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RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo, convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2010, en la categoría de Médico de Urgencias y Emergencias para cubrir plazas en la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 14/02/2012 (Nº 30)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.1 de la Resolución de 15 de septiembre de 2010, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón»» de 5 de octubre de 2010 por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Médico de Urgencias y Emergencias, y en virtud de la competencia establecida en la Disposición adicional tercera de la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.-Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Médico de Urgencias y Emergencias con expresión del destino adjudicado a los participantes que han superado el proceso selectivo, convocado por Resolución de 15 de septiembre de 2010, y que se detallan en el anexo adjunto a esta Resolución.

Segundo.-Los aspirantes nombrados de conformidad con lo dispuesto en la base 8.2 de la Resolución de 15 de septiembre de 2010, dispondrán del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución, decayendo en su derecho si no se incorporan a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante. En este supuesto el órgano convocante requerirá del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que siguen a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón y en el artículo 58.2 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 1 de febrero de 2012.