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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2020, del Presidente del Consorcio Campus Iberus, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de un puesto trabajo de técnico superior, vacante en este Consorcio, mediante contratación laboral indefinida.

Publicado el 05/03/2020 (Nº 45)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: CONSORCIO CAMPUS IBERUS

Texto completo:

Tras la resolución del concurso específico para la provisión del puesto de técnico superior correspondiente al número 5 de la Relación de Puestos de Trabajo del Consorcio Campus Iberus (publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 176, de 11 de septiembre de 2018), que fue convocado de conformidad con el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por Resolución del Presidente del Consorcio Campus Iberus de 16 de septiembre de 2019 ("Boletín Oficial de Aragón", número 188, de 25 de septiembre de 2019), y declarado desierto por Resolución del Presidente del Consorcio de 24 de octubre de 2019 ("Boletín Oficial de Aragón", número 215, de 4 de noviembre de 2019), el Presidente del Consorcio Campus Iberus en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 14 y 15.1.l de los Estatutos del Consorcio aprobados en su última modificación por Resolución de 9 de abril de 2019 del Consejo Rector del Consorcio Campus Iberus ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 24 de junio de 2019) y de conformidad con los preceptos del citado artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público resuelve convocar un proceso selectivo para la contratación laboral indefinida de una persona para la provisión del puesto de trabajo de técnico superior de acuerdo a las siguientes

Bases

Primera.- Plaza objeto de la convocatoria.

La plaza objeto de la convocatoria es un puesto de técnico superior a desempeñar en el Consorcio Campus Iberus en sus oficinas de Zaragoza. Las funciones y retribuciones son las que se describen en el anexo I.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. Los nacionales de otros Estados distintos a los de la Unión Europea y aquellos de esta para cuyos Estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores deberán estar en posesión del permiso de residencia.

También podrán ser admitidos, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Tener cumplidos dieciséis años y no haber cumplido la edad de jubilación.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes a que se refiere la letra a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Títulos académicos: los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado universitario, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de esta.

Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento del nombramiento.

Los aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente de falsedad en los mismos y sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.

Tercera.- Solicitudes.

1. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como anexo III y en la siguiente dirección de internet:

p://www.campusiberus.es/convocatoria-contratacion-laboral-tecnico-superior/

Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Consorcio Campus Iberus y se presentarán en el registro electrónico del Consorcio Campus Iberus accesible desde la sede electrónica del Consorcio en la dirección https://campusiberus.sedelectronica.es/ o en los registros electrónicos de la Universidad de Zaragoza, de la Universidad Pública de Navarra, de la Universidad de Lleida o de la Universidad de la Rioja. Las solicitudes también se podrán presentar del modo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada a la siguiente dirección: Consorcio Campus Iberus, c/. Pedro Cerbuna, 12, Residencia de profesores, 5.º dcha., 50009 Zaragoza.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

3. A la solicitud se deberá acompañar:

Fotocopia del DNI o, en el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, documento equivalente que acredite la nacionalidad o tarjeta de residente en vigor.

Fotocopia del título académico, o resguardo acreditativo de estar en posesión de este.

Currículum vitae, en el que consten, debidamente justificados, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos realizados, así como otros méritos y circunstancias que se desee poner de manifiesto.

Memoria del puesto. La memoria consistirá en un estudio elaborado por el aspirante relacionado con el contenido funcional del puesto o tipo de puesto, sus características, condiciones, medios necesarios, plan de organización y trabajo, proyecto de mejora organizativa o funcional y todas aquellas cuestiones que el aspirante considere de interés o importancia, incluida su adecuación a los requisitos establecidos para su desempeño. La memoria tendrá una extensión máxima de 20 páginas en letra Arial 10, interlineado sencillo y márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho de 2 cm.

Para poderse valorar, todo lo que se haga constar deberá acompañarse de las correspondientes fotocopias o certificaciones, tales como el certificado de la vida laboral.

La no presentación de la fotocopia de la titulación y del DNI, documento equivalente que acredite la nacionalidad o tarjeta de residente dará lugar a la exclusión del proceso selectivo.

Los méritos a valorar serán los realizados y debidamente acreditados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

4. Se podrá no formalizar la contratación objeto de la convocatoria si ninguno de los aspirantes resultase idóneo para su desempeño.

Tratamiento de datos de carácter personal.

1. Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril), los datos personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por el Consorcio Campus Iberus como responsable del tratamiento, siendo órgano competente en la materia su Presidente (c/. Pedro Cerbuna, 12, Residencia de profesores, 5.º dcha., 50009 - Zaragoza) ante quien se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad señalando concretamente la causa de la solicitud y acompañando copia del documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos. Los distintos formularios para ejercitar sus derechos por medios electrónicos están disponibles en la sede electrónica del Consorcio en el siguiente enlace: https://campusiberus.sedelectronica.es/

En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos los aspirantes pueden dirigirse al Delegado de Protección de Datos del Consorcio (dpd@campusiberus.es Tfno. 976 762929) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es

2. Los datos personales de los aspirantes serán tratados conforme a lo establecido en las presentes bases con la finalidad de gestionar este proceso de selección incluyendo, si el aspirante ha prestado su consentimiento explícito, la gestión de la correspondiente lista de espera. Y también con fines de investigación histórica o fines estadísticos.

El acceso a la plaza aquí ofertada conllevará el que los datos personales aquí facilitados pasarán a ser tratados para las finalidades de gestión en materia de personal que serán debidamente indicadas en dicho momento.

3. El Consorcio se encuentra legitimado para su tratamiento al ser necesarios para la ejecución de la relación jurídica que se establece entre el interesado y el Consorcio al participar en esta convocatoria y para que este pueda cumplir con sus obligaciones conforme a la legislación expresada en las presentes bases.

4. Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por el Consorcio por el tiempo que sea necesario conforme a la legislación expresada incluyendo, en su caso, la Resolución de reclamaciones y recursos.

5. Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.

6. Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva sobre los mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear tanto la reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.

Cualquier divulgación de datos fuera del expediente de la reclamación podrá implicar la exigencia de responsabilidades conforme a la legislación vigente.

Quinta.- Comisión de valoración

Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes miembros:

Miembros titulares.

Presidente:

Dña. Marta de Miguel Esponera.

Vocales:

Doña Blanca Ros Latienda.

Don Francisco Javier Arregui San Martín.

Doña Belén Ayestarán Iturbe.

Doña Olga Martín Belloso.

Secretaria: Doña. María Gloria Andrés Suñer, que actuará con voz, pero sin voto.

Miembros suplentes.

Presidente:

Doña Belén Villacampa Naverac.

Vocales:

Doña Carmen Baras Escolá.

Don Joaquín Roncero Carrizosa.

Don Miguel Alejandro Menénez Sastre.

Don Jorge Molina Martínez.

Secretaria: Doña María José Usieto Benedí, que actuará con voz, pero sin voto.

La abstención y la recusación de los miembros de la comisión de valoración se regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La comisión de valoración podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Presidente del Consorcio Campus Iberus a propuesta de la comisión de valoración.

Sexta.- Admisión de aspirantes.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consorcio dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con sus causas. Esta Resolución se publicará en la página web del Consorcio Campus Iberus www.campusiberus.es. Asimismo, las universidades integrantes del Consorcio la publicarán en sus respectivos tablones de anuncios o páginas web.

2. Los aspirantes excluidos provisionalmente u omitidos, en su caso, dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en la página web del Consorcio Campus Iberus de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o alegar la omisión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el motivo de exclusión o no aleguen su ausencia en las listas, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Asimismo, se podrá solicitar la subsanación de errores materiales en el citado plazo.

3. Transcurrido el plazo de subsanación se dictará Resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, la cual se publicará en la página web del Consorcio y en los tablones de anuncios o páginas web de las universidades que lo integran.

Séptima.- Proceso selectivo.

El proceso selectivo se desarrollará en dos fases: en la primera la comisión de valoración evaluará la memoria y los méritos presentados por los candidatos de acuerdo con el baremo que se publica como anexo II a la presente convocatoria. La puntuación máxima de esta fase es de 85 puntos.

La segunda fase consistirá en la realización de una entrevista personal o prueba práctica. Parte de la entrevista podrá desarrollarse en inglés para valorar el nivel de dominio del candidato del idioma. La puntuación máxima de esta fase es de 15 puntos.

Una vez evaluados los méritos y la memoria, el Presidente del Consorcio, a propuesta de la comisión de valoración, dictará Resolución en la que se declare aprobada la lista de candidatos que hayan superado esta fase y se convoque a los candidatos que la hayan superado a la realización de la entrevista personal o prueba práctica. La nota mínima necesaria para superar esta primera fase será establecida por la comisión de valoración, no pudiendo ser inferior al 50 % de la puntuación total establecida para la misma.

En la primera fase, la comisión valorará en primer lugar los méritos y posteriormente la memoria solo de aquellos candidatos que hayan obtenido una puntuación mínima en la evaluación de méritos que sumada a la puntuación máxima posible de la memoria les permitiera superar la puntuación establecida para esta fase. Todo ello se justificará debidamente en la Resolución en la que se declare aprobada la lista de candidatos que han superado esta fase.

La puntuación mínima para superar la fase de entrevista se determinará por la comisión y se publicará en la Resolución de adjudicación del puesto y de creación de lista de espera.

Selección de candidatos para la formalización de contratos

Una vez finalizado el proceso selectivo, se hará pública la resolución por la que se adjudica el puesto al candidato que haya superado el proceso selectivo y haya obtenido la mayor puntuación en el mismo. La resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Consorcio Campus Iberus (www.campusiberus.es). Asimismo, las universidades integrantes del Consorcio la publicarán en sus respectivos tablones de anuncios o páginas web.

Al candidato seleccionado se le comunicará en tiempo y forma su incorporación al puesto.

El resto de candidatos que hayan superado el proceso selectivo formarán parte, si han manifestado su consentimiento expreso en la solicitud de participación para ello, de una lista de espera ordenados por orden de prelación según la puntuación total obtenida en el proceso selectivo. El objetivo de la lista de espera es cubrir la posible renuncia del candidato seleccionado o vacante del puesto por cualquier motivo. La validez de la lista de espera será de dos años.

Novena.- Recursos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos del Consorcio Campus Iberus ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 24 de junio de 2019), cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado", número 167, de 14 de julio de 1998).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición ante el Presidente del Consorcio, en el plazo de un mes, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de febrero de 2020.- El Presidente del Consorcio (Acuerdo del Comité Ejecutivo de 16 de mayo de 2019), Julio Rubio García

I

Descripción del puesto.

Denominación: Técnico superior.

Régimen Jurídico: Contratado laboral indefinido.

Tipo de jornada: Jornada continua / ED (Especial Dedicación). Disponibilidad para viajar.

Grupo: LA o LB de los grupos de clasificación de personal laboral establecidos por la Universidad de Zaragoza, según la titulación del candidato seleccionado. LA: Título de Grado universitario, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente. LB: Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Retribuciones: Las retribuciones serán las establecidas para el personal laboral de la Universidad de Zaragoza. Las retribuciones básicas serán las que correspondan al grupo LA o LB, según la titulación del candidato. Las retribuciones complementarias se corresponden con el complemento de puesto de nivel 22.00. Pueden ser consultadas en la siguiente dirección de internet con sus actualizaciones:

es/servicio-pas/retribuciones-pas/retribuciones-paslretribuciones-generales

Formación específica: dominio del idioma inglés.

Misión:

Ser el responsable del área de investigación de Campus Iberus. Promover la participación de Campus Iberus y de los investigadores de las universidades de Campus Iberus en programas y proyectos de investigación nacionales e internacionales. Coordinar y gestionar los proyectos de investigación propios de Campus Iberus y redactar propuestas de proyectos para participación en convocatorias. Seguimiento y evaluación de los grupos de acción de Campus Iberus.

Funciones:

1. Facilitar la captación de fondos competitivos nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos de investigación propios o de los grupos de acción de Campus Iberus.

2. Gestionar los proyectos de investigación que desarrolla el Consorcio.

3. Elaborar propuestas de proyectos de investigación propios del Consorcio Campus Iberus.

4. Elaborar informes, memorias y justificaciones de proyectos de investigación.

5. Promover la agregación de grupos de investigación de las universidades de Campus Iberus para la preparación conjunta de proyectos de I+D+I y cualquier otra acción de cooperación.

6. Coordinar y apoyar a los grupos de acción reconocidos por Campus Iberus, incluido el apoyo en el proceso de preparación de propuestas de proyecto.

7. Promover la participación en proyectos nacionales e internacionales de empresas y universidades.

8. Asistencia y participación en foros y reuniones nacionales e internacionales.

9. Realizar aquellas otras tareas afines al puesto que le sean encomendadas por sus superiores y resulten necesarias por razón del servicio.

II

Baremo. Máximo 100 puntos.

Primera fase (méritos y memoria). Máximo 85 puntos.

A. Méritos (máximo 60 puntos).

A.1. Experiencia laboral (máximo 35 puntos).

Gestión de proyectos y elaboración de propuestas de proyectos de investigación integrados en programas nacionales e internacionales de investigación (hasta 25 puntos).

Gestión universitaria (hasta 10 puntos).

A.2. Titulación académica (máximo 5 puntos).

Se valorará el nivel máximo de titulación del candidato de acuerdo al siguiente baremo:

Doctor: 4 puntos

Máster oficial o título universitario equivalente: 2 puntos

Grado o título universitario equivalente 1 punto

Las segundas titulaciones de educación superior distintas a aquellas que sirven de valoración del nivel máximo de titulación del candidato computarán con el mismo baremo establecido en el párrafo anterior con el límite de la puntuación máxima establecida para este apartado. No se valorarán como mérito los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. Se considerarán equivalentes a máster oficial los títulos universitarios oficiales para los que el Ministerio de Educación haya aprobado la correspondencia con el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Se considerarán equivalentes a grado los títulos universitarios oficiales para los que el Ministerio de Educación haya aprobado la correspondencia con el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

Para el reconocimiento de los títulos obtenidos en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España. A efectos de equivalencia de titulación, solo se admitirán las reconocidas con carácter general y válidas a todos los efectos por el Ministerio de Educación atendiéndose al marco del Espacio Europeo de Educación Superior.

A.3. Conocimiento de idiomas (máximo 10 puntos)

El conocimiento del idioma inglés se valorará de acuerdo al siguiente baremo.

B1 2

B2 6

C1 8

C2 10

1.d. Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 10 puntos)

Únicamente se valorarán los cursos de formación en gestión y preparación de propuestas de proyectos de investigación y en idiomas que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, en función de la duración de los mismos, puntuándose según los siguientes tramos:

1.d.a. Cursos de formación en gestión y preparación de propuestas de proyectos de investigación

Hasta 10 horas: 0,50 puntos

De 31 a 50 horas: 4 puntos

De 51 a 75 horas: 6 puntos

De 76 a 100 horas: 7,5 puntos

De 101 horas en adelante: 10 puntos

Los aspirantes deberán acreditar el centro u organismo que expide el diploma o certificado, número de horas del curso, asistencia o aprovechamiento y contenido. Aquellos cursos de cuya duración no haya constancia serán valorados con 0,50 puntos.

1.d.b. Cursos de idiomas

Hasta 10 horas: 0,05 puntos

De 31 a 50 horas: 0,40 puntos

De 51 a 75 horas: 0,60 puntos

De 76 a 100 horas: 0,75 puntos

De 101 horas en adelante: 1 punto

Los aspirantes deberán acreditar el centro u organismo que expide el diploma o certificado, número de horas del curso, asistencia o aprovechamiento y contenido. Aquellos cursos de cuya duración no haya constancia serán valorados con 0,05 puntos.

B. Memoria (máximo 25 puntos)

Segunda fase:

C. Entrevista (máximo 15 puntos)