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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca, relativo al procedimiento Juicio Verbal número 77/2012.

Publicado el 16/05/2013 (Nº 94)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE JACA

Texto completo:

D.ª Adelaida Pérez-Navarro Romero, Secretario Judicial, del Juzgado de Primera Instancia número uno de Jaca, por el presente,

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En el presente procedimiento de Juicio Verbal número 77/2012 seguido a instancia de Entidad Urbanística de Conservación Urbanización Formigal frente a Thed Goes, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

"Sentencia N.º 184/2012

En Jaca, a catorce de junio de dos mil doce.

Vistos por D. José María Rives García, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Jaca y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el número 77/2012, a instancia de la Entidad Urbanística de Conservación de la Urbanización Formigal, representada por la Procuradora de los Tribunales D.ª María Cruz Labarta Fanlo y asistida del Letrado D. Juan José Brun Aragüés, contra Thed Goes S.L., declarado en situación de rebeldía procesal, procede dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales D.ª María Cruz Labarta Fanlo en nombre y representación de la Entidad Urbanística de Conservación de la Urbanización Formigal contra Thed Goes, S.L., debo condenar y condeno al referido demandado al pago de tres mil ochocientos cuarenta y cinco euros (3.845 euros), así como al pago de los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda y los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la sentencia.

Se condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, ya que contra ella cabe recurso de apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Huesca, a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días hábiles desde su notificación.

Líbrese certificación literal de la presente resolución que se unirá a los presentes autos, quedando el original en el libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y encontrándose dicho demandado rebelde, Thed Goes, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación de la sentencia en forma al mismo.

Jaca, 26 de noviembre de 2012.- La Secretario Judicial.