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ORDEN PRE/1456/2016, de 5 de octubre, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Torres de Berrellén (Zaragoza), para pabellón polideportivo, proyecto modificado.

Publicado el 26/10/2016 (Nº 207)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/6/0394 la adenda suscrita, con fecha 5 de septiembre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torres de Berrellén, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 5 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, Y EL AYUNTAMIENTO DE TORRES DE BERRELLÉN, PARA PABELLÓN POLIDEPORTIVO, PROYECTO MODIFICADO

En Zaragoza, a 5 de septiembre de 2016.

La Excma. Sra. D.ª M.ª Teresa Pérez Esteban, Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en virtud de autorización por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de agosto de 2016.

La Sra. D.ª Mercedes Trébol Bartos, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Torres de Berrellén.

Con fecha 16 de abril de 2009, se firmó el convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Torres de Berrellén, para pabellón polideportivo, proyecto modificado; y el 19 de enero de 2011 y 19 de diciembre de 2012, se firmaron las adendas al mismo.

Que la claúsula tercera del citado convenio, modificada por la adenda de 19 de enero de 2011, establecía que los gastos de inversión necesarios para la citada actuación, incluyendo honorarios técnicos, que ascienden a un total de un millón seiscientos veintiún mil veintidós euros con veintiocho céntimos (1.621.022,28 €), serán financiados por el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Torres de Berrellén, en las cantidades que a continuación se determinan:

El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2006/000322, aportará hasta un máximo de novecientos setenta y tres mil ochocientos sesenta y tres euros (973.863 €), que abonará al Ayuntamiento de Torres de Berrellén, con la siguiente distribución por anualidades:

La adenda de 19 de diciembre de 2012 modificó las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3; y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2006/000322, aportará para el resto de anualidades hasta un máximo de trescientos dos mil novecientos ochenta y seis euros con cincuenta y un céntimos (302.986,51 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2013 y 2014".

Que con fecha 9 de diciembre de 2014, se firmo una nueva adenda que modificaba las cláusulas tercera, párrafos 2 y 3; y decimocuarta, que quedaron redactadas de la siguiente manera:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18080/4571/760036/91002, PEP 2006/000322, aportará para el resto de anualidades hasta un máximo de doscientos noventa y nueve mil cuatrocientos treinta y nueve euros con cincuenta y un céntimos (299.439,51 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018".

"Decimocuarta.- El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2018, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

A la vista de las necesidades de ajuste presupuestario del Gobierno de Aragón, en el capítulo VII, para la anualidad 2016, requiriéndose una modificación del gasto, previo Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de agosto de 2016, las partes intervinientes acuerdan

CLÁUSULAS

Primera.- Modificar la cláusula tercera, párrafo 2 y 3, como sigue:

"Tercera.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, con cargo a la aplicación presupuestaria 18070/4571/760036/91002, PEP 2006/000322, aportará para el resto de anualidades hasta un máximo de doscientos noventa y un mil ochocientos cuarenta y un euros con cincuenta y siete céntimos (291.841,57 €), que abonará al ayuntamiento, una vez verificado lo establecido en este convenio, de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:

Esta aportación queda subordinada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para los ejercicios, 2016, 2017, 2018 y 2019".

Segunda.- Modificar la cláusula decimocuarta, como sigue:

"Decimocuarta.- El presente convenio estará vigente, en relación con los compromisos económicos asumidos por las partes, hasta el 15 de noviembre del año 2019, fecha en la que deberán estar terminadas las obras, sin perjuicio de la vigencia posterior del resto de pactos conforme a lo previsto en las diferentes cláusulas del convenio".

En prueba de conformidad, se firma el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha señalados ut supra.