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RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2022, del Director del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, por la que se convocan exámenes para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de productos petrolíferos líquidos, categorías I, II y III.

Publicado el 24/11/2022 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan exámenes para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de productos petrolíferos líquidos, categorías I, II y III, con sujeción a las siguientes bases:

1. Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud deberá utilizarse el modelo E0107 (versión 1) según lo dispuesto en la Orden de 22 de marzo de 2013, del Consejero de Industria e Innovación ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 16 de abril de 2013) por la que se aprueba el texto refundido de los anexos I, II, III, IV y V del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón.

Dichos impresos estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en la página web del Gobierno de Aragón https://www.aragon.es/-/seguridad-industrial-profesionales-habilitados y en el Servicio de Información y Documentación Administrativa sito en el paseo María María Agustín, número 36, de Zaragoza (Edificio Pignatelli, puerta 3).

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, pudiéndose presentar en el Registro de dicho Servicio, sito en la calle San Francisco, número 1, de Teruel, planta baja, o en cualquiera de los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud de admisión a examen para la obtención de certificados de profesional habilitado se acompañará:

Fotocopia del DNI o documento identificativo oficial.

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de los derechos de examen según lo establecido en el punto 2 de la convocatoria.

Certificado, emitido según modelo normalizado de la aplicación GEF (Gestión de Entidades de Formación), acreditativo de haber superado el curso correspondiente a la especialidad y categoría a la que se concurre, impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón, según lo establecido en el punto 3 de la convocatoria.

2. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,65 euros, de acuerdo con la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021 ("Boletín Oficial de Aragón", número 258, de 31 de diciembre de 2020) que deberá realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14 Apartado 5, Orden del Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, de 27 de abril de 2022, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales ("Boletín Oficial de Aragón", número 87, de 9 de mayo de 2022). Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial o directamente a través del Portal del Gobierno de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/-/tasa-14, modelo de autoliquidación 514, apartado 5, tarifa 49.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3. Requisitos de admisión a los exámenes.

Encontrarse en edad laboral antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Acreditar haber cursado y superado un curso en la especialidad de instalaciones de productos petrolíferos líquidos de la categoría correspondiente, con la duración y contenidos establecidos en el citado Decreto 116/2003, de 3 de junio, impartido por una entidad de formación habilitada en Aragón. (50 horas teóricas y 50 prácticas para la categoría I, 100 horas teóricas y 70 prácticas para la categoría II, 75 horas teóricas y 50 prácticas para la categoría III).

4. Admisión y exclusión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes la Comisión provincial de evaluación comprobará el cumplimiento de los requisitos generales y el de conocimientos teórico-prácticos de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, sito en C/ San Francisco, número 1, de Teruel, planta baja, y en la página web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos y realizadas las modificaciones que procedan, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos señalando el lugar, fecha y hora para la realización del examen.

5. Contenido y desarrollo de los exámenes.

Cada examen consistirá en la realización de un ejercicio tipo test, que comprenderá preguntas teóricas y ejercicios prácticos, correspondiente al certificado de profesional habilitado de la especialidad de productos petrolíferos líquidos y a la categoría correspondiente (I, II ó III) pudiendo los aspirantes presentarse a todas las categorías que deseen siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos para cada una de ellas.

Los ejercicios versarán sobre los contenidos mínimos correspondientes a cada categoría que se indican en los apéndices II, III y IV de la Instrucción técnica complementaria MI-IP 05, aprobada por Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, por el que se aprueba la Instrucción técnica complementaria MI-IP05 "Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos".

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión provincial de evaluación.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos que acrediten su identidad.

No podrá disponerse de ningún tipo de documento para la realización de los ejercicios, todos los datos e información necesarios se facilitarán junto con el enunciado del examen. Sí podrá disponerse de una calculadora básica (que no permita almacenar información) para la realización de los cálculos.

6. Comisión provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D.ª María Cruz Giménez Montejo.

Suplente: D. Ángel Lagunas Marqués.

Vocales:

Titular: D. David Peleato Gistau.

Suplente: D. Alfredo Fernández Fernández.

Titular: D. Juan Francisco Mendoza Lobarte.

Suplente: Dña. Olga Torrijo Pardos.

Titular: D. Blas Pérez Daudén.

Suplente: D. Sergio Nuez Fleta.

Secretaria:

Titular: D. Francisco Navarro Muñiz.

Suplente: Dña. María Amparo Gargallo Bayo.

Los miembros de la Comisión provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes para los exámenes en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Así mismo los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión provincial de evaluación, si consideran que se dan las circunstancias para ello, según lo establecido en el artículo 24 de la citada Ley.

El Presidente de la Comisión provincial de evaluación coordinará la realización de los exámenes y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo.

El procedimiento de actuación de la Comisión provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

7. Resultados.

La valoración del examen dará lugar a la calificación de "apto" o "no apto".

La Comisión provincial de evaluación hará público el resultado del examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de Teruel, sito en calle San Francisco, número 1, planta baja, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes aptos y no aptos.

Finalizado el proceso de revisión se procederá, por el mismo procedimiento, a la publicación del listado definitivo de aspirantes aptos y no aptos.

8. Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen el examen señalado en el punto 7 anterior, podrán solicitar la expedición del certificado de profesional habilitado debiendo aportar:

Modelo E0101 (versión 7) debidamente cumplimentado, dicho modelo puede obtenerse por las vías indicadas en el punto uno.

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo de autoliquidación 514, apartado 5, tarifa 48, que puede obtenerse en la dirección https://www.aragon.es/-/tasa-14.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 60 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la mencionada Ley 5/2021, de 29 de junio, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro que estime procedente.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados si se hallan entre los supuestos tipificados en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Teruel, 20 de octubre de 2022.- El Director del Servicio Provincial de Teruel, Ángel Lagunas Marqués.