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RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2022, del Director General de Transportes, por la que se modifica la Resolución de 5 de noviembre de 2021, del Director General de Transportes, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2022.

Publicado el 22/06/2022 (Nº 119)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 241, de 25 de noviembre de 2021, se publicó la Resolución de 5 de noviembre de 2021, del Director General de Transportes, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2022.

La competencia en la Comunidad Autónoma de Aragón sobre la materia corresponde a la Dirección General de Transportes, de acuerdo con el Decreto 34/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.

Por todo ello la Dirección General de Transportes resuelve:

Artículo único.- Modificar la Resolución de 5 de noviembre de 2021, del Director General de Transportes, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2022 en los siguientes términos:

Se modifica la base duodécima, que queda redactada como sigue:

Duodécima. Resultados y notificaciones.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de las soluciones del examen para plantear las impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas. Dichas impugnaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Tribunal a través de la sede electrónica de la Administración Pública de Aragón, a través del servicio digital Aportación de documentos a procedimientos en trámite (https://www.aragon.es/tramites/aportacion-de-documentos-a-procedimientos-en-tramite).

Cuando el Tribunal estime necesario anular alguna de las preguntas por ser errónea o encontrarse mal planteada, procederá a recalificar el examen sustituyendo en la corrección la pregunta impugnada por la pregunta de reserva correspondiente. En el supuesto de que las preguntas de reserva en el ejercicio tipo test llegasen a agotarse y el número de preguntas válidas fuese menor de las inicialmente fijadas, el Tribunal realizará la adaptación correspondiente del valor de cada pregunta para adecuarla a la calificación máxima señalada.

El Tribunal calificador de las pruebas publicará la lista provisional de resultados de las valoraciones de los exámenes con la calificación de "apto" o "no apto" en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal, indicando si se ha procedido a anular alguna de las preguntas en virtud de las impugnaciones planteadas, que será sustituida por la pregunta de reserva o por la adaptación del valor de cada pregunta en el supuesto de que las preguntas de reserva lleguen a agotarse. Una vez publicada esta lista, se abrirá un plazo de diez días hábiles, desde el día siguiente a su publicación para realizar, si el aspirante lo considera oportuno, la solicitud de revisión de examen. Atendidas las revisiones, si las hubiera, el Director General de Transportes, resolverá aprobando la relación de aspirantes que hubieran obtenido la calificación de apto, publicándose la misma en la página web del Gobierno de Aragón accesible a través de la siguiente dirección electrónica: https://www.aragon.es/-/convocatorias-de-examen-cap

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.

Zaragoza, 14 de junio de 2022.

El Director General de Transportes,

GREGORIO BRIZ SÁNCHEZ