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ORDEN de 1 de septiembre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se modifica la autorización por cambio de titularidad del centro privado autorizado superior de diseño «Centro de Diseño Hacer Creativo» de Zaragoza.

Publicado el 03/10/2011 (Nº 195)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente iniciado a instancia de los representantes de la actual y futura entidad titular del centro privado autorizado superior de diseño «Centro de Diseño Hacer Creativo», situado en la Avda. Alcalde Sáinz de Varanda, 1-3 de Zaragoza, solicitando el cambio de titularidad ostentada por la «Fundación Acción Creativa» a favor de «Hacer Creativo, S.L».

Vista la documentación presentada y considerando que se han cumplido los trámites procedimentales exigidos por la normativa vigente en esta materia.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros privados para impartir enseñanzas artísticas y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 8 del Decreto de 22 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se asignan las competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma y se les adscriben sus organismos, resuelvo:

Primero.-Modificar la autorización del centro privado autorizado «Centro de Diseño Hacer Creativo», Código 50017059, con domicilio en la Avda. Alcalde Sáinz de Varanda, 1-3 de Zaragoza, por cambio de titularidad del centro, ostentada por la «Fundación Acción Creativa», y que con efectos de 1 de septiembre de 2011, lo será a favor de «Hacer Creativo, S. L.».

Segundo.-La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titularidad del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.-La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, 1 de septiembre de 2011.