, hay que resaltar que nos hallamos ante un proyecto de inversión que cumple los criterios establecidos por el Gobierno de Aragón en su acuerdo de 14 de febrero de 2017 para poder declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable.

Como se ha expuesto, la aplicación del criterio interpretativo establecido en el punto primero del acuerdo del Gobierno de Aragón de 14 de febrero de 2017 para declarar proyectos vinculados a fuentes de energía renovables como una inversión de interés autonómico en aplicación del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, hace referencia a "comarcas y municipios mineros de Aragón".

Para delimitar la extensión de los municipios aragoneses que se hallan comprendidos en estos conceptos, hay que partir de lo dispuesto en el citado acuerdo del Gobierno de Aragón, en el que se establece lo siguiente:

"Un ejemplo claro de ello es la situación actual de las zonas de la minería del carbón y su entorno existentes en Aragón. Estas zonas, que han estado vinculadas históricamente al carbón y tienen una población muy dispersa, con núcleos de población pequeños y diseminados además de una carencia de infraestructuras, requieren actuaciones que, con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón y aliviar las consecuencias sociales y regionales derivadas de la crisis de este sector, incentiven la creación de empleo y actividad económica, impulsando en ellas proyectos de inversión empresarial. Es por ello, que cualquier proyecto de instalación de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en las comarcas y municipios mineros de Aragón debe considerarse como especialmente relevante para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón, a los efectos establecidos en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre".

El acuerdo ofrece una interpretación extensiva de lo que debe entenderse por "comarcas y municipios mineros" al comprender las "zonas de la minería del carbón y su entorno existentes en Aragón (...) vinculadas históricamente al carbón", en las que, además, resulta prioritario impulsar en ellos proyectos de inversión empresarial.

Una de estas zonas es, sin duda, la delimitada por la Comarca de Cuencas Mineras de Teruel, integrada por 30 municipios, entre ellos, el municipio de Cuevas de Almudén, en el que se va a desarrollar el proyecto de instalación fotovoltaica para el que se solicita la declaración de inversión de interés autonómico. Dicho municipio figura calificado como uno de los municipios mineros de Aragón "afectados y muy afectados" por la crisis del sector de la minería, en las relaciones de municipios detalladas a afectos de la recepción de ayudas públicas gestionadas por el Ministerio de Energía, Industria y Turismo, a través del Instituto de la Reestructuración de las Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras (IRMC), y por el Instituto Aragonés de Fomento (IAF) en nuestra Comunidad.

De acuerdo con lo expuesto, habiéndose constatado que la poligonal del proyecto de parque fotovoltaico "Escucha I" se localiza en un municipio minero de Teruel, se considera que cumple el criterio interpretativo primero indicado en el acuerdo del Gobierno de Aragón de 14 de febrero de 2017. Por otra parte, dicha inversión cumple los objetivos de favorecer tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés. Cabe concluir, en consecuencia, que el proyecto reúne los requisitos para que pueda ser declarado de interés autonómico al amparo del citado Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre.

Así se ha considerado por la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que, tras analizar el proyecto, ha emitido un informe de carácter favorable a la declaración como inversión de interés autonómico del mismo.

En virtud de lo expuesto, en aplicación de los criterios interpretativos establecidos por el Gobierno de Aragón en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 y con la finalidad de cumplir el doble objetivo señalado en el mismo de continuar con el desarrollo de políticas públicas para el crecimiento de la energía de origen renovable en Aragón y de facilitar la implantación de proyectos de energías renovables en el territorio aragonés, se considera necesario proceder a declarar el proyecto de planta fotovoltaica "Escucha I" y de sus infraestructuras de evacuación, como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón.

En este sentido, hay que indicar que dicho el proyecto incide en el desarrollo y potenciación de la energía solar fotovoltaica en Aragón, uniéndose a otros proyectos ubicados en nuestra Comunidad Autónoma, que fueron también declarados como inversiones de interés autonómico por el Gobierno de Aragón.

La declaración, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización y ejecución de los proyectos tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado decreto-ley en materia de urbanismo y medio ambiente. La declaración no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones necesarias, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado decreto-ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. En el presente caso, es competente para el impulso del procedimiento correspondiente el Departamento que lo sea por razón de la materia, en el presente caso, el Departamento de Economía, Industria y Empleo (artículo 7.2).

En consecuencia, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 4 de septiembre de 2018, se adopta el siguiente

Primero.- Declarar como inversión de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto-Ley 1/2008 de 30 de octubre, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, el siguiente proyecto de inversión de central eléctrica de tecnología solar fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación promovido por la mercantil "Modelos Energéticos Sostenibles, S.L." (Grupo Forestalia):

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".