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ORDEN de 4 de julio de 1997, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se determina la asimilación de los puestos de trabajo contenidos en la relación de puestos de trabajo del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento

Publicado el 30/07/1997 (Nº 88)
Sección: BOA I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

ORDEN de 4 de julio de 1997, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se determina la asimilación de los puestos de trabajo contenidos en la relación de puestos de trabajo del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento

El Decreto 120/1997, de 10 de junio establece en su Disposición Adicional Primera que las asimilaciones de las unidades administrativas, que se crean o modifican en el mismo, así como de los puestos de trabajo incluidos en la relación de puestos de trabajo, se efectuarán, cuando procedan, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento por Orden del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales. En su virtud, este Departamento dispone:

Primero.--En la Secretaría General Técnica proceden las siguientes asimilaciones: 1.--El anterior puesto de Vicesecretario General se asimila al puesto de Jefe del Servicio de Régimen Económico. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gestión Económica y Presupuestaria de la Secretaría General se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gestión Económica y Presupuestaria. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tramitación Económica. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Contabilidad y Pagos a Justificar. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Contratación y Asuntos Generales de la Secretaría General se asimila al puesto de Jefe de Sección de Contratación y Convenios. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Contratación y Asuntos Generales se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Contratación. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Contratación y Asuntos Generales se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Convenios. 2.--En el Servicio de Régimen Jurídico: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Reclamaciones y Recursos de la Secretaría General se asimila al puesto de Jefe de Sección de Reclamaciones y Recursos. 3.--El anterior puesto de Secretario General se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Gestión de Personal y Asuntos Generales. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gestión de Personal de la Secretaría General se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gestión de Personal. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Gestión de Personal se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Planificación de Personal. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Gestión de Personal se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Ordenación de Personal.

Segundo.--En la Dirección General de Financiación y Tesorería: 1.--En el Servicio de Financiación: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Financiación del Servicio de Gestión Financiera de la anterior Dirección General de Tributos y Política Financiera se asimila al puesto de Jefe de Sección de Financiación. 2.--En el Servicio de Recaudación: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gestión de Tesorería del Servicio de Tesorería, de la anterior Dirección General de Presupuestos y Patrimonio se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gestión de Tesorería. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I. de la Sección de Gestión de Tesorería se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Caja y Entidades Financieras. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado II. de la Sección de Gestión de Tesorería se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión de Cobros. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Recaudación del Servicio de Tesorería de la anterior Dirección General de Presupuestos y Patrimonio se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gestión Recaudatoria. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado I. de la Sección de Recaudación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Recaudación Ejecutiva. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado II. de la Sección de Recaudación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Aplazamientos, Fraccionamientos y Recursos. g) El anterior puesto de Jefe de Sección de Tesorería de Zaragoza se asimila al puesto de Jefe de Sección de Tesorería de Tributos Cedidos. 3.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Tesorería de la anterior Dirección General de Presupuestos y Patrimonio se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Pagos. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Pagos del Servicio de Tesorería se asimila al puesto de Jefe de Sección de Ordenación de Pagos. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I. de la Sección de Pagos se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión de Pagos.

Tercero.--En la Dirección General de Promoción Económica y Asuntos Comunitarios: 1.--En el Servicio de Promoción Económica: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Incentivos Económicos se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Incentivos Económicos Regionales. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Incentivos Económicos se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Apoyo a Infraestructura. c) El anterior puesto de Jefe de Sección de Seguimiento y Control se asimila al puesto de Jefe de Sección de Apoyo Financiero. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Seguimiento y Control se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Instituciones Financieras. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Seguimiento y Control se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Organismos Intermedios. 2.--El anterior puesto de Secretaría de Acción Exterior de la Secretaría General de la Presidencia se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Acción Exterior. 3.--En el Servicio de Administración del Fondo Social Europeo:

a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Coordinación Técnica de Programas Comunitarios del extinto Servicio de Coordinación de Programas Comunitarios y Planificación Económica se asimila al puesto de Jefe de Sección de Programación e Inserción. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Coordinación del Fondo Social Europeo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Programas Comunitarios. c) El anterior puesto de Jefe de la Sección de Formación se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gestión de la Formación.

d) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Formación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Formación.

4.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Financiación Europea se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Fondos Comunitarios. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Documentación se asimila al puesto de Jefe de Sección de Documentación Europea. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Fondos Estructurales se asimila al puesto de Jefe de Negociado del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. c) El anterior puesto de Jefe de Sección de Estudios del extinto Servicio de Coordinación de Programas Comunitarios y Planificación Económica se asimila al puesto de Jefe de Sección de Iniciativas Comunitarias. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Ayudas Públicas del extinto Servicio de Coordinación de Programas Comunitarios y Planificación Económica se asimila al puesto de Jefe de Sección de Compatibilización de Ayudas Públicas.

Cuarto.--En la Dirección General de Presupuestos y Patrimonio: 1.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Presupuestos se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Gestión Presupuestaria.

a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gastos de Personal Funcionario del extinto Servicio de Gastos de Personal se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gastos de Personal. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Gastos de Personal Funcionario del extinto Servicio de Gastos de Personal se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gastos de Personal. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Normativa y Documentación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Documentación. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Planificación Presupuestaria se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Modificaciones Presupuestarias. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Planificación Presupuestaria se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Seguimiento Presupuestario. f) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gestión Presupuestaria se asimila al puesto de Jefe de Sección de Tramitación Presupuestaria. 2.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Administración Económica se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Administración Presupuestaria. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Análisis y Programación del anterior Servicio de Presupuestos se asimila al puesto de Jefe de Sección de Análisis y Programación. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Análisis y Programación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Análisis Presupuestario. 3.--En el Servicio de Gestión del Patrimonio: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Régimen Jurídico Patrimonial se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Expedientes Patrimoniales. 4.--En el Servicio Técnico del Patrimonio: a) El anterior puesto de Jefe de Sección Técnica de Bienes Rústicos se asimila al puesto de Jefe de Sección Técnica de Bienes Inmuebles.

Quinto.--En la Intervención General: 1.--En el Servicio de Control Financiero: a) El anterior puesto de Jefe de Equipo de Control Financiero I se asimila al puesto de Jefe de Sección de Control y Auditoría.

b) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Apoyo Administrativo I se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Apoyo Administrativo. c) El anterior puesto de Jefe de Sección de Pagos a Justificar del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos Corriente y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Sección de Pagos a Justificar. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Fiscalización de Pagos a Justificar del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos y Corrientes y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Fiscalización. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Justificación del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos Corrientes y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Justificación. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Cuentas del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos Corrientes y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Cuentas.

2.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Fiscalización de Inversiones se asimila al puesto de Jefe de Servicio Fiscal. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Control de Proyectos y Contratos se asimila al puesto de Jefe de Sección de Control de Inversiones.

b) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Fiscalización de Gastos de Inversión se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Control de Proyectos y Contratos. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Comprobación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Control de Certificaciones. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Documentación se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Registro de Contratos y Documentación. e) El anterior puesto de Jefe de Sección de Gastos Corrientes del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos Corrientes y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Sección de Gastos Corrientes. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Contratos del extinto Servicio de Fiscalización de Gastos Corrientes y Pagos a Justificar se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Contratos. 3.--En el Servicio de Fiscalización de Gastos de Personal: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Comprobación de Nóminas de la extinta Sección de Control de la Nómina de Personal se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Comprobación de Nóminas. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Derechos Económicos del Personal de la extinta Sección de Control de la Nómina de Personal se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Derechos Económicos del Personal. 4.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Fiscalización de Transferencias y Subvenciones se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Fiscalización de Transferencias. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Recepciones del anterior Servicio de Fiscalización de Inversiones se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Ayudas a Entidades Locales. 5.--En la Intervención Delegada en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de Fiscalización se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Fiscalización. b) El anterior puesto de Interventor Delegado de Centro se asimila al puesto de Jefe de Sección de Coordinación de Centros.

c) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de Fiscalización se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Coordinación de Centros. 6.--En la Intervención Delegada en la Dirección General de Tributos: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Intervención se asimila al puesto de Interventor Delegado en la Dirección General de Tributos. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado Admvo. se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tributos Cedidos. 7.--En la Intervención Territorial Delegada en Huesca: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Intervención de la extinta Oficina Territorial de Huesca se asimila al puesto de Jefe de Sección de Control de Tributos Cedidos. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado Admvo. de la extinta Oficina Territorial de Huesca se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tributos Cedidos. 8.--En la Intervención Territorial Delegada en Teruel: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Intervención de la extinta Oficina Territorial de Teruel se asimila al puesto de Jefe de Sección de Control de Tributos Cedidos. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado Administrativo de la extinta Oficina Territorial de Teruel se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tributos Cedidos.

Sexto.--En la Dirección General de Tributos: 1.--En el Servicio de Gestión Tributaria: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Gestión de Impuestos Directos se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Recursos y Devoluciones de Impuestos Directos. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de Liquidaciones de Impuesto de Transmisiones se asimila al puesto de Jefe de Negociado del Impuesto de Transmisiones. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Recursos y Devoluciones se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Recursos y Devoluciones de Impuestos Indirectos. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de Liquidación del Impuesto de Sucesiones se asimila al puesto de Técnico Liquidador Tributario nº R.P.T. 667. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de Liquidación del Impuesto de Sucesiones se asimila al puesto de Técnico Liquidador Tributario nº R.P.T. 710. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de Liquidaciones de Impuesto de Transmisiones se asimila al puesto de Técnico Liquidador Tributario nº R.P.T. 711.

g) El anterior puesto de Técnico de Gestión número de relación de puestos de trabajo 672 se asimila al puesto de Técnico Liquidador Tributario. h) El anterior puesto de Técnico de Gestión número de relación de puestos de trabajo 692 se asimila al puesto de Técnico Liquidador Tributario. 2.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Gestión Financiera se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Administración Tributaria. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Tasas sobre el Juego se asimila al puesto de Jefe de Sección de Tributos sobre el Juego. b) El anterior puesto de Jefe de Sección de Programación Financiera se asimila al puesto de Jefe de Sección de Programación Tributaria. 3.--En el Servicio de Inspección: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado de Gestión Administrativa se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Fiscal. b) El anterior puesto de la 1ª Unidad de Inspección se asimila al puesto de Inspector Tributario nº R.P.T. 655. c) El anterior puesto de la 2ª Unidad de Inspección se asimila al puesto de Inspector Tributario nº R.P.T. 656. d) El anterior puesto de Inspector Tributario Adjunto a 2ª Unidad de Inspección se asimila al puesto de Inspector Tributario nº R.P.T. 666. 4.--En el Servicio de Valoraciones: a) El anterior puesto de Arquitecto Técnico número de relación de puestos de trabajo 691 se asimila al puesto de Arquitecto Técnico Valorador. b) El anterior puesto de Arquitecto Técnico número de relación de puestos de trabajo 693 se asimila al puesto de Arquitecto Técnico Valorador.

Séptimo.--En la Dirección General de Industria y Comercio: 1.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Industria y Seguridad Industrial se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Gestión Industrial. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico Director I.T.V. Móvil se asimila al puesto de Director I.T.V. Movil. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico Coordinador I.T.V. se asimila al puesto de Coordinador Técnico de I.T.V. 2.--El anterior puesto de Jefe de Servicio de Fomento Industrial de la anterior Dirección General de Promoción Económica y Asuntos Comunitarios se asimila al puesto de Jefe de Servicio de Fomento Industrial. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Programas Tecnológicos del Servicio de Fomento Industrial de la anterior Dirección General de Promoción Económica y Asuntos Comunitarios se asimila al puesto de Jefe de Sección de Programas Tecnológicos. b) El anterior puesto de Jefe de Sección de Apoyo a las PYMES del Servicio de Fomento Industrial de la anterior Dirección General de Promoción Económica y Asuntos Comunitarios se asimila al puesto de Jefe de Sección de Apoyo a las PYMES. 3.--En el Servicio de Comercio y Artesanía: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Ordenación Comercial y Ferias se asimila al puesto de Jefe de Sección de Comercio y Ferias. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Ordenación Comercial y Ferias se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Comercial.

Octavo.--En la Dirección General de Turismo: 1.--En el Servicio de Ordenación y Regulación de las Actividades Turísticas. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Régimen Jurídico de Empresas y Actividades Turísticas se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tramitación de Ayudas y Subvenciones. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Régimen Jurídico de Empresas y Actividades Turísticas se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Registro y Coyuntura Turística.

2.--En el Servicio de Promoción Turística: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Publicaciones y Oficinas de Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Publicaciones Turísticas.

Noveno.--En el Instituto Aragonés de Estadística: a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Estadísticas Demográficas se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Información. b) El anterior puesto de Jefe de Servicio de Estadísticas Sociodemográficas se asimila al puesto de Jefe de Area de Estadísticas Sociodemográficas. c) El anterior puesto de Jefe de Servicio de Estadísticas Económicas se asimila al puesto de Jefe de Area de Estadísticas Económicas.

Décimo.--En el Servicio Provincial de Zaragoza: 1.--El anterior puesto de Jefe de Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. 2.--El anterior puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. 3.--El anterior puesto de Jefe de División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Subdirector de Industria, Energía y Minas del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Industria de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Industria y Apoyo a las PYMES. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Industria de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Industrial. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Metrología de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Tramitaciones Reglamentadas. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Seguridad Industrial de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Metrología y Seguridad Industrial. e) Los anteriores puestos de Director I.T.V. de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimilan a los puestos de Director I.T.V.

f) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Seguridad Industrial de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Inspecciones Especiales. g) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Seguridad Industrial de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Inspecciones Periódicas. h) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Seguridad Industrial de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Metrología y Seguridad. i) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Energética. j) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión de Combustibles y Otras Energías. k) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Minera. l) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Industria de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4189. m) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Energía Eléctrica de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4190.

n) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4192. ñ) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico II de la Sección de Energía Electrica de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4193. o) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico II de la Sección de Metrología de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4219. p) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico II de la Sección de Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4221. q) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Metrología de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº 4222. r) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Ingeniero Técnico de Minas, nº 4191. 4.--En la Subdirección de Comercio, Artesanía y Turismo: a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Ordenación y Promoción Comercial de la División de Comercio del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Comercio y Artesanía. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Ordenación y Promoción Comercial de la División de Comercio del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Ordenación y Promoción. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Empresas y Actividades Turísticas de la División de Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Empresas y Actividades Turísticas. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Empresas y Actividades Turísticas de la División de Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Procedimiento, Reclamaciones e Inspección de Comercio y Turismo. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado de la Oficina de Turismo de la División de Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Procedimiento y Reclamaciones.

Décimoprimero.--En el Servicio Provincial de Huesca: 1.--El anterior puesto de Jefe de Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. 2.--El anterior puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Económica. 3.--El anterior puesto de Jefe de División de la extinta Oficina Territorial de Huesca se asimila al puesto de Subdirector de Economía y Hacienda. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Juego y Espectáculos de la extinta Oficina Territorial de Huesca, se asimila al puesto de Jefe de Negociado del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Juego y Espectáculos de la extinta Oficina Territorial de Huesca se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Autorizaciones y Tasas del Juego. c) El anterior puesto de Jefe de Sección de Valoraciones de la extinta Oficina Territorial de Huesca, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Valoraciones Urbanas. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Coordinación de la extinta Oficina Territorial de Huesca, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Valoraciones Agrarias. e) El anterior puesto de Inspector Tributario Adjunto a Inspección de la extinta Oficina Territorial de Huesca, se asimila al puesto de Inspector Tributario nº R.P.T. 959.

4.--El anterior puesto de Jefe de División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Subdirector de Industria, Comercio y Turismo. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Industria y Apoyo a las PYMES, de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Industrial.

b) El anterior puesto de Jefe de Sección de Metrología y Seguridad de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Metrología y Seguridad Industrial. c) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Metrología y Seguridad de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Metrología y Seguridad. d) El anterior puesto de Jefe de Sección de Energía Eléctrica, Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Energía. e) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Energía Eléctrica, Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Energía Eléctrica. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Energía Eléctrica,. Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Combustibles y Otras Energías. g) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Minera. h) El anterior puesto de Jefe de Sección de Ordenación y Promoción del Comercio de la División de Comercio y Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Comercio, Artesanía y Turismo. i) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Ordenación y Promoción del Comercio de la División de Comercio y Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Ordenación y Promoción. j) El anterior puesto de Jefe de Sección de Empresas y Actividades Turísticas de la División de Comercio y Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Procedimiento, Reclamaciones e Inspección de Comercio y Turismo. k) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Industria y Apoyo a las PYMES de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº R.P.T. 4025. l) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Metrología y Seguridad de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº R.P.T.

4044. m) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Energía Electrica, Combustibles y Otras Energias de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº R.P.T. 4031.

Décimosegundo.--En el Servicio Provincial de Teruel: 1.--El anterior puesto de Jefe de Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. 2.--El anterior puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Secretaría del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Fomento. a) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Económica. b) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Secretaría del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Personal y Asuntos Generales. 3.--El anterior puesto de Jefe de División de la extinta Oficina Territorial de Teruel se asimila al puesto de Subdirector de Economía y Hacienda. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Valoraciones de la extinta Oficina Territorial de Teruel, se asimila al puesto de Jefe de Sección de Valoraciones Urbanas. b) El anterior puesto de Jefe de Sección de Coordinación de la extinta Oficina Territorial de Teruel se asimila al puesto de Jefe de Sección de Valoraciones Agrarias. 4.--El anterior puesto de Jefe de División de Comercio y Turismo del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Subdirector de Industria, Comercio y Turismo. a) El anterior puesto de Jefe de Sección de Industria y apoyo a las PYMES de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Industria, Seguridad Industrial y Apoyo a las PYMES. b) Los anteriores puestos de Director I.T.V. de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimilan a los puestos de Director I.T.V.

c) El anterior puesto de Jefe de Negociado II de la Sección de Industria y Apoyo a las PYMES de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión Industrial y Apoyo a las PYMES. d) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Metrología y Seguridad de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Metrólogía y Seguridad. e) El anterior puesto de Jefe de Sección de Energía Eléctrica, Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Energía. f) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Energía Eléctrica, Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Energía Eléctrica. g) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Industria y Apoyo a las PYMES de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Combustibles y Otras Energías. h) El anterior puesto de Jefe de de Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Sección de Minas. i) El anterior puesto de Jefe de Negociado III de la Sección de Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Gestión de Minera. j) El anterior puesto de Jefe de Sección de Ordenación y Promoción del Comercio se asimila al puesto de Jefe de Sección de Comercio, Artesanía y Turismo. k) El anterior puesto de Jefe de Negociado I de la Sección de Ordenación y Promoción del Comercio se asimila al puesto de Jefe de Negociado de Ordenación y Promoción. l) El anterior puesto de Jefe de Sección de Empresas y Actividades Turísticas se asimila al puesto de Jefe de Sección de Procedimiento, Reclamaciones e Inspección de Comercio y Turismo.

m) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección de Industria y Apoyo a las PYMES de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº R.P.T. 4101. n) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección Energía Eléctrica, Combustibles y Otras Energías de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico Industrial, nº R.P.T. 4109. ñ) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico I de la Sección Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico de Minas, nº R.P.T. 4102. o) El anterior puesto de Jefe de Negociado Técnico II de la Sección Minas de la División de Industria y Energía del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo, se asimila al puesto de Ingeniero Técnico de Minas, nº R.P.T. 4108.

Decimotercero.

Quienes tengan nombramiento o desempeñen funciones en los puestos asimilados pasarán a ocupar con igual carácter los puestos resultantes de esa asimilación.

Decimocuarto.

Los puestos de trabajo cuya denominación en la estructura orgánica aprobada por los Decretos 285/1995, de 19 de diciembre y 42/1996, de 26 de marzo, sea idéntica o los contenidos en la Relación de puestos de trabajo aprobada permanecen invariables.

Decimoquinto.

La presente Orden deberá publicarse en el "Boletín Oficial de Aragón" y producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación. Zaragoza, 4 de julio de 1997.

El Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, MANUEL GIMENEZ ABAD