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ORDEN DRS/2094/2018, de 14 de diciembre, por la que se aprueba el amojonamiento total administrativo del monte número 421 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado "Aguanaces", propiedad del Ayuntamiento de Teruel, y situado en su término municipal.

Publicado el 08/01/2019 (Nº 4)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Visto el expediente de amojonamiento total administrativo del monte número 421 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado "Aguanaces", propiedad del Ayuntamiento de Teruel y situado en su termino municipal, resultan de él los siguientes:

Antecedentes

El expediente de deslinde total administrativo del monte número 421 denominado "Aguanaces" se aprobó se aprobó por Orden de 16 de junio de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. (Publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 141, de 21 de julio de 2014). La superficie pública de este monte es de 300,22 has, distribuidas en un único perímetro. Tiene 6 enclavados designados por las letras A, B, C, D, E y F.

En la orden aprobatoria del deslinde, en su punto séptimo, ordena que se amojone el monte a la mayor brevedad posible.

En 2017 se redacta la propuesta de inversión TF-73362, cuyo presupuesto se financia con Fondos FEADER (53%), Fondos del MAGRAMA (19%) y Fondos Cofinanciadores del Gobierno de Aragón (28%), en la que se propone la construcción de los mojones y la colocación de los mismos, para amojonar el monte, proponiéndose un total de 359 mojones a colocar.

Con fecha 1 de agosto de 2018, el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel acuerda el Inicio del expediente de amojonamiento total administrativo del monte 421 del Catálogo de Teruel. El inicio de operaciones del amojonamiento total administrativo del monte número 421 se publica en el en el "Boletín Oficial de Aragón", número 161, de 21 de agosto de 2018, fijándose como punto de encuentro en el Ayuntamiento de Teruel, a las 9 h del día 3 de octubre de 2018, designando como Ingeniera operadora del amojonamiento a la Ingeniera de Montes D.ª María Rosales Juega.

Con fecha 22 de agosto de 2018, se comunica el inicio de las operaciones de amojonamiento a los colindantes con domicilio conocido, en total 46, con el contenido del anuncio.

Mediante cartas con registro de salida del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de fecha 24 de agosto de 2018, se comunica el inicio de las operaciones de amojonamiento al Ayuntamiento de Teruel, titular del Monte, y a la Comarca Comunidad de Teruel, significándoles que pueden nombrar una Comisión representante de la Entidad Local para que acuda a las operaciones, y se acompaña el Anuncio para su exposición en el Tablón de anuncios de la Entidad Local.

Con fecha 11 de septiembre de 2018, se publica en el "Boletín Oficial del Estado", número 220, notificación a aquellos particulares a los que no se pudo practicar la notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con fecha 17 de septiembre de 2018, tiene entrada escrito de la Comarca Comunidad de Teruel certificando la exposición del anuncio en el tablón comarcal, sin que se hubieran presentado reclamaciones al mismo.

Con fecha 24 de septiembre de 2018, el Secretario del Ayuntamiento de Teruel certifica la exposición del anuncio en el tablón municipal.

Con fecha 1 de octubre de 2018, el Ayuntamiento de Teruel remite escrito por el que comunica el Decreto de Alcaldía, número 2.503, de 28 de septiembre, por el que designa al Arquitecto del servicio Técnico municipal D. Javier Henández Hernández, y a la Concejala de Patrimonio Rocío Feliz de Vargas Pérez como representantes del Ayuntamiento de Teruel para asistir al acto del amojonamiento del monte TE-421 del Catálogo de Utilidad Pública de Teruel, denominado "Aguanaces".

Decimoprimero.- El apeo se realizó el día 3 de octubre de 2018, fecha de inicio publicada en el anuncio de inicio de operaciones, contando con la asistencia de dieciocho particulares interesados y con la asistencia de la Comisión del Ayuntamiento de Teruel.

Decimosegundo.- Durante la reunión se explica a los presentes que el objeto del expediente es verificar que los mojones se han situado en el lugar en que se colocaron los piquetes del deslinde; y que no caben reclamaciones a la línea aprobada sino únicamente a la ubicación de los mojones. Todos muestran su conformidad con el amojonamiento realizado. No se formularon reclamaciones al mismo.

Decimotercero.- La colocación de los mojones, de acuerdo con el Reglamento de Montes y la circular sobre instrucciones de deslinde y amojonamiento, se ha realizado de forma que la numeración de los hitos es visible desde el monte. La ubicación de los mojones es reflejo de la relación piquetes-mojones que aparece en la propuesta de amojonamiento.

Decimocuarto.- El Informe de la Ingeniera operadora, que obra en el expediente, de fecha 5 de octubre de 2018, deja constancia de lo indicado, y en él también se describe las características técnicas del método de toma de datos.

Decimoquinto.- Cumpliendo lo dispuesto en el artículo 147 del Reglamento de Montes y el artículo 50.4 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón se dio publicidad al expediente mediante anuncio de trámite de audiencia y vista del expediente publicado en "Boletín Oficial de Aragón", número 205, de 23 de octubre de 2018.

Decimosexto.- Dicho anuncio es remitido para su exposición en el tablón de anuncios de Ayuntamiento de Teruel, por ser el monte de su pertenencia y estar radicado en su término municipal, y al Consejo Comarcal de la Comarca Comunidad de Teruel, y también es comunicado a los particulares colindantes con domicilio conocido.

Decimoséptimo.- Con fecha 25 de octubre de 2018, se notifica mediante publicación en el "Boletín Oficial del Estado", número 258, a aquellos particulares a los que no se pudo notificar personalmente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Decimoctavo.- Con fecha 6 de noviembre de 2018, tiene entrada escrito de la Comarca Comunidad de Teruel al que adjunta certificado de la exposición del anuncio del periodo de vista en el tablón Comarcal sin que se hubieran producido reclamaciones.

Decimonoveno.- Con fecha 7 de noviembre de 2018, tiene entrada escrito del Ayuntamiento de Teruel por el que remite el Edicto de Vista del expediente con diligencia de exposición en el tablón municipal.

Vigésimo.- Consta en el expediente la certificación de 30 de noviembre de 2018 del Subdirector de Agricultura y Ganadería (en sustitución del Director del Servicio Provincial de Teruel por Orden del Consejero y Desarrollo Rural, de 10 de agosto de 2015), que indica que no se presentó ninguna reclamación durante el periodo vista del expediente.

Vigésimoprimero.- Mediante nota de fecha 4 de diciembre de 2018 el Subdirector Provincial de Agricultura y Ganadería, en sustitución del Director Provincial este Departamento en Teruel, de acuerdo con el artículo 148.1 del Reglamento de Montes, manifiesta su acuerdo con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por la Ingeniera de Montes operadora del amojonamiento.

Fundamentos jurídicos

En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al amojonamiento de montes públicos, en particular a lo que disponen el artículo 21.9 de la Ley 43/2003, de 21 noviembre, de Montes, el artículo 50 del texto refundido de la Ley de Montes de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, y los artículos 138 a 148 del vigente Reglamento de Montes, de 22 de febrero de 1962.

Durante la práctica del amojonamiento no se presentaron alegaciones a éste, según consta en el acta.

Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente, no se presentaron reclamaciones al amojonamiento.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio, el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, el Decreto 87/2018, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón por el que se modifica el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación.

Este Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, de acuerdo con el informe del Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Teruel y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y pesca, resuelve:

Aprobar el amojonamiento total administrativo del monte de utilidad pública número 421 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Teruel, denominado "Aguanaces", propiedad del Ayuntamiento de Teruel, y situado en su término municipal, de acuerdo con el acta, el informe de la Ingeniera operadora, el registro de coordenadas y el plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la numeración, descripción, cabidas y límites que constan en la Orden de 16 de junio de 2014, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, aprobatoria del deslinde total administrativo del monte.

Que se envíe al Registro de la Propiedad certificación por duplicado de la presente orden para hacerla constar por nota al margen de la inscripción de dominio del monte, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 148.2 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 14 de diciembre de 2018.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO