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RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2020, de la Directora General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Especial "Atades, Centro de Educación Especial San Martín de Porres" de Zaragoza.

Publicado el 29/10/2020 (Nº 216)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Educación Especial "Atades, Centro de Educación Especial San Martín de Porres", código de centro 50007674, ubicado en la calle Octavio de Toledo, número 2, de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización por la implantación de tres unidades de Educación Infantil de Primer Ciclo y por la ampliación de cuatro unidades de Educación Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Específicas y una de Formación para la Transición a la Vida Adulta.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Especial.

Denominación específica: "Atades, Centro de Educación Especial San Martín de Porres".

Titular: Asociación Tutelar Asistencial de Discapacitados Intelectuales (Atades).

Código: 50007674.

Domicilio: Calle Octavio de Toledo, número 2.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Enseñanzas que se autorizan:

Implantación de las siguientes enseñanzas:

Educación Infantil de Primer Ciclo: 3 unidades.

De 0 a 1 año, 1 unidad.

De 1 a 2 años, 1 unidad.

De 2 a 3 años, 1 unidad.

Ampliación de las siguientes enseñanzas:

Enseñanza Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Específicas: 4 unidades.

Formación para la Transición a la Vida Adulta. 1 unidad.

Como resultado de dicha modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Educación Infantil de Primer Ciclo: 3 unidades.

De 0 a 1 año, 1 unidad.

De 1 a 2 años, 1 unidad.

De 2 a 3 años, 1 unidad.

Enseñanza Básica Obligatoria para Alumnos con Necesidades Específicas: 18 unidades.

Formación para la Transición a la Vida Adulta. 3 unidades.

Segundo.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso escolar 2020-2021, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes no Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Tercero.- La modificación de la autorización de este centro no implica la modificación automática de las unidades concertadas, sino que se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos y demás normativa aplicable.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Sexto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 6 de octubre de 2020.

La Directora General de Planificación y Equidad, ANA MONTAGUD PÉREZ