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RESOLUCIÓN de 9 de febrero de 2022, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, relativo a la convocatoria del concurso de méritos abierto y permanente para la provisión definitiva de los puestos singularizados y no singularizados de personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 15/02/2022 (Nº 31)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

De conformidad con el artículo 22 del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de Aragón, aprobado Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, la provisión definitiva de los puestos singularizados y no singularizados por personal funcionario de carrera de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la valoración de los méritos correspondientes, se regirán por convocatoria única a través de un concurso abierto y permanente, estableciéndose cuatro turnos anuales con carácter trimestral para la oferta de los puestos vacantes.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Orden HAP/706/2021, de 7 de junio, por la que se regula la valoración de los méritos y se establecen los baremos para la provisión de puestos de trabajo por concurso de méritos en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las personas participantes registrarán sus méritos en el expediente personal electrónico de la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo (https://aplicaciones.aragon.es/pfp).

La convocatoria del concurso tendrá carácter de abierta y permanente, por lo que las personas interesadas podrán aportar méritos en cualquier momento, sin perjuicio de que serán objeto de valoración aquellos que hayan sido generados con anterioridad al periodo establecido en el artículo 23.7 de la Orden citada y registrados en la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo. Según dicho precepto, no será tenido en cuenta ningún mérito generado durante los tres meses inmediatamente anteriores a la publicación de la oferta de puestos de trabajo vacantes de cada turno trimestral.

Encontrándose próxima la publicación de la convocatoria del concurso y de la primera oferta de puestos de trabajo, se emplaza al personal funcionario de carrera interesado en participar y solicitar alguno de los puestos incorporados a esa primera oferta para que registren sus méritos en el expediente personal electrónico de la Plataforma de Provisión de Puestos de Trabajo agrupados conforme a su carácter en las secciones correspondientes para su posterior validación por la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios. No será necesaria la acreditación de los méritos generados que se vuelquen directamente desde el Sistema Integrado de Recursos Humanos del Gobierno de Aragón.

Se habilita para ello un plazo comprendido entre el 16 y el 22 de febrero, sin perjuicio de que los méritos grabados con posterioridad puedan ser considerados para ofertas de puestos publicadas a partir de los tres meses inmediatamente posteriores a su grabación.

Se advierte que aquellos méritos por formación que asimismo constituyan un requisito para el desempeño de algún puesto de trabajo según la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, deberán ser grabados tanto en el apartado de "Gestión de méritos" - "Formación", como en el de "Otros datos profesionales".

Los méritos por formación correspondientes a actividades formativas impartidas por el Instituto Aragonés de la Administración Pública, así como por otras entidades y que ya fueron validadas en concursos de méritos anteriores, figuran en el apartado de "Gestión de méritos" - "Formación" - "Méritos SIRHGA". En caso de detectarse algún error respecto a las primeras, deberá comunicarse a través de la dirección de correo electrónico incidenciascursos.iaap@aragon.es, mientras que los referidos a las segundas se pondrán en conocimiento de la Dirección General de la Función Pública a través de la dirección de correo electrónico meritospfp@aragon.es.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 60 y 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho.

Zaragoza, 9 de febrero de 2022.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR