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ORDEN PRI/159/2020, de 10 de febrero, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), para el desarrollo de acciones de formación para el empleo.

Publicado el 05/03/2020 (Nº 45)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2020/6/0014, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 25 de septiembre de 2019, por la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo y la Vicepresidenta del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 10 de febrero de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA (ZARAGOZA DINÁMICA), PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO

En Zaragoza, a 25 de septiembre de 2019.

De una parte, Dña. Ana Vázquez Beltrán, Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, nombrada por Decreto 231/2015, de 1 de septiembre, del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 170, de 2 de septiembre de 2015), en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 24 de septiembre de 2019.

De otra parte, Dña. Carmen Herrate Cajal, en calidad de Vicepresidenta del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), designada por Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Zaragoza, de fecha 9 de julio de 2019, en nombre y representación de dicha entidad.

Actuando ambas en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad de obligarse en los términos de este documento,

1. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, desarrollada a su vez por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, determina en su artículo 8.1 que se entiende por iniciativa de formación cada una de las modalidades de formación profesional para el empleo dirigidas a dar respuesta inmediata a las distintas necesidades individuales y del sistema productivo. En concreto, la oferta formativa para personas trabajadoras desempleadas tiene por objeto ofrecerles una formación ajustada a las necesidades formativas individuales y del sistema productivo, que les permita adquirir las competencias requeridas en el mercado de trabajo y mejorar su empleabilidad.

El artículo 14.2.c) de la citada Ley, establece que podrán impartir formación profesional para el empleo las entidades de formación, públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente registro. Las entidades de formación que impartan certificados de profesionalidad, deberán reunir los requisitos especificados en los reales decretos que regulan los certificados de profesionalidad correspondientes a la formación que se imparta en ellos, sin perjuicio de los requisitos específicos que podrán establecer las Administraciones públicas en el ámbito de sus competencias.

2. La Ley 9/1999, de 9 de abril, de creación del Instituto Aragonés de Empleo, en su artículo 2, encomienda a dicho Instituto, funciones en materia de empleo, formación e intermediación en el mercado de trabajo que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón y establece entre sus funciones en relación con la planificación, gestión y control de las políticas de empleo, el desarrollo de programas de apoyo y fomento del empleo y la gestión de conciertos y convenios de colaboración.

3. El Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial es un organismo autónomo, creado por el Ayuntamiento de Zaragoza, para impulsar la política municipal de empleo y fomento empresarial y cuyos objetivos en el ámbito de la Formación y el Empleo son formar y asesorar a las personas trabajadoras desempleadas para mejorar sus condiciones de acceso al mercado laboral a través de la orientación laboral, formación, inserción laboral e integración, objetivos coincidentes con los del Instituto Aragonés de Empleo.

4. El Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial dispone para la realización de las acciones formativas de centros acreditados en el Registro de centros colaboradores del Instituto Aragonés de Empleo: Centro Salvador Allende, Centro Río Gállego, Centro de Empleo Oliver y Centro Casco Histórico.

5. Desde el año 2001 el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial han venido colaborando estrechamente en el desarrollo de programas de formación profesional para el empleo y consideran conveniente establecer un mecanismo que canalice la mutua colaboración y permita un mejor aprovechamiento de los recursos dependientes de cada una de ellas, destinados a mejorar la cualificación profesional de los ciudadanos.

6. El programa de Formación para el Empleo a desarrollar por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial en el marco de este convenio, incluye la impartición de 47 acciones formativas y la participación de 807 alumnos y alumnas, que realizarán también acciones de orientación y búsqueda de empleo.

7. El Instituto Aragonés de Empleo, para desarrollar este programa considera necesario la firma de un convenio de colaboración con el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial, dado el interés social y económico de este programa de Formación para el Empleo que permitirá mejorar el acceso al mercado de trabajo y la capacitación profesional de las personas trabajadoras desempleadas y la importancia de que dos Administraciones gestionen un mismo programa, evitando duplicidades y complementando sus actuaciones.

Por todo ello y en virtud de la representación indicada para cada una de las partes, los firmantes se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio, y

Primero.- Objeto.

Este convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica), para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, con el fin de ofrecerles una formación que les capacite para el desarrollo cualificado de las profesiones y el acceso al empleo.

Las acciones formativas a desarrollar son las relacionadas en anexo.

Segundo.- Ámbito de aplicación.

Las acciones formativas objeto del presente convenio se desarrollarán en los centros inscritos y/o acreditados del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica) en la ciudad de Zaragoza.

Tercero.- Compromisos de las partes.

Para el desarrollo de las acciones formativas objeto de este convenio se procederá con arreglo a los siguientes compromisos:

1. Por el Instituto Aragonés de Empleo:

- La realización por la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Empleo de Zaragoza del seguimiento y control de las acciones formativas a desarrollar en el marco de este convenio.

- Expedición de los diplomas o certificados acreditativos de haber superado, si procede, el correspondiente proceso formativo.

2. Por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza:

- La financiación de las acciones formativas del Plan de formación, aportando la totalidad de medios humanos y materiales necesarios para ello. Si durante la vigencia de este convenio, alguna de las acciones formativas incluidas en su anexo fueran objeto de subvención por parte de Instituto Aragonés de Empleo, en cualquiera de sus convocatorias de formación para el empleo, por resultar beneficiario en ellas el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, dichas acciones formativas podrán excluirse de este convenio, siempre y cuando no hayan iniciado.

- Seguro de accidentes de los alumnos y alumnas participantes en las acciones formativas.

- Destacar en cuantas actividades se realicen para la difusión del plan de formación, la participación del Gobierno de Aragón y del Instituto Aragonés de Empleo, así como incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas.

- Cumplir con los procedimientos de notificación y conexión telemática con la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Empleo de Zaragoza, establecidos para la gestión de las acciones formativas del Plan de Formación para el Empleo de Aragón.

- Colaborar en la gestión de las subvenciones en concepto de becas y/o ayudas de las personas desempleadas que participen en las acciones formativas aprobadas.

- La prestación de servicios de orientación profesional y apoyo en la búsqueda de empleo para los alumnos y alumnas participantes.

Cuarto.- Selección de alumnado y prácticas profesionales no laborales en empresas.

La selección se realizará de forma conjunta entre el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica). Las personas seleccionadas para participar en los cursos, tendrán derecho a percibir las becas y/o ayudas que se establezcan mediante Orden de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, si cumplen las condiciones establecidas en los artículos 20 a 23 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, que desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que a su vez desarrolla la citada Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación

Las personas participantes como alumnos y alumnas en las acciones formativas objeto de este convenio, podrán realizar prácticas profesionales no laborales en empresas en el marco del programa gestionado por el Instituto Aragonés de Empleo y los agentes sociales más representativos en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- Comisión de seguimiento.

Para la difusión, ejecución y seguimiento de este convenio, así como la Resolución de las interpretaciones y conflictos que puedan surgir, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por los siguientes miembros:

Por el Instituto Aragonés de Empleo:

- El Jefe de Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo

- El Director Provincial del Instituto Aragonés de Empleo de Zaragoza

- La Jefa de la Sección de Planificación del Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo

Por el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica):

- La Gerente del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza

- El Jefe de Sección de Formación para el Empleo.

- El Ayudante de Dirección.

Actuarán como Presidente de la Comisión el Jefe de Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo y como secretaria de la Comisión la Jefa de la Sección de Planificación del Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo.

La Comisión de Seguimiento se reunirá, por lo menos, una vez al año y extraordinariamente, cuando lo solicite cualquiera de las partes. A las reuniones podrán incorporarse los técnicos que las partes consideren oportuno.

Serán funciones de esta Comisión:

- Analizar los resultados obtenidos en la ejecución de todas las acciones programadas y las evaluaciones que de estas acciones se hayan realizado.

- Cualquiera otra relacionada con los temas del convenio.

Sexto.- Publicidad.

En las actuaciones de información y publicidad derivadas de este convenio, el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza cuando deba hacer uso del identificador del Gobierno de Aragón y del Instituto Aragonés de Empleo, deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se recoge en el artículo 4.1 del Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Séptimo.- Modificación en las actuaciones.

Se faculta a la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo para autorizar mediante Resolución cualquier modificación de las actuaciones objeto de este convenio.

Octavo.- Vigencia.

El presente convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá como duración el tiempo de ejecución de las actuaciones formativas, debiendo de finalizar antes del día 31 de julio de 2020, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes, mediante adenda al mismo.

Las acciones formativas incluidas en el anexo de este convenio, podrán iniciarse desde el 24 de septiembre de 2019.

Noveno.- Causas de Resolución.

El presente convenio de colaboración se podrá extinguir por los siguientes motivos:

1. Mutuo acuerdo expreso entre las partes.

2. Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin propuesto.

3. El incumplimiento grave acreditado de alguna de las partes.

4. Cualquier otra causa de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En los supuestos de extinción, se comunicará ésta por escrito a la otra parte con una antelación mínima de un mes.

Décimo.- Confidencialidad.

Cuanta información sea obtenida y desarrollada por las partes a las resultas del desarrollo, cumplimiento y ejecución de este convenio, se utilizará exclusivamente para la prestación de los servicios encomendados, tendiendo carácter confidencial, de forma que no podrá ser revelada a persona física o jurídica alguna ni por las partes otorgantes ni por el personal o los empleados a su servicio.

Ese deber de mantener la confidencialidad de la información a la que se haya tenido acceso en las condiciones pactadas en este convenio, constituye una obligación que extenderá sus efectos en un momento posterior a su extinción, cualquiera que sea su causa.

Undécimo.- Protección de datos de carácter personal.

El Instituto Aragonés de Empleo del Gobierno de Aragón y el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza, observarán todas las previsiones legales que se contienen en la normativa vigente o que en el futuro puedan promulgarse en materia de protección de datos de carácter personal.

Duodécimo.- Naturaleza y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, careciendo de carácter contractual por lo que queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con su artículo 6.2. Las partes firmantes del mismo colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado, y se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en su interpretación a través de la Comisión mixta de seguimiento. De persistir alguna controversia, deberá ser resuelta por la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Las partes, una vez leído, el presente convenio lo firman en prueba de conformidad, en la fecha y lugar al principio indicados.