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ORDEN EPE/157/2022, de 17 de febrero, por la que se acuerda redistribuir el crédito previsto en la Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa Investigo", de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 01/03/2022 (Nº 41)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO

Texto completo:

Mediante Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre, se convocaron para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa Investigo", de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En dicha convocatoria, se asignó un crédito por un importe de cinco millones cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco euros (5.439.475 €) financiado con cargo a los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación -Next Generation EU-, a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

El apartado tercero de la citada Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre, distribuye el citado crédito con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo:

Por otro lado, la citada Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre, en el número 1.i) de su apartado quinto, incluye, entre los posibles beneficiarios, a las empresas pertenecientes al sector privado que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación. Es por ello que resulta preciso redistribuir el crédito previsto y habilitar una nueva aplicación presupuestaria que permita financiar las subvenciones otorgadas a dichas empresas.

El artículo 58.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que, cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución de la concesión. En los mismos términos se recoge en el número 3 del apartado tercero de la citada Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre.

En virtud de lo anterior y de conformidad con las competencias que tengo atribuidas por el artículo 16.1 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y por el Decreto 29/2020, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Economía, Planificación y Empleo, resuelvo:

Primero.- Modificar la distribución del crédito de cinco millones cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco euros (5.439.475 €) prevista inicialmente en la Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre, y acordar la siguiente distribución presupuestaria:

Segundo.- Ordenar la publicación de esta modificación en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículo 64.3 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón; o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 17 de febrero de 2022.

La Consejera de Economía, Planificación y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL