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ORDEN CDS/1741/2019, de 16 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas, 2019.

Publicado el 30/12/2019 (Nº 252)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Mediante Orden, se hace pública la convocatoria de subvenciones para la financiación de programas de interés social en la Comunidad Autónoma de Aragón, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas 2019 ("Boletín Oficial de Aragón", número 96, de 21 de mayo de 2019).

La instrucción de los expedientes se ha realizado por el Servicio de Gestión Económica, Personal y Asuntos Generales de la Secretaría General Técnica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, requiriendo la subsanación de las solicitudes incompletas.

Tal y como determina la base decimoprimera de la convocatoria corresponde a la Comisión de Valoración, tras el examen y evaluación de las solicitudes, y a la vista de la disponibilidad presupuestaria, emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

Por Orden de 2 de octubre de 2019, se designó la comisión de valoración, la cual, en la sesión de 7 de noviembre de 2019, acordó las valoraciones de las solicitudes presentadas.

La propuesta elevada por el órgano instructor es coincidente con el contenido del informe emitido por la Comisión de Valoración, el cual determina los proyectos de las entidades que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, así como la valoración, el orden y la cuantía de las mismas.

Emitida propuesta de Resolución se concedió un plazo de diez días para que las entidades propuestas procedieran a la renuncia o, en su caso, reformulación de los proyectos en los que la cantidad propuesta sea inferior a la solicitada. Las reformulaciones se comprobaron por el órgano instructor y la comisión de valoración las ha informado favorablemente en la sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2019, con excepción de las no presentadas, o las que lo hicieron fuera de plazo.

Se ha comprobado la existencia de crédito suficiente para hacer efectivas las subvenciones que sean concedidas, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11010 G/3111/480509/37001 y 11010 G/3111/780197/37001, del presupuesto de Gastos del departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales para el ejercicio 2019.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en cumplimiento de la normativa aplicable y en el uso de las atribuciones que confiere el ordenamiento jurídico, resuelvo:

Primero.- Conceder a las Entidades relacionadas en el anexo I de la presente propuesta, las subvenciones para realizar los programas que cumplen los criterios de valoración establecidos en la Base Decimosegunda de la Orden CDS/513/2019, de 15 de mayo, modificada por la Orden 1510/2019, de 12 de noviembre, por un importe total de 8.320.657,97 euros, con indicación del número de programa en el que se encuadra de acuerdo con el anexo I de la convocatoria, y cuyos requisitos deberán ser cumplidos en la ejecución del mismo, con cargo a la aplicación presupuestaria 11010 G/3111/480509/37001.

Segundo.- Conceder a las Entidades relacionadas en el anexo II de la presente propuesta, las subvenciones para realizar los programas que cumplen los criterios de valoración establecidos en la Base Decimosegunda de la Orden CDS/513/2019, de 15 de mayo, modificada por la Orden 1510/2019, de 12 de noviembre, por un importe total de 700.000 euros, con indicación del número de programa en el que se encuadra de acuerdo con el anexo I de la convocatoria, y cuyos requisitos deberán ser cumplidos en la ejecución del mismo, con cargo a la aplicación presupuestaria 11010 G/3111/780197/37001.

Tercero.- Denegar las solicitudes presentadas por las entidades relacionadas en el anexo III de la presente propuesta, por concurrir en las mismas las causas que se detallan.

Cuarto.- Determinar el importe a aplicar a cada una de las entidades beneficiarias que han concurrido como agrupación, tal y como se relaciona en el anexo IV.

Quinto.- Los beneficiarios están obligados a cumplir la finalidad de la subvención concedida, ejecutar el importe adjudicado y la aportación de la entidad comprometida, justificar ambos importes en los términos previstos en la Orden de convocatoria, así como el resto de las obligaciones impuestas por la convocatoria y demás normativa de aplicación.

Sexto.- Publicar la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón" con efectos de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la base decimosexta de la Orden CDS/513/2019, de 15 de mayo.

Séptimo.- El plazo de ejecución de los programas subvencionados finalizará el 31 de diciembre de 2020 y la documentación justificativa del gasto deberá presentarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero y 28 de febrero de 2021. Las normas de justificación estarán disponibles en la página web del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón (http://aragon.es).

Octavo.- Advertir que contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes contado desde la fecha de la notificación, de conformidad en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Zaragoza, 16 de diciembre de 2019.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA