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ANUNCIO del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Huesca, por el que se notifica la resolución recaída en el expediente que se detalla en el anexo.

Publicado el 28/02/2014 (Nº 42)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y EMPLEO

Texto completo:

Intentada la notificación, sin haberse podido practicar, de la resolución dictada en el expediente sancionador iniciado por acta de la Inspección de Trabajo, recaída contra la empresa que se detalla en el anexo, se procede a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que la citada resolución así como el expediente administrativo completo se encuentran a su disposición en el Negociado de Sanciones de la Subdirección Provincial de Trabajo, sito en c/ Ricardo del Arco, 6, 2.º de Huesca.

Contra la referida resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De no ser interpuesto el recurso, deberá abonar la multa impuesta en los siguientes plazos: Las notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día veinte del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; las notificadas entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, mediante ingreso directo en la c/c restringida número ES63 2085 2052 0603 0066 1693 de Ibercaja, oficina principal, (Coso Alto, número 41 de Huesca) a nombre de Diputación General de Aragón-Departamento de Economía y Empleo-Sanciones Laborales, haciendo constar el número de expediente.

De no interponerse el recurso, ni abonar la sanción en vía voluntaria, se procederá a su recaudación por la vía ejecutiva, siguiendo el procedimiento señalado en el Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, incrementada con el recargo de apremio, y en su caso, con los correspondientes intereses de demora.

Huesca, 12 de febrero de 2014.- La Directora del Servicio Provincial, Laura Portaña Borbón.