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RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2019, del Director General de Planificación y Equidad, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil "Kid´s Garden Reyes de Aragón" de Zaragoza.

Publicado el 13/09/2019 (Nº 180)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante del Centro Privado de Educación Infantil "Kid´s Garden Reyes De Aragón", con domicilio en el Paseo Reyes de Aragón, número 21, de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización por modificación de una unidad de 2-3 años a una unidad de 1-2 años.

Visto el informe emitido por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, el Director General de Planificación y Equidad, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil.

Denominación específica: "kid´s Garden Reyes De Aragón"

Titular: Fundación Proliena.

Código: 50018702.

Domicilio: Paseo Reyes de Aragón, número 21.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Modificación de la autorización en las siguientes enseñanzas:

- Educación Infantil de Primer Ciclo: modificación de una unidad de 2-3 años a una unidad de 1-2 años.

Como resultado de la modificación de la autorización, el Centro queda configurado de la siguiente forma:

- Educación Infantil de Primer Ciclo: 8 unidades.

De 0 a 1 año: 1 unidad / 8 pp.ee.

De 1 a 2 años: 4 unidades / 52 pp.ee.

De 2 a 3 años: 3 unidades / 60 pp.ee.

Segundo.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Tercero.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Resolución.

Cuarto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del curso escolar 2019-2020, y se comunicará de oficio al Registro de Centros Docentes No Universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinto.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 26 de agosto de 2019.

El Director General de Planificación y Equidad,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS