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ORDEN DRS/1072/2017, de 28 de junio, por la que se aprueba el amojonamiento total del monte de utilidad pública número 390 de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1079 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Valdelinares", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Talamantes.

Publicado el 31/07/2017 (Nº 145)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente AMJ 1/17, de amojonamiento total del monte de utilidad pública (MUP) número 390 de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1079 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Valdelinares", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Talamantes (si bien invade también el término municipal de Añón de Moncayo), resultan de él los siguientes

Antecedentes

Primero.- Mediante Orden DRS/151/2016, de 15 de febrero, del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad ("Boletín Oficial de Aragón", número 47, de 9 de marzo), se aprobó el deslinde total administrativo del monte de utilidad pública número 390 de los de la provincia de Zaragoza, antes referenciado.

Segundo.- Mediante nota interna de 11 de enero de 2017, la Dirección del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza remitió a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca el proyecto de amojonamiento definitivo del monte antes citado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, en el artículo 138 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y en el apartado Sexto de la meritada Orden de 15 de febrero de 2016.

Tercero.- Mediante Resolución de 17 de enero de 2017, la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca aprobó el proyecto de amojonamiento y autorizó al Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza a nombrar Ingeniero operador y a publicar los anuncios de inicio de las operaciones correspondientes.

Cuarto.- El anuncio de inicio de las operaciones de amojonamiento fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 25, de 7 de febrero de 2017, y en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 28, del día 4 anterior, siendo igualmente notificado, mediante oficios de 24 de enero de 2017, al Ayuntamiento de Talamantes (por hallarse el monte objeto del expediente, en su mayor parte, en su término municipal, y resultar interesado en el replanteo de la línea común de los términos municipales de Talamantes y de Añón de Moncayo) y al Ayuntamiento de Añón de Moncayo (en calidad de propietario del colindante monte de utilidad pública número 239 de los de esta provincia, denominado "Hoya y Horcajuelo"). En el anuncio se disponía que el comienzo de las operaciones tendría lugar el día 21 de marzo de 2017 a las 10:00 horas, se fijaba como lugar de reunión el Ayuntamiento de Talamantes, y se designaba para la práctica de las operaciones al Ingeniero de Montes Don Ignacio Pérez-Soba Diez del Corral.

Quinto.- El 21 de marzo de 2017 comenzaron las operaciones de amojonamiento, de acuerdo con lo anunciado. Al no poder concluirse las operaciones dicho día, continuaron durante el día 31 de marzo siguiente, fecha en que quedaron concluidas las operaciones y amojonado de manera definitiva el perímetro exterior del monte objeto del expediente (ya que no se reconoció ningún enclavado en el deslinde). De tales operaciones se levantaron las correspondientes actas diarias, que fueron suscritas por todos los asistentes sin protesta alguna, y en las que se expresa el itinerario seguido para la colocación de los hitos definitivos que delimitan el monte, de acuerdo con el plano incluido en el proyecto aprobado por la Superioridad.

Sexto.- Con fecha 3 de abril de 2017 se emitió informe por el Ingeniero operador, en el que da cuenta de la tramitación seguida y de las operaciones efectuadas, concluyendo con la propuesta de aprobación del amojonamiento.

Séptimo.- Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 147 del Reglamento de Montes y en el artículo 49.4 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, antes citada, se procedió a dar publicidad al período de audiencia y vista del expediente mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", númeo 75, de 20 de abril de 2017, en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", número 87, del día 18 anterior, y en el "Boletín Oficial del Estado", número 86, suplemento N, del día 11 anterior. También fue remitido dicho anuncio a los Ayuntamientos de Talamantes y de Añón de Moncayo, mediante sendos oficios de 4 de abril de 2017, para que fuera expuesto en sus respectivos tablones de anuncios, durante un plazo de veinte días hábiles.

Octavo.- Igualmente, mediante oficios de fecha 4 de abril de 2017 se notificó la apertura del período de audiencia y vista a los Ayuntamientos de Talamantes y de Añón de Moncayo, así como a las Comarcas del Campo de Borja y de Tarazona y el Moncayo. La notificación a las comarcas correspondientes a los dos términos municipales en los que se ubica el monte se hizo en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.4 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, en relación con el artículo 40.1 de la misma Ley. A todos los particulares que se identificaron como interesados y tuvieran domicilio conocido se les notificó personalmente dicho anuncio mediante oficios de fecha 20 de abril de 2017.

Noveno.- Durante el período de audiencia y vista del expediente no se manifestó discrepancia ni protesta alguna acerca de las operaciones realizadas, según acredita la certificación de la Secretaria del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, de fecha 5 de junio de 2017, obrante en el expediente. Consta también en él la certificación de fecha 15 de mayo de 2017, del secretario del Ayuntamiento de Talamantes con el visto bueno del alcalde, que acredita la exposición del anuncio en el tablón municipal durante el plazo de veinte días hábiles, sin que se presentaran en ese Ayuntamiento reclamaciones sobre el expediente. Igualmente obra un oficio del alcalde de Añón de Moncayo, de fecha de salida de 9 de mayo de 2017, que remite al Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza el anuncio diligenciado por el Secretario municipal, afirmando su exposición durante el mismo plazo antes citado.

Décimo.- Con fecha 5 de junio de 2017, el Ingeniero Jefe de la Unidad de Gestión Forestal del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza emite Informe-propuesta favorable a la aprobación del amojonamiento. Con esa misma fecha, la Dirección del Servicio Provincial, de acuerdo con el artículo 148.1 del Reglamento de Montes, manifiesta en nota interna su conformidad con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por el Ingeniero de Montes operador del amojonamiento.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- En la tramitación del expediente se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al amojonamiento de montes públicos, en particular a lo que disponen el artículo 49 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, el artículo 21.9 de la Ley 43/2003, de 21 noviembre, de Montes, y los artículos 138 a 148 del vigente Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962. Se han publicado los reglamentarios anuncios en el "Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza", en el "Boletín Oficial de Aragón", y, si procedía, en el "Boletín Oficial del Estado", y se ha notificado debidamente a las Administraciones interesadas y a los particulares que resultaran interesados y tuvieran domicilio conocido.

Segundo.- Durante la práctica del amojonamiento no se presentaron alegaciones, según consta en las actas suscritas los días 21 y 31 de marzo de 2017.

Tercero.- Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, modificada por la Ley 3/2014, de 29 de mayo; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con las propuestas de la Dirección del Servicio Provincial de este Departamento en Zaragoza y del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, resuelvo:

Primero.- Aprobar el amojonamiento total del monte de utilidad pública número 390 de los de la provincia de Zaragoza, y número Z-1079 del elenco de montes propios de la Administración Forestal, denominado "Valdelinares", propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y sito principalmente en el término municipal de Talamantes, de acuerdo con las actas y el plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la numeración, descripción, cabidas y límites que constan en la Orden de 15 de febrero de 2016, del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, aprobatoria del deslinde total administrativo del monte.

Segundo.- Que se envíe al Registro de la Propiedad certificación por duplicado de la presente orden, para hacerla constar por nota al margen de la inscripción de dominio del monte, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 148.2 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 28 de junio de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad,

JOAQUÍN OLONA BLASCO