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RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización por cambio de denominación específica y de titularidad del Centro Privado de Educación infantil "El Arka de Kupplu" de Zaragoza.

Publicado el 25/09/2014 (Nº 189)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente iniciado a instancia de las representantes de la actual y futura entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil "El Arka de Kupplu", situado en la calle Gerona, 3 de Zaragoza, solicitando el cambio de denominación específica del Centro que será "El Arka", así como el cambio de titularidad ostentada por la entidad "Kupplu, S.L." a favor de D.ª Marta Beltrán Lezcano.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización por cambio de denominación específica del Centro Privado de Educación Infantil "El Arka de Kupplu", Código 50018386, con domicilio en calle Gerona, 3 de Zaragoza, que pasa a llamarse "El Arka", así como el cambio de titularidad ostentada por la entidad "Kupplu, S.L." que en lo sucesivo lo será a favor de D.ª Marta Beltrán Lezcano, ambas modificaciones con efectos de 1 de julio de 2014.

Segundo.- La nueva titularidad se subrogará en la totalidad de las obligaciones y cargas que tuviera contraídas, en su caso, la anterior titularidad del centro, especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.- La modificación de la autorización por cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 1 de septiembre de 2014.

El Director General de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO