Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRI/1136/2019, de 8 de agosto, por la que se dispone la publicación de la Adenda de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de la Puebla de Híjar, en materia de educación infantil de primer ciclo.

Publicado el 13/09/2019 (Nº 180)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2019/6/0181, la Adenda de colaboración suscrita, con fecha 4 de junio de 2019, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, del Gobierno de Aragón, y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Puebla de Híjar, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 8 de agosto de 2019.

La Consejera de Presidencia y

Relaciones Institucionales,

María TERESA PÉREZ ESTEBÁN

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE HÍJAR, EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

Zaragoza, 4 de junio de 2019.

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 21 de mayo de 2019.

Y de otra, el Sr. Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar.

Que con fecha 24 de julio de 2018, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de La Puebla de Híjar firmaron un convenio en virtud del cual se estableció la participación de la administración educativa autonómica en la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de La Puebla de Híjar.

El citado convenio establece que el Gobierno de Aragón aporta la cantidad de 22.500 € para la financiación de una unidad en funcionamiento de julio de 2018 a junio de 2019, distribuidos en 11.250 € para el año 2018 y 11.250 € para el año 2019.

El Ayuntamiento de La Puebla de Híjar solicita en fecha 15 de octubre de 2018 que se incorpore al convenio de colaboración una unidad adicional en funcionamiento desde julio de 2018, por lo que corresponde incrementar de una a dos las unidades convenidas en la escuela infantil de La Puebla de Híjar a partir de esa fecha. La nueva unidad está dotada con un Técnico Superior de Educación Infantil, cuyo módulo anual es de 14.200 €.

Al incrementarse el número de unidades en funcionamiento durante el período comprendido entre julio de 2018 y junio de 2019, la cantidad que le corresponde aportar al Gobierno de Aragón para su financiación durante ese periodo asciende a 36.700 €. El convenio firmado el 24 de julio de 2018 estableció la cuantía de 22.500 € (11.250 € para el año 2018 y 11.250 € para el año 2019), por tanto, para ajustar la participación de la administración educativa a la configuración actual de la escuela, el Gobierno de Aragón aportará la diferencia, que asciende a 14.200 €, en la anualidad de 2019.

En consecuencia, para adecuar la participación de la administración educativa a la configuración actual de las unidades en funcionamiento de la escuela infantil de primer ciclo de La Puebla de Híjar, se suscribe la presente adenda al convenio firmado el 24 de julio de 2018 que habrá de regirse por las siguientes

Primera.- La finalidad de la presente Adenda, es ampliar la aportación de la administración educativa de 22.500 € fijada en el convenio firmado el 24 de julio de 2018 para la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de La Puebla de Híjar, de forma que se ajuste a la configuración actual de la escuela, financiando el personal mínimo necesario que de acuerdo con las titulaciones legalmente establecidas, atienda dos unidades entre julio de 2018 y junio de 2019, lo que asciende a un importe total de 36.700 €, distribuidos en 11.250 € para el año 2018 (ya abonados) y 25.450 € para el año 2019.

Segunda.- Mediante la presente Adenda se establece la participación de la Administración educativa autonómica en la financiación del personal mínimo necesario de la escuela de educación Infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005).

Tercera.- El Gobierno de Aragón aportará la cantidad de 14.200 €, con cargo a la aplicación 18030G/4221/460022/91002 del presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Esta cantidad se corresponde con la aportación del Gobierno de Aragón para la financiación de la escuela infantil de un Técnico Superior de Educación Infantil para una unidad adicional a la establecida en el convenio firmado el 24 de julio de 2018 durante el período comprendido entre julio de 2018 y junio de 2019.

Cuarta.- El Ayuntamiento remitirá, durante el periodo de vigencia del convenio, certificación relativa a la configuración definitiva de la Escuela de Educación Infantil incluyendo el listado de alumnos así como su distribución por edades, cumpliendo las ratios por aula establecidas por Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005) por la que se establecen los requisitos mínimos e instrucciones técnicas de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinta.- Se mantienen todos los términos y plazos establecidos en el convenio firmado el 24 de julio de 2018 que no hayan sido modificados en esta adenda, en especial lo relativo a los pagos y a los plazos de presentación de la documentación justificativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman electrónicamente la presente adenda al convenio a que se refiere la cláusula primera, que se entiende formando parte de tal convenio a todos los efectos, a fecha de la firma electrónica.