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ORDEN HAP/261/2016, de 15 de marzo, por la que se publica el Acuerdo de 8 de marzo de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Grupo de Trabajo de Análisis y Seguimiento del Gasto Sanitario Público.

Publicado el 01/04/2016 (Nº 62)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Con fecha de 8 de marzo de 2016, el Gobierno de Aragón adoptó un Acuerdo por el que se crea el Grupo de Trabajo de Análisis y Seguimiento del Gasto Sanitario Público, a propuesta de los Consejeros Sanidad y de Hacienda y Administración Pública.

En su virtud, resuelvo:

Ordenar la publicación de este Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón", cuyo texto figura como anexo.

Zaragoza, 15 de marzo de 2016

El Consejero de Hacienda y Administración Pública

FERNANDO GIMENO MARÍN

ACUERDO DE 8 DE MARZO DE 2016, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL GRUPO DE TRABAJO DE ANÁLISIS Y SEGUIMIENTO DEL GASTO SANITARIO PÚBLICO

El Gobierno de Aragón es consciente de que el gasto de los programas sanitarios de la Comunidad Autónoma supone alrededor de un 35% del presupuesto total de la Comunidad Autónoma por lo que resulta conveniente constituir un Grupo de Trabajo, integrado por representantes del Departamentos de Sanidad, del SALUD y del Departamento de Hacienda y Administración Pública, que analicen la evolución del gasto sanitario público, propongan medidas de racionalización y moderación del gasto sanitario, sin que ello afecte a la adecuada prestación del servicio público, así como estudiar y proponer medidas para fomentar el uso racional de los medicamentos.

Este Grupo de Trabajo no se configura como un órgano de control, sino como un elemento organizativo de coordinación interdepartamental cuya finalidad es el análisis y seguimiento periódico como medio indispensable para realizar propuestas que permitan una mayor racionalización y eficiencia en el gasto sanitario público de la Comunidad Autónoma.

De acuerdo con el apartado 1 del artículo 44 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, Los Departamentos y los organismos públicos de la Comunidad Autónoma coordinarán sus actividades para una mejor consecución de los objetivos del Gobierno de Aragón.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, a propuesta de los Consejeros de Sanidad y de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de marzo de 2016, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Crear el Grupo de Trabajo de Análisis y Seguimiento del Gasto Sanitario Público que tendrá por objeto las siguientes funciones:

- Analizar y realizar un seguimiento periódico de la evolución de los distintos componentes del gasto sanitario público de la Comunidad Autónoma de Aragón y proponer medidas de racionalización y moderación de este gasto.

- Establecer y priorizar objetivos del gasto sanitario público con carácter anual.

- Establecer criterios de racionalidad en la gestión de las compras.

- Establecer criterios de racionalidad en la gestión de los gastos de personal

- Analizar la clasificación económica del gasto sanitario para adaptarla a los requerimientos de información.

Segundo.- El Grupo de Trabajo de Análisis y Seguimiento del Gasto Sanitario Público tendrá la siguiente composición:

Por el Departamento de Sanidad y del SALUD:

- La Secretaria General Técnica del Departamento

- El Director Gerente del SALUD

- El Director de Área de Coordinación Asistencial del SALUD.

- El Director de Área Económico Administrativa del SALUD.

- El Director de Área de Recursos Humanos del SALUD.

Por el Departamento de Hacienda y Administración Pública:

- La Secretaria General Técnica.

- El Director General de Presupuestos, Financiación y Tesorería.

- El Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios.

- La Interventora General.

Tercero.- El Grupo de Trabajo de Análisis y Seguimiento del Gasto Sanitario Público estará auxiliado en el ejercicio de sus funciones por personal del Departamento de Sanidad o del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarto.- Ni los miembros del Grupo de Trabajo ni el personal de apoyo percibirán indemnizaciones ni compensaciones económicas por el desempeño de esas funciones.

Quinto.- Dar traslado del presente Acuerdo a los Departamentos de Sanidad y de Hacienda y Administración Pública y al Servicio Aragonés de Salud.