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RESOLUCION de 29 de abril de 2003, de la Dirección General de Centros y Formación Profesional, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro privado «Fuentes Claras», de Zaragoza.

Publicado el 19/05/2003 (Nº 60)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA

Texto completo:

RESOLUCION de 29 de abril de 2003, de la Dirección General de Centros y Formación Profesional, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro privado «Fuentes Claras», de Zaragoza.

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular del centro privado «Fuentes Claras», situado en Paseo Reyes de Aragón, 14, de Zaragoza, en solicitud de modificación de la autorización por cambio de titularidad.

Vista la escritura pública de cesión de la titularidad de dicho centro ostentada por la sociedad «Jardín Fuentes Claras, S. A. «a favor de la compañía mercantil «Jardín Fuentes Claras, S. L.».

Conforme al informe favorable emitido al efecto por la Inspección del Servicio Provincial de Educación y Ciencia de Zaragoza.

En virtud de lo dispuesto en el articulo 7 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de los centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, la Directora General de Centros y Formación Profesional, resuelve:

Primero.-Autorizar la modificación de la autorización, por cambio de titularidad, del Centro privado «Fuentes Claras», sito en Paseo Reyes de Aragón, 14, de Zaragoza (Código 50006839), ostentada por la sociedad «Jardín Fuentes Claras, S. A.», que en lo sucesivo lo será en favor de la compañía mercantil «Jardín Fuentes Claras, S. L.», por considerar que la documentación que aporta es suficiente para ostentar la condición de titular del mismo.

Segundo.-La nueva titularidad «Jardín Fuentes Claras, S. L.» queda subrogada en la totalidad de derechos y obligaciones que tenga contraídas, en su caso, la sociedad «Jardín Fuentes Claras, S. A.», anterior titular del Centro, especialmente aquellas relacionadas con las ayudas y préstamos que pudiera tener concedidas por la Administración Educativa por corresponderles en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Tercero.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Zaragoza, 29 de abril de 2003.

La Directora General de Centros y Formación Profesional, P.D. (Orden de delegación de 17 de agosto de 1999), NATIVIDAD MENDIARA CALLEN