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ORDEN PRE/1126/2019, de 1 de agosto, por la que se dispone la publicación de la Adenda al convenio de delegación de competencias en materia de transporte escolar de la Comarca de la Ribagorza. Curso 2018/2019.

Publicado el 13/09/2019 (Nº 180)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/6/0179, la Adenda de colaboración suscrita, con fecha 23 de mayo de 2019, por la Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca, y la Presidenta de la Comarca de la Ribagorza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

,1 de agosto de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE TRANSPORTE ESCOLAR DE LA COMARCA DE LA RIBAGORZA. CURSO 2018/2019

Huesca, 19 de junio de 2019.

De una parte, la Sra. Dña. Olga Alastruey Alpín en su calidad de Directora del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte en Huesca, en virtud de la autorización conferida por el Decreto 149/2018, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas de Sobrarbe, La Ribagorza, La Jacetanía, Alto Gállego, Cuencas Mineras y al Municipio de Barbastro, para el curso 2018/2019.

De otra, la Sra. Dña. María Lourdes Pena Subira, Presidenta de la Comarca de la Ribagorza.

Con fecha 7 de septiembre de 2018 se suscribió por el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca el convenio de delegación de competencias en materia de transporte escolar para el curso 2018/2019 con la Comarca de la Ribagorza, en virtud de la autorización conferida por el Decreto 149/2018, de 4 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza la delegación de competencias en materia de transporte escolar de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Comarcas de Sobrarbe, La Ribagorza, La Jacetania, Alto Gállego, Cuencas Mineras y al Municipio de Barbastro, en materia de transporte escolar.

La Disposición Cuarta del citado Decreto establece: "La liquidación final de los servicios de transporte delegados se realizará por el importe efectivo realmente satisfecho por cada órgano delegado, para lo cual se faculta al Director del Servicio Provincial correspondiente para su aprobación, si bien, en el supuesto de que el importe efectivo fuera superior al estimado se aprobará el incremento mediante adenda al convenio suscrito, la cual deberá ser autorizada previamente por el Gobierno de Aragón".

Una vez iniciado el curso escolar, desde la Comarca de la Ribagorza da traslado de las siguientes necesidades sobrevenidas que necesitan atender para una correcta prestación del servicio de transporte escolar:

1. La necesidad de la creación de una nueva ruta de transporte escolar, ruta 19029/ES/H/2018, para los alumnos que se desplazan de Tolva a Benabarre del CRA Ribagorza Oriental, Unidad de Tolva, que por razones de planificación y la baja matrícula existente el Servicio Provincial decidió el cierre del aula del CRA Ribagorza Oriental, sita en la localidad de Tolva, cuyo alumnado se asignó a la unidad de Benabarre de dicho C.R.A. La contratación de esta nueva ruta supone un aumento de precio/día convenido de 55 € que, multiplicado por 175 días, ya que se inició al día siguiente del inicio de curso, hace un total de 9.625 € que habrá que repartir en las diferentes mensualidades. La nueva ruta modifica el anexo I y anexo II.

2. La necesidad de transportar alumnos de localidades no previstas, uno residente en Purroy de la Solana y otro residente en La Cabezonada que se incorporan a dos rutas ya establecidas, así como la falta de alumnos de Educación Infantil y Educación Primaria en la localidad de Foradada. Esta nueva organización implica variación de la ruta 19010/EPES/H/2017/C, que no tiene efectos económicos, y variación de la ruta 19019/EPES/H/2017/C, que implica su ampliación hasta Purroy de la Solana que supone un incremento/día de 15,25 €/día por un total de 178 días. Esta modificación supone un gasto de 2.714,50 € que habrá que repartir en las mensualidades. Así pues, se modifica anexo I y anexo II.

3. La necesidad de atender a la reclamación efectuada por las familias de las localidades de la ruta 19007/EPES/H/2013/C, relativa al tiempo a bordo del vehículo, ya que son localidades de difícil acceso. Es por ello, que la Comarca propone, la modificación de dicha ruta excluyendo las localidades de Piedrafita de Bisaurri, San Martín de Veri y Gabás del itinerario de EP/EI y la eliminación de Abella del itinerario de ES, y por desdoble de la misma, la creación de una nueva ruta de transporte escolar denominada ruta 19030/EPES/H/2013/C, que supone un aumento de 99 €/día. La modificación de la ruta 19007/EPES/H/2013/C, que implica eliminación de localidades por desdoble con la nueva ruta mencionada, supone una disminución de 18,83 €/día, que se van a compensar con la creación de la nueva ruta. Así pues, la modificación propuesta, supone un aumento del precio/día de 80,17 € que tendrá efectos desde el 17 de septiembre de 2018, sumando un total de 173 días. Esta modificación supone un aumento de gasto de 13.869,41 € que habrá que repartir en las mensualidades. Esta modificación implica modificación del anexo I y el anexo II.

4. La necesidad de modificar el importe económico del mes de febrero por un importe de 9.418,12€, ya que dicha mensualidad fue calculada con 16 días, en lugar de 18 días, quedando la mensualidad en 85.040,64 € en el mes de febrero. Esta modificación implica la modificación del anexo I.

En consecuencia, el anexo II se modifica en los siguientes términos:

1. Inclusión de una nueva ruta denominada ruta 19029/EP/H/2018/C

2.- Inclusión de la localidad de La Cabezonada en el itinerario de ES y exclusión de la localidad de Foradada en el itinerario de EP/EI en la ruta 19010/EPES/H/2017/C

Donde dice:

Debe decir:

Inclusión de la localidad de Purroy de la Solana en el itinerario EP/EI en la ruta 19019/EPES/H/2017/C

Donde dice:

Debe decir:

3.- Inclusión de una nueva ruta denominada ruta 19030/EP/H/2018/C

Modificación de itinerario de la ruta 19007/EPES/H/2013/C

Donde dice:

Debe decir:

Las distintas modificaciones previstas en esta adenda supondrían un incremento económico de lo convenido de 35.357,03 € y, por lo tanto, la modificación del Anexo I de tal manera que:

Donde dice:

— Cantidad máxima convenio para el curso 2018/2019

805.034,56 €

—Coste máximo mensual de la delegación en el curso 2018/2019:

Debe decir:

— Cantidad máxima convenio para el curso 2018/2019

840.391,59 €

—Coste máximo mensual de la delegación en el curso 2018/2019:

Por todo ello, acuerdan la suscripción de la presente ADENDA del convenio conforme a lo dispuesto en el Decreto 149/2018, de 4 de septiembre del Gobierno de Aragón:

CLÁUSULAS

Primera.- Queda modificado el Anexo II del Convenio de delegación de competencias en materia de transporte escolar suscrito entre el Gobierno de Aragón y la Comarca de la Ribagorza, así:

1.- Inclusión de una nueva ruta denominada ruta 19029/EP/H/2018/C

Donde dice:

Debe decir:

Donde dice:

Debe decir:

2.- Inclusión de una nueva ruta denominada ruta 19030/EP/H/2018/C

Donde dice:

Debe decir:

Segunda.- Las distintas modificaciones previstas en esta adenda supondrían un incremento económico de lo convenido de 35.357,03 € y, por lo tanto, la modificación del Anexo I de tal manera que:

Donde dice:

— Cantidad máxima convenio para el curso 2018/2019

805.034,56 €

—Coste máximo mensual de la delegación en el curso 2018/2019:

Debe decir:

— Cantidad máxima convenio para el curso 2018/2019

840.391,59 €

—Coste máximo mensual de la delegación en el curso 2018/2019:

Tercera.- En lo no previsto en esta Adenda permanecerá vigente lo dispuesto en el convenio.

Cuarta.- Los efectos de esta Adenda surtirán desde principio de curso.

Y en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, por duplicado ejemplar, en Huesca.