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ORDEN EIE/2322/2017, de 20 de diciembre, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del "Plan Renove Aragón 2017" de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frío y agua caliente.

Publicado el 01/02/2018 (Nº 23)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Vistas las solicitudes presentadas para la obtención de las ayudas del "Plan Renove Aragón 2017", línea de actuación electrodomésticos, línea de actuación de calderas y línea de actuación de equipos de aire acondicionado, se han observado los siguientes,

Antecedentes

Primero.- Mediante la Orden EIE/843/2017, de 19 de junio, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frio y agua caliente, denominados Planes Renove. Igualmente, mediante la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, se aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del "Plan Renove Aragón 2017" de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frio y agua caliente. Posteriormente, el día 17 de agosto de 2017 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", una corrección de errores de la citada orden de convocatoria.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la citada orden de convocatoria de las subvenciones, con fecha 19 de julio de 2017 se procedió a la formalización del convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, como entidad colaboradora, para la realización del "Plan Renove Aragón 2017".

Tercero.- De acuerdo con el artículo 6.3 de la orden de convocatoria de las subvenciones, la cantidad máxima de presupuesto destinado para el "Plan Renove Aragón 2017" es de un millón de euros destinado a particulares como beneficiarios finales y se distribuirá en tres líneas de actuación: electrodomésticos, calderas y aparatos de aire acondicionado, de la forma siguiente:

a) Línea de actuación de electrodomésticos: 650.229 €

b) Línea de actuación de calderas: 168.200 €

c) Línea de aparatos de aire acondicionado: 116.150 €

d) Compensación económica a la entidad

colaboradora por la gestión y promoción

del "Plan Renove Aragón 2017": 65.421 €

Mediante Resolución del Director General de Energía y Minas, de fecha 25 de agosto de 2017, se realizó una redistribución del crédito disponible en las líneas de actuación en función de la demanda, mediante la cual se transfiriere la cantidad de 100.000 € de la línea de aparatos de aire acondicionado a la línea de electrodomésticos.

Cuarto.- El artículo 12 de la orden de la convocatoria dispone que una vez presentada la documentación justificativa exigida en el artículo 11 por parte de los comercios o empresas instaladoras ante el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, entidad colaboradora, ésta, previa revisión de dicha documentación, emitirá informe preceptivo del cumplimiento de la obligación de justificación de los comercios y empresas instaladoras y elevará a la Dirección General de Energía y Minas, incluyendo la relación de comercios y empresas instaladoras adheridos, el resultado de dicho cumplimiento y la cuantía que, en su caso, corresponderá abonarles. A la vista de dicho informe, la Dirección General de Energía y Minas en el plazo de quince días desde su recepción, formulará propuesta de resolución, previa a la orden de concesión, que debe recoger la mencionada relación con derecho al reconocimiento del pago de las ayudas y su cuantía. El número de aparatos y equipos propuestos para ser objeto de subvención deberá ser igual al número de aparatos y equipos entregados al gestor autorizado de residuos.

Quinto.- Dado que el volumen de solicitudes con derecho a ayuda es muy numeroso y con el fin de no demorar excesivamente el pago a los beneficiarios directos, se ha aplicado lo dispuesto en el artículo 11 de la orden de convocatoria, que dispone que "los establecimientos o empresas instaladoras adheridas, podrán realizar justificaciones al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas, abonándose la ayuda por cuantía equivalente a la justificación presentada".

De acuerdo con lo anterior, la entidad colaboradora presentó ante la Dirección General de Energía y Minas dos informes relativos a las solicitudes de ayudas presentadas desde la entrada en vigor de la orden de convocatoria, el día 10 de agosto, hasta el 10 de noviembre de 2017 que se han resuelto.

Vista la Orden EIE/843/2017, de 19 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha de planes de renovación de aparatos electrodomésticos y equipos de productores de calor, frio y agua caliente, denominados Planes Renove, y la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del "Plan Renove Aragón 2017" de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frio y agua caliente; la corrección de errores de la anterior convocatoria de fecha 17 de agosto de 2017; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos; el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Fundamentos de derecho

Primero.- El artículo 3 de la orden de convocatoria de las ayudas dispone respecto de los beneficiarios de estas ayudas, que serán las personas físicas las que se acogen al régimen de ayudas a través de los comercios o empresas instaladoras, según el caso, que participen en el Plan de renovación mediante la correspondiente adhesión que, a su vez, son los que anticipan el importe de las ayudas subrogándose en la posición de los beneficiarios directos y siendo asimismo los obligados al cumplimiento de la obligación de justificación.

Segundo.- Dada su naturaleza excepcional de ayudas al consumo, justificadas en la mera sustitución de equipos, el artículo 6 de la orden de convocatoria dispone que el régimen de concesión se efectuará de modo que la prelación de solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos establecidos, se fije únicamente en función de su fecha de presentación.

Tercero.- De acuerdo con lo indicado en los antecedentes, la entidad colaboradora presentó dos primeros informes ante la Dirección General de Energía y Minas, del cumplimiento de la obligación de justificación de la ejecución de la actuación subvencionable remitida a su vez por los comercios y empresas instaladoras y relativa a las solicitudes de ayuda concedidas a través de "Plan Renove de Aragón 2017" correspondientes a dos periodos de tiempo y que han sido aprobadas y pagadas. El día 15 de diciembre de 2017, la entidad colaboradora ha presentado ante la Dirección General de Energía y Minas el tercer y último informe preceptivo, denominado informe 3 sobre ayudas concedidas en cada una de las tres líneas de actuación: electrodomésticos, caldera y aires acondicionados, correspondientes al periodo 11 de noviembre de 2017 al 15 de diciembre de 2017, junto con todas anulaciones de ayudas correspondientes a las tres líneas (electrodomésticos, calderas y aire acondicionado), denominados informes de cancelación de ayudas, así como la correspondiente relación de comercios y empresas instaladoras con derecho a ayuda, el resultado de dicho cumplimiento y la cuantía que, en su caso, corresponderá abonarles.

Asimismo, conforme con el citado artículo 12 y a la vista del informe presentado, la Dirección General Energía y Minas ha formulado con fecha 18 de diciembre de 2017, la propuesta de resolución para la concesión del último bloque de ayudas derivadas del Plan Renove de electrodomésticos, calderas y equipos de aire acondicionado. Dado que se prescinde del trámite de audiencia por no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos ni alegaciones, la propuesta emitida es definitiva.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la orden de convocatoria de 20 de julio de 2017, la concesión de subvención se realizará mediante resolución del titular del Departamento de Economía, Industria y Empleo en el plazo máximo de un mes desde la presentación de las peticiones de ayuda en el Departamento por parte de la entidad colaboradora, que se adjuntarán al informe citado.

Quinto.- Instruido el procedimiento y en virtud del artículo 12 de la citada orden procede dictar esta orden de conformidad con el mencionado informe del Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio,Industria y Servicios y con la propuesta de resolución emitida por el órgano instructor.

En virtud de lo expuesto, resuelvo:

Primero.- Conceder la ayuda a los particulares, beneficiarios finales, a través de los comercios y empresas instaladoras adheridos al Plan Renove Aragón 2017, beneficiarios directos, de conformidad con la Orden EIE/1126/2017, de 20 de julio, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ahorro y uso eficiente de la energía a través de la puesta en marcha del Plan Renove Aragón 2017 de aparatos electrodomésticos y equipos productores de calor, frio y agua caliente, relativa a las solicitudes presentadas desde el 11 de noviembre al 15 de diciembre de 2017, que figuran en el anexo, "Informe 3 sobre las ayudas concedidas. Periodo del 11 de noviembre de 2017 al 15 de diciembre de 2017" por las cuantías que en el mismo se indican y por el importe total para cada una de las líneas de actuación siguiente:

Línea Electrodomésticos: 158.785,08 €.

Línea Calderas: 112.723,03 €.

Línea Aires Acondicionados: 9.330,89 €.

Segundo.- Desestimar las solicitudes de ayudas del "Plan Renove Aragón 2017" que figuran como anexo con la denominación: Informe de desestimación de ayudas (línea electrodomésticos), Informe de desestimación de ayudas (línea calderas) e Informe de desestimación de ayudas (línea aire acondicionado), por los motivos que se detallan en el mencionado anexo.

Tercero.- Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir todas las obligaciones que se establecen en el artículo 9 de la mencionada convocatoria.

Cuarto.- Solicitar al Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios, el reintegro de la parte no ejecutada de las ayudas, de conformidad con el apartado cuarto de la cláusula quinta del convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios como entidad colaboradora, para la realización del "Plan Renove Aragón 2017".

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa según lo previsto en el artículo 54, del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 58 de la citada ley aragonesa, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que ambos puedan simultanearse.

Zaragoza, 20 de diciembre de 2017.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL