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ORDEN de 25 de noviembre de 2014, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se da publicidad a la aprobación inicial y se somete a los trámites de información pública, audiencia de los ayuntamientos pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel e informe de las autoridades competentes el programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel.

Publicado el 02/12/2014 (Nº 236)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

El programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel tiene por objeto coordinar la aprobación y gestión del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel para alcanzar objetivos de alcance supralocal acordes con los instrumentos de ordenación del territorio y los planes o programas sectoriales estatales o autonómicos que afecten a su territorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio.

El referido documento es fruto de la solicitud formulada conjuntamente por los Ayuntamientos de Alpeñes, Argente, Camañas, Cañada Vellida, Fuentes Calientes, Galve, Lidón, Orrios, Pancrudo, Perales de Alfambra, Rillo y Visiedo, que conforman la Mancomunidad del Altiplano de Teruel y de la colaboración de DG de Urbanismo.

El citado programa contiene determinaciones en orden con la identificación de los municipios que constituyen su ámbito, así como las infraestructuras, equipamientos y servicios que conforman la estructura supramunicipal y los objetivos del alcance supramunicipal. Por otra parte se establecen criterios de coordinación general para el planeamiento urbanístico, para el uso del territorio y para la clasificación del suelo o fijación de densidades y aprovechamientos en áreas determinadas, así como criterios de sostenibilidad ambiental.

El programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel se estructura en una parte común que se corresponde con la totalidad del territorio de la mancomunidad y doce anejos independientes, una por cada uno de los términos municipales que la integran. La estructura adoptada permite por una parte obtener una adecuada visión de conjunto y verificar la existencia de determinaciones comunes para los distintos municipios que integran la mancomunidad y por ello, se estructura en unas normas urbanísticas que son comunes para el conjunto de la Mancomunidad y por otra parte, permite también que cada uno de los municipios pueda disponer de la documentación técnica adecuada para tramitar el instrumento de ordenación específicamente municipal, con el grado de definición correspondiente a la delimitación de suelo urbano.

De conformidad con los trámites establecidos en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio y demás normativa de aplicación, la aprobación inicial del programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel corresponde al Consejero competente en materia de urbanismo. Una vez aprobado inicialmente debe someterse a los trámites de audiencia de los municipios afectados, información pública, informes que resulten preceptivos conforme a la normativa sectorial aplicable, así como a los demás informes cuya evacuación se considere conveniente.

Finalmente, será competencia del Gobierno de Aragón la aprobación del programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel.

Vistos los informes, técnicos y jurídicos, y junto con los antecedentes mencionados, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común, el Decreto 331/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, y demás normativa aplicable, procede dictar la siguiente resolución:

Primero.- Aprobar inicialmente el programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel.

Segundo.- Dar traslado a los Ayuntamientos de Alpeñes, Argente, Camañas, Cañada Vellida, Fuentes Calientes, Galve, Lidón, Orrios, Pancrudo, Perales de Alfambra, Rillo y Visiedo de un ejemplar de la documentación que integra el programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel con objeto de que, en el plazo de tres meses, realicen las alegaciones que consideren oportunas, y en su caso adopten acuerdo plenario en el que soliciten que tengan carácter vinculante las normas urbanísticas y las determinaciones de las delimitaciones de suelo urbano contenidas en este programa, con el objeto de que cada municipio pueda adoptar el acuerdo de aprobación inicial de la correspondiente delimitación de suelo urbano.

Tercero.- Solicitar informe, conforme a la normativa que en cada caso resulte de aplicación, a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Dirección General de Interior del Gobierno de Aragón, al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, al Instituto Aragonés del Agua, a la Confederación Hidrográfica del Ebro y Júcar, a la Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, así como al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia.

Cuarto.- Someter la documentación que integra el programa de coordinación del planeamiento urbanístico de los municipios pertenecientes a la Mancomunidad del Altiplano de Teruel al trámite de información pública durante un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón". Esta documentación podrá examinarse en las dependencias de la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, sita en la avenida Pablo Ruiz Picasso, número 63 A, 2.º J, en las dependencias de la Mancomunidad del Altiplano sita en c/ La Plaza, Argente y en los ayuntamientos que componen la citada mancomunidad.

Asimismo podrán consultarse en la página web de la Dirección General de Urbanismo

http://www.aragon.es/Coordinacion_Urbanistica_Altiplano_Teruel

Zaragoza, 25 de noviembre de 2014.- El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, Rafael Fernández de Alarcón Herrero.