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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Teruel, relativo a divorcio contencioso 175/2013.

Publicado el 15/10/2013 (Nº 204)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE TERUEL

Texto completo:

En el presente procedimiento divorcio contencioso 175/2013 seguido a instancia de Mouna Lahmame frente a Naveed Asghar se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda sobre divorcio formulada por la representación procesal de Dña. Mouna Lamame contra su esposo D. Naveed Asghar debo declarar y declaro haber lugar a ella, acordando por esta sentencia conceder el divorcio del matrimonio formado por D. Naveed Asghar y Dña. Mouna Lamame, en fecha 4 de diciembre del año 2011.

Igualmente, se reputa como medidas definitivas que deben regir en el presente divorcio, las siguientes:

1.º La autoridad familiar será compartida entre ambos cónyuges, atribuyéndose la guarda y custodia de la hija común menor de edad, Yasmine Asghar Lahmame, a la madre Dña. Mouna Lamame.

2.º En cuanto al régimen de visitas a que tiene derecho el progenitor no custodio, eso es el padre, D. Naveed Asghar, no ha lugar al mismo.

3.º Respecto a la pensión de alimentos a favor de la hija común, Yasmine Asghar Lahmame, resultará de cien (100) euros mensuales, que el padre, D. Naveed Asghar, deberá abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente a nombre de la demandada que a tal efecto sea facilitada a este Juzgado.

Que dicha cantidad se actualizará anualmente cada uno de enero en proporción a las variaciones que experimente el I.P.C. (Índice de Precios al Consumo) publicadas por el I.N.E. (Instituto Nacional de Estadística).

Respecto de los gastos extraordinarios, los mismos serán abonados por mitades, correspondiendo el pago a cada uno de los progenitores previa consulta al respecto, si ello fuere posible.

4.º Que no ha lugar a litis expensas.

Todo ello, sin hacer expresa imposición de costas procesales.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que frente a esta resolución cabe interponer los recursos previstos legalmente; informándoles sobre la necesidad de constituir depósito para recurrir mediante ingreso de los importes en cuenta de consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la Disposición Adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo acuerda, manda y firma, D. Jerónimo Cano de Lasala, Magistrado - Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de los de Teruel y su partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, Naveed Asghar, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Teruel, 2 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial, María Jesús Jimeno del Valle.