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ORDEN HAP/41/2020, de 27 de enero, por la que se publica el Plan anual de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2020.

Publicado el 06/02/2020 (Nº 25)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

El artículo 46 del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, encomienda al Instituto Aragonés de Administración Pública las funciones de formación, actualización y perfeccionamiento del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; por su parte, el artículo 240 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, en su apartado 1, contempla la colaboración del Instituto Aragonés de Administración Pública con las entidades locales en la formación y perfeccionamiento de su personal.

El Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública atribuye en su artículo 25.1.b) al Instituto Aragonés de Administración Pública (IAAP) la gestión de la formación del personal vinculado a la Comunidad Autónoma de Aragón, a excepción de la que sea específica del personal docente y estatutario y el de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Además, tiene atribuida la cooperación en la formación del personal de las Entidades Locales. Todo ello bajo la superior dirección del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Las acciones formativas derivadas del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones Públicas de 21 de septiembre de 2005, cuya última modificación ha sido aprobada por Acuerdo de la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, de 9 de marzo de 2018, publicado por Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 21 de marzo de 2018, en el "Boletín Oficial del Estado", número 74, de 26 de marzo de 2018, tienen como entidad promotora al Instituto Aragonés de Administración Pública en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se gestionarán por cada uno de los órganos con competencias de formación en el ámbito sectorial correspondiente.

La Comisión de Formación para el Empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de naturaleza paritaria, compuesta por la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma y las organizaciones sindicales, en su reunión de 18 de diciembre de 2019, aprobó por unanimidad las actividades de formación para el año 2020 derivadas del AFEDAP. Estas acciones se ajustan a la dotación finalista destinada a su financiación en los Presupuestos Generales del Estado para el citado ejercicio, que será transferida por el Instituto Nacional de Administración Pública a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las acciones formativas incluidas en el Plan anual de formación son un instrumento básico para la mejora y modernización de los servicios públicos. El Plan se concibe como un instrumento único, independientemente de su financiación, organización y de las competencias de los distintos órganos sectoriales en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Plan anual de formación se ha elaborado, respecto del sector de Administración General, siguiendo los procesos de detección de necesidades formativas y de elaboración del plan de formación por el Instituto Aragonés de Administración Pública y, en relación con los demás ámbitos sectoriales, según los programas propuestos por sus órganos gestores de formación.

En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Objeto.

El objeto de esta Orden es la publicación del Plan anual de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2020, con los programas que lo integran.

El Plan anual de Formación es una realidad dinámica que exige respuestas flexibles y adecuadas al objeto de adecuar las acciones formativas a circunstancias no previstas manteniendo la estructura general de la planificación. En este sentido, el Plan anual de formación podrá incorporar aquellas acciones o ediciones que se aprueben por la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, que sean adecuadas con las líneas del mismo y que no supongan una alteración sustancial.

Contenido del Plan anual de formación y ámbito de aplicación.

1. El Plan de formación del año 2020 recoge las acciones formativas relacionadas en los anexos I a V, según programas formativos de los siguientes ámbitos de aplicación:

I: Personal incluido en el ámbito sectorial de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, personal de los servicios centrales del Servicio Aragonés de Salud, personal no docente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y personal de las Entidades de Derecho Público no acogidas a otro régimen de financiación de formación y vinculadas a Departamentos y Organismos del ámbito sectorial de Administración General.

II: Personal, sanitario o no, del Servicio Aragonés de Salud, destinado en instituciones y centros sanitarios.

III: Personal docente no universitario, dependiente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

IV: Personal de los Cuerpos Nacionales de la Administración de Justicia adscrito a la Comunidad Autónoma de Aragón.

V: Programa de formación con participación de personal de entidades locales de Aragón y de otras administraciones públicas.

2. En el Plan de formación quedan incluidas las acciones de formación para el empleo propias del personal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza, cuyos contenidos serán objeto de publicidad en su ámbito universitario.

Programa de formación de gestión directa por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

1. El programa de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2020, recogido en el anexo I, está destinado al personal que se especifica en el apartado segundo para el mencionado anexo, y sus actividades se relacionan agrupadas en las áreas formativas siguientes:

- Área de dirección y gestión pública.

- Área económico-presupuestaria.

- Área de recursos humanos.

- Área jurídico-procedimental.

- Área de habilidades para el trabajo.

- Área de tecnologías de la información y la comunicación.

- Área de idiomas-lenguas.

- Área de formación sectorial.

El Instituto Aragonés de Administración Pública en el desarrollo del Programa de formación promoverá la creación de contenidos de teleformación y autoformación para las plataformas de aprendizaje.

2. Este programa contempla la consecución de objetivos de carácter transversal tendentes a la promoción y el desarrollo de los siguientes aspectos:

- Igualdad de género.

- Desarrollo directivo para puestos de Jefaturas de Servicio.

- Desarrollo personal en el contexto de la Administración Pública.

- Objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.

3. Las actividades formativas de los anexos I y V, se organizan directamente por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

4. Se faculta a la Directora del Instituto Aragonés de Administración Publica a definir las posibles subáreas y grupos de materias de las áreas formativas.

Programa de formación de gestión directa por el Servicio Aragonés de Salud.

El programa de formación recogido en el anexo II, del personal, sanitario o no, del Servicio Aragonés de Salud, destinado en instituciones y centros sanitarios se gestiona directamente por el Servicio Aragonés de Salud.

El Servicio Aragonés de Salud además de este programa realizará actividades formativas dirigidas a sus profesionales para el desarrollo de las estrategias establecidas en materia de formación, incluyendo actividades de formación derivadas del Plan de Igualdad.

Programas de formación de gestión en sus respectivos ámbitos

Los programas de formación recogidos en los anexos III del personal docente no universitario, dependiente del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y IV, del personal de los Cuerpos Nacionales de la Administración de Justicia adscrito a la Comunidad Autónoma de Aragón, se gestionan en sus respectivos ámbitos, de conformidad con el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas y con su promoción por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

Convocatorias de actividades de formación y desarrollo del Plan.

1. El Instituto Aragonés de Administración Pública convocará, en el "Boletín Oficial de Aragón", las acciones formativas gestionadas directamente por él (anexo I y V), y podrá introducir las concreciones de detalle que sean precisas, así como las adaptaciones y modificaciones que las circunstancias requieran a lo largo del ejercicio.

La convocatoria recogerá, al menos, la identificación de las acciones formativas a desarrollar, cuyas características, requisitos y circunstancias de celebración se especificarán en la intranet del Gobierno de Aragón, en la que se podrán consultar, solicitar y obtener información sobre su tramitación.

La convocatoria de aquéllas acciones formativas a las que puedan acceder personal no contemplado en el apartado segundo, punto 1, así como personal de otras Administraciones recogerá las normas generales y las características y requisitos concretos de cada actividad formativa para su conocimiento por el colectivo al que van dirigidas. En el Portal del Gobierno de Aragón, página del Instituto, se solicitará su participación y se descargarán los diplomas firmados electrónicamente. En esta página se publica la información sobre los diplomas obtenidos.

Las solicitudes de participación, el desarrollo de las actividades formativas y la emisión de diplomas se ajustarán a lo dispuesto en la Orden de 25 de febrero de 2013, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento telemático en el ámbito de formación y perfeccionamiento del Instituto Aragonés de Administración Pública y se crea el Registro informatizado de actividades formativas, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 60, de 26 de marzo de 2013, o normativa que la sustituya.

2. La convocatoria de las acciones formativas del programa de formación para el empleo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón del ámbito sectorial del Servicio Aragonés de Salud (anexo II) y su desarrollo, se realizará de conformidad con la Orden SAN/372/2016, de 18 de abril, por la que se regula la emisión electrónica de diplomas en el ámbito de formación y perfeccionamiento del Servicio Aragonés de Salud y se crea el Registro informatizado de sus actividades formativas, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 84, de 4 de mayo de 2016.

3. Las convocatorias de las acciones formativas de los programas del personal docente no universitario (anexo III), del personal perteneciente a los Cuerpos Nacionales de Administración de Justicia en Aragón (anexo IV) y del personal de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza se publicarán en sus respectivos ámbitos.

4. El órgano convocante de las actividades formativas, en cada ámbito, podrá proceder a la anulación de la acción formativa cuando, por razón del reducido número de solicitantes o por cualquier otra causa justificada, no se garantice el correcto desarrollo de dicha acción.

Derechos y obligaciones de las personas participantes.

Derechos:

- Disponer de información actualizada y accesible en sede electrónica sobre las acciones formativas.

- Asistir a las sesiones presenciales o acceder al entorno de teleformación de la actividad en la que ha sido seleccionada.

- Disponer, en su caso, del material didáctico necesario para el seguimiento de la actividad.

- Que sea emitido el diploma o certificado de la acción formativa siempre que se hayan cumplido las circunstancias señaladas en la convocatoria y en las condiciones que ésta determine.

Obligaciones:

- Ocupar la plaza para la que fue admitida, salvo casos de fuerza mayor imprevista o comunicación de la imposibilidad de forma inmediata a la admisión.

- Asistir puntualmente a las sesiones presenciales y cumplimentar los controles de presencia establecidos.

- Seguir el contenido, realizar las actividades y participar en la acción formativa con las herramientas de comunicación existentes en las actividades de teleformación.

- Obtener el correspondiente permiso en aquellos casos en que fuese necesario.

- Realizar las pruebas, prácticas o trabajos finales para evaluar el aprendizaje, si así está establecido en la convocatoria.

- Colaborar de forma previa o posterior en la evaluación de la formación.

- Comunicar al órgano gestor de formación, por correo electrónico, los datos que no vengan reflejados correctamente en la solicitud.

Otros derechos y obligaciones inherentes al buen desarrollo de la actividad formativa o que se señalen en las convocatorias.

El incumplimiento de estas obligaciones podrá conllevar la exclusión en la acción formativa que se esté realizando, la no emisión del certificado/diploma previsto o la no selección en futuras acciones formativas.

Los órganos gestores podrán desarrollar este apartado en atención a la formación ofertada y al personal al que va dirigida.

Financiación y ejecución.

El Plan anual de formación del Instituto Aragonés de la Administración Pública se financiará con cargo a los créditos que transfiera el órgano competente de la Administración General del Estado, derivados del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas y con el crédito disponible en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020, con cargo al Capítulo II del Programa 1231 "Selección, formación y perfeccionamiento del personal", subconcepto 251000, sin perjuicio de los créditos que los Departamentos, Organismos Autónomos u otros Órganos hayan consignado en sus presupuestos para financiar acciones formativas promovidas por ellos mismos o gestionadas en sus ámbitos respectivos.

Otras acciones formativas.

El Instituto Aragonés de Administración Pública podrá desarrollar otras actividades de formación, conferencias, seminarios, jornadas monográficas, cursos en colaboración con Instituciones o actividades promovidas por otros órganos de la Administración no incluidas en los anexos del Plan anual de Formación, que sean adecuadas a sus fines.

Zaragoza, 27 de enero de 2020.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública, CARLOS PÉREZ ANADÓN