Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2019, de la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, por la que se convoca el Premio del Consejo Económico y Social de Aragón 2019 a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales.

Publicado el 11/06/2019 (Nº 111)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL

Texto completo:

El Consejo Económico y Social de Aragón es, conforme a lo establecido en el artículo 102 del Estatuto de Autonomía de Aragón, el órgano consultivo de la Comunidad Autónoma que expresa la colaboración e intervención de todos los agentes sociales en la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma.

El Consejo, consciente del papel fundamental que la investigación y la innovación deben jugar en la construcción del futuro y del desarrollo de nuestra Comunidad, convoca el Premio del Consejo Económico y Social de Aragón 2019 a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales, con el fin de promover y divulgar la investigación en materias relacionadas con sus funciones.

Esta convocatoria ajusta su régimen jurídico a las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de actuación del Consejo Económico y Social de Aragón, aprobadas por la Orden PRE/84/2016, de 17 de febrero, que ha sido modificada recientemente por la Orden PRE/482/2019, de 2 de mayo, en lo relativo al idioma en que pueden estar redactados los trabajos que se presenten al premio objeto de esta convocatoria.

La presente convocatoria mantiene las características principales de años anteriores, si bien incorpora la posibilidad de que los trabajos que concurren al premio hayan sido redactados en una lengua habitual para la comunicación científica en su campo de conocimiento distinta del castellano. En todo caso, siempre se exigirá que el resumen del trabajo esté redactado en castellano.

En virtud de lo expuesto, vistas las disposiciones citadas y demás normas de general aplicación, resuelvo:

Convocatoria.

1. Se convoca el Premio del Consejo Económico y Social de Aragón 2019 a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales.

2. La concesión del premio se regirá por la presente convocatoria; por las bases aprobadas por la Orden PRE/84/2016, de 17 de febrero, modificada por la Orden PRE/482/2019, de 2 de mayo; por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa que resulte de aplicación.

Objeto del premio.

1. El premio del Consejo Económico y Social de Aragón a trabajos de investigación concluidos o tesis doctorales tiene por objeto distinguir aquellos trabajos de investigación, incluidas las tesis doctorales, que, versando sobre materias de trascendencia económica, social o laboral, tengan especial interés para Aragón.

2. Para optar al premio, los trabajos o tesis presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser originales e inéditos.

b) No haber sido premiados con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de candidaturas.

c) Deberán estar redactados en castellano, o en una lengua habitual para la comunicación científica en su campo de conocimiento.

d) Versar sobre materias de trascendencia económica, social o laboral para la Comunidad Autónoma de Aragón.

3. La concesión de este premio será compatible con la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, con la salvedad del cumplimiento del requisito indicado en el apartado b anterior.

Dotación y financiación.

1. El premio tiene una dotación de tres mil euros.

2. El importe se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria G/3229/480235/91002 de la estructura del presupuesto de gastos del Consejo Económico y Social de Aragón.

Candidaturas.

Podrán concurrir al premio:

1. Los autores de tesis doctorales presentadas para la colación del grado de doctor leídas y calificadas de sobresaliente cum laude, por unanimidad, entre el 16 de septiembre de 2018 y el 15 de septiembre de 2019.

2. Los autores de trabajos de investigación concluidos, que pueden ser:

a) Personas físicas.

b) Personas jurídicas.

c) Grupos de investigación, compuestos por personas físicas o jurídicas, bajo la dirección de un investigador principal o coordinador del trabajo y responsable del mismo a todos los efectos.

Procedimiento de concesión.

1. La concesión del premio se realizará a través del procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

2. Actuará como órgano instructor del procedimiento la Unidad de Apoyo al Consejo Económico y Social de Aragón.

Documentación de las candidaturas.

1. Para formalizar la candidatura deberán aportarse los siguientes documentos:

a) Solicitud de participación, conforme al modelo disponible en

-economico-social-aragon-trabajos-investigacion-concluidos-tesis-doctorales

b) El trabajo de investigación o tesis doctoral, en formato electrónico.

c) Una síntesis descriptiva del trabajo de investigación o tesis doctoral, en formato electrónico (máximo de 20 páginas), en la que se justificará la trascendencia económica, social o laboral del trabajo para Aragón.

d) En su caso, documentación acreditativa de la representación, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. El autor o autores del trabajo que resulte seleccionado por la comisión de valoración deberá presentar, además, la siguiente documentación:

a) En el caso de tesis doctorales, documento expedido por la correspondiente universidad en el que consten al menos los siguientes datos: título y autor de la tesis, fecha de lectura, calificación y menciones.

b) En el caso de personas jurídicas, escritura de constitución con sus estatutos y modificaciones, si las hubiere, debidamente inscritas en su caso en el registro correspondiente.

c) Certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de la Comunidad Autónoma de Aragón y de la Seguridad Social, de estar al corriente de sus obligaciones (sólo en el supuesto de que se oponga a su consulta por la Administración, en la solicitud de participación)

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

1. La solicitud de participación, junto con el resto de la documentación señalada en el apartado Sexto.1 de esta convocatoria, podrá presentarse electrónicamente en

-economico-social-aragon-trabajos-investigacion-concluidos-tesis-doctorales

2. Asimismo, las personas físicas no incluidas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán presentar sus solicitudes en la sede del Consejo Económico y Social de Aragón (calle Costa, 18, 1.ª planta, 50001, Zaragoza), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley de procedimiento.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios para su tramitación, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

4. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el día 27 de septiembre de 2019.

Composición de la comisión de valoración.

1. La comisión de valoración estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: persona que ostente la presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, o persona en quien delegue.

b) Vocales: tres miembros del Consejo Económico y Social de Aragón, designados por cada uno de los tres Grupos representados en el Consejo (Gobierno de Aragón, organizaciones sindicales y empresariales más representativas).

c) Secretario: titular de la secretaría general del Consejo Económico y Social de Aragón o un funcionario adscrito a la Unidad de apoyo al Consejo en quien delegue.

2. La comisión de valoración podrá ser asesorada por expertos en las materias sobre las que versen los trabajos presentados.

Criterios de selección del trabajo de investigación o tesis doctoral.

1. Para la valoración de las candidaturas, la comisión de valoración tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) Contenido científico y calidad de la investigación. A las tesis doctorales, en atención a la calificación exigida para concurrir al premio, se les asignará la máxima puntuación según este criterio.

b) Originalidad.

c) Interés del trabajo o tesis para Aragón.

2. Cada uno de estos criterios tendrá el mismo peso relativo en la valoración de las candidaturas.

Informe de la comisión de Valoración.

1. La comisión de valoración emitirá un informe que contendrá la selección del trabajo de investigación o tesis doctoral que, a su juicio, sea merecedor del premio, teniendo en cuenta los criterios señalados.

2. La comisión de valoración podrá declarar desierto el premio si considera, motivadamente, que ninguno de los trabajos o tesis presentados reúne los méritos suficientes para ser distinguido con el premio.

Undécimo.- Propuesta de concesión.

1. Emitido el informe de la comisión de valoración, el órgano instructor requerirá a la persona propuesta como beneficiaria del premio, o al investigador principal o representante legal, según proceda, para que aporte los documentos previstos en el apartado Sexto.2 de esta convocatoria en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que haya recibido el requerimiento.

2. El órgano instructor, de acuerdo con el informe de la comisión de valoración, elevará propuesta de concesión a la Secretaría General Técnica de la Presidencia del Gobierno de Aragón, órgano competente para la Resolución.

Duodécimo.- Resolución de concesión.

1. El titular de la Secretaría General Técnica de la Presidencia del Gobierno de Aragón emitirá Resolución administrativa de concesión del premio que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la página web del Consejo Económico y Social de Aragón, en la dirección http://www.aragon.es/cesa. La publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sustituirá a la notificación, surtiendo los mismos efectos.

2. Asimismo, se comunicará a los candidatos la Resolución de concesión en la dirección electrónica que hayan indicado en la solicitud de participación.

3. La Resolución de concesión contendrá al menos los siguientes extremos:

a) Título del trabajo de investigación o tesis doctoral premiado e indicación de su autor o autores.

b) Cuantía económica del premio concedido y aplicación presupuestaria del gasto.

c) Si el trabajo corresponde a un grupo de investigación, importe del premio que corresponde a cada uno de sus integrantes, según el porcentaje a aplicar expresado en la solicitud de participación.

4. La Resolución pondrá fin a la vía administrativa y podrá ser impugnada mediante recurso de reposición o bien directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

5. El plazo para resolver y publicar la correspondiente Resolución será de tres meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

6. Transcurrido el citado plazo sin que se haya publicado Resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud.

Decimotercero.- Aceptación del premio.

1. La concesión del premio deberá aceptarse, en un plazo no superior a diez días, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", mediante escrito dirigido a la Secretaría General del Consejo Económico y Social de Aragón.

2. La aceptación del premio supone:

a) El compromiso de comunicar al Consejo Económico y Social de Aragón la obtención de otros posibles premios concedidos al mismo trabajo.

b) La cesión al Consejo Económico y Social de Aragón de los derechos necesarios sobre el trabajo o tesis para su difusión digital.

c) El compromiso de elaborar, en el caso de que el Consejo Económico y Social lo considere oportuno atendiendo al interés socioeconómico del trabajo premiado, un documento de síntesis de carácter divulgativo, con la extensión y características que determine el Consejo, para facilitar la difusión de la investigación realizada.

d) El compromiso de hacer constar el premio del Consejo Económico y Social de Aragón en las publicaciones que puedan derivarse de la investigación realizada y de participar en aquellos actos públicos que el Consejo pueda organizar para dar a conocer el trabajo premiado.

Decimocuarto.- Publicidad.

La publicidad de las convocatorias y de los premios concedidos se efectuará a través de los siguientes medios:

a) El "Boletín Oficial de Aragón".

b) La página web del Consejo Económico y Social de Aragón (www.aragon.es/cesa).

c) La página de transparencia del Gobierno de Aragón (http://transparencia.aragon.es/content/subvenciones).

d) Asimismo, esos datos se facilitarán al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Decimoquinto.- Pago del premio.

1. El abono del importe del premio requerirá la previa publicación de la Resolución de concesión y la aceptación del premio.

2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 32.10 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la correspondiente orden de pago no requerirá justificación, al concederse en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor.

Decimosexto.- Aceptación de las bases.

1. La participación en esta convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases.

2. La Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón resolverá cuantas incidencias pudieran suscitarse en la aplicación de las bases.

Zaragoza, 3 de junio de 2019.

El Presidente del Consejo Económico y Social de Aragón,

JOSÉ MANUEL LASIERRA ESTEBAN