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ORDEN de 16 de abril de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se establecen los costes de las plazas contratadas o concertadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales para el año 2013.

Publicado el 16/05/2013 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, contempla diferentes formas de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, posibilitando en su artículo 21.1 que la provisión de servicios pueda realizarse mediante las diferentes fórmulas de gestión indirecta previstas en el ordenamiento jurídico, a través de entidades privadas de carácter social o mercantil.

El artículo 26 de dicha Ley dispone que anualmente se fijarán los importes de los módulos económicos correspondientes a cada prestación susceptible de concertar o contratar con entidades privadas.

Dichos importes se han venido estableciendo, con carácter anual, mediante orden del Departamento competente en materia de servicios sociales, conforme a lo previsto en la Orden de 19 de marzo de 1998, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, por la que se regula la acción concertada del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en materia de reserva y ocupación de plazas. Derogada la citada disposición por la reciente Orden de 4 de junio de 2012, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, sobre convenios de colaboración con entidades locales en materia de atención social especializada, el artículo quinto de esta orden, en su apartado segundo, prevé que el Departamento competente en materia de servicios sociales establezca anualmente, mediante orden, los costes de plazas concertadas o contratadas, lo que viene a hacerse con la aprobación de la presente disposición general.

De conformidad con dichas disposiciones, anualmente y mediante orden del Departamento competente se han de actualizar los costes máximos de los distintos tipos de plazas concertadas o contratadas.

Considerando la difícil situación que atraviesa la economía española, y a la vista del incremento que el pasado año experimentaron los precios de las plazas concertadas, procede para este año mantener los precios del año anterior.

En su virtud, conforme a lo previsto en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, y demás disposiciones normativas de aplicación, y en uso de la habilitación normativa aprobada por Decreto 93/2012, de 21 de marzo, del Gobierno de Aragón, dispongo:

Artículo único. Determinación del coste de las plazas contratadas por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Con efectos de 1 de enero de 2013, los costes de los distintos tipos de plazas en Centros objeto de contratación o concertación por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, así como la ejecución de los programas de intervención individualizada del Programa de Atención Temprana que regula la Orden de 20 de enero de 2003 del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales (actualmente Sanidad, Bienestar Social y Familia), serán los siguientes, sin incluir el IVA que, en su caso, resulte aplicable:

A. Precio Plaza/Módulo concertado:

1. En Residencias.

a) Para personas mayores:

- Plazas para personas válidas: 26,07 euros/día

- Plazas para personas asistidas/dependientes: 48,81 euros/día

- Plazas para personas asistidas/dependientes con alteraciones graves de conducta: 75,84 euros/día

b) Para personas con discapacidad intelectual:

- Plazas para personas con grave discapacidad intelectual con Centro de Día: 81,62 euros/día

- Plazas para personas con discapacidad intelectual y alteraciones graves de conducta con Centro de Día o Centro Ocupacional: 81,62 euros/día

- Plazas para personas con discapacidad intelectual severa, media y ligera: 45,84 euros/día

- Plazas para personas con discapacidad intelectual severa, media y ligera en Centro Ocupacional: 67,47 euros/día

c) Para personas con discapacidad física:

- Plazas para personas con discapacidad física gravemente afectadas: 81,62 euros/día

d) Para personas con discapacidad mixta:

- Plazas para personas con parálisis cerebral, afectadas de deficiencia múltiple y discapacidad mixta, gravemente afectadas: 119,72 euros/día

e) Para personas en riesgo de exclusión:

- Plazas para personas que se encuentren en riesgo de exclusión por sus circunstancias sociales: 81,62 euros/día

Los costes indicados se refieren a plazas ocupadas. El coste/día de la plaza en reserva, en los casos en que proceda, se fija en el 50% del coste de la plaza ocupada en cada modalidad.

2. En Centros de Día.

a) Para personas mayores:

- Plazas para personas asistidas/dependientes: 26,07 euros/día

b) Para personas con discapacidad:

- Plazas para personas con grave discapacidad intelectual: 39,62 euros/día

- Plazas para personas con grave discapacidad física: 39,09 euros/día

Los costes indicados se refieren a plazas ocupadas. El coste/día de la plaza en reserva, en los casos en que proceda, se fija en el 50% del coste de la plaza ocupada en cada modalidad.

3. En Centros Ocupacionales para personas con discapacidad.

- Plazas para personas con discapacidad media y ligera: 25,04 euros/día

El coste indicado se refiere a plaza ocupada. El coste/día de la plaza en reserva, en los casos en que proceda, se fija en el 50% del coste de la plaza ocupada.

4. Programa de Atención Temprana.

Módulo A. Atención intensiva: Mínimo de 4 horas/semana, 636,73 euros/mes o 730,66 euros/mes cuando sea precisa atención domiciliaria.

Módulo B. Atención regular: Mínimo de 2 horas/semana, 339,46 euros/mes

Módulo C. Atención de seguimiento: Mínimo de 2 horas/mes, 72,36 euros/mes

B. Actualización precio plaza/módulo de los conciertos/contratos en vigor:

El precio plaza/módulo de los conciertos o contratos en vigor o que fueran objeto de prórroga durante 2013 será el mismo que, en cada tipo de plaza/módulo, tuvieran reconocido para 2012.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 16 de abril de 2013.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social

y Familia, Ricardo OlivÁn Bellosta